Empresario calculando el aguinaldo de su equipo con calculadora y nómina sobre el escritorio

Cumplimiento Laboral

Aguinaldo 2026: cálculo, fecha límite de pago y lo que dice la ley

7 minPor Daniel Hernández
Empresario calculando el aguinaldo de su equipo con calculadora y nómina sobre el escritorio

Cuántos días te corresponden, cómo se calcula el proporcional, hasta qué día tienes para pagarlo y qué multa arriesgas si no lo haces. Todo con el artículo de ley en la mano.

¿Cómo se calcula el aguinaldo y cuándo se paga en 2026?

El aguinaldo se calcula dividiendo tu salario diario entre los días del año trabajados y multiplicándolo por los días de aguinaldo que te tocan. La fórmula base es: salario diario por 15 días, si trabajaste el año completo. La fecha límite para pagarlo es el 20 de diciembre de cada año, incluido 2026. Esto lo fija el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo y no admite excepciones para patrones.

El artículo 87 de la LFT obliga a todo patrón a pagar a sus trabajadores un aguinaldo anual equivalente a por lo menos 15 días de salario, que debe cubrirse antes del 20 de diciembre. La palabra clave es por lo menos: 15 días es el piso legal, no el techo. Muchas empresas pagan 20, 30 días o más como prestación superior, y si tu contrato o el uso de la empresa ya da más, ese monto se vuelve obligatorio.

Quien no trabajó el año completo no pierde el derecho. El mismo artículo 87 establece que los trabajadores que no cumplieron el año de servicios tienen derecho a que se les pague la parte proporcional al tiempo laborado, sin importar si siguen en la empresa o ya salieron. Esto aplica a quien entró a media temporada, a quien renunció en julio y a quien fue liquidado en marzo.

Cuántos días de aguinaldo te corresponden según la ley

El mínimo legal son 15 días de salario por año trabajado completo. Ese es el derecho que ningún patrón puede reducir. Si trabajaste del 1 de enero al 31 de diciembre, te corresponden los 15 días íntegros calculados sobre tu salario diario.

Hay sectores con mínimos más altos por ley. Los trabajadores al servicio del Estado suelen tener 40 días divididos en dos pagos, según sus condiciones generales de trabajo y normas burocráticas específicas. En el sector privado, el piso es 15, pero la prestación puede ser mayor por contrato colectivo, contrato individual, política interna o costumbre reiterada de la empresa.

Cuidado con un punto que genera confusión: una vez que una empresa paga más de 15 días de forma habitual, ese monto se incorpora como condición de trabajo y ya no puede bajarlo unilateralmente. Si tu empresa lleva años dando 20 días de aguinaldo, reducirlos a 15 sería una modificación a la baja de las condiciones laborales y puede reclamarse. Antes de ajustar una prestación histórica, conviene revisar el caso con detalle.

Cómo calcular el aguinaldo proporcional paso a paso

El aguinaldo proporcional se calcula en función de los días efectivamente trabajados en el año. La lógica es simple: si te tocan 15 días por 365 días de trabajo, por cada día laborado acumulas una fracción de ese aguinaldo. El cálculo correcto evita pagar de menos al trabajador y evita multas al patrón.

El procedimiento estándar es: primero obtén tu factor diario de aguinaldo dividiendo 15 entre 365, lo que da 0.0411 días de aguinaldo por cada día trabajado. Luego multiplica ese factor por los días que realmente laboraste en el año. Por último, multiplica el resultado por tu salario diario. Ese número es tu aguinaldo proporcional.

Veamos un ejemplo con números redondos para que quede claro. Un trabajador con salario diario de 500 pesos que laboró 200 días en el año: 200 días por 0.0411 da 8.22 días de aguinaldo; 8.22 por 500 pesos da 4,110 pesos de aguinaldo proporcional. El mismo método sirve para quien renunció a mitad de año, para quien fue contratado en septiembre y para quien recibió finiquito antes de diciembre. En todos los casos, el proporcional se paga; no se condiciona a que el trabajador siga en la empresa.

¿El aguinaldo paga ISR? La parte exenta que debes conocer

Sí, el aguinaldo paga ISR, pero solo sobre el monto que excede los 30 días de salario mínimo. El artículo 93, fracción XIV, de la Ley del Impuesto sobre la Renta exenta del impuesto la gratificación anual hasta por el equivalente a 30 veces el valor diario de la UMA. Lo que recibas por encima de ese límite se suma a tu base gravable y causa retención.

El cálculo práctico es así: toma 30 veces el valor diario de la UMA vigente; esa cifra es tu aguinaldo exento. Si tu aguinaldo total es menor o igual a ese monto, no se retiene ISR. Si lo supera, solo la diferencia entre tu aguinaldo y la parte exenta entra a la base para calcular la retención. Con la UMA 2025 de 113.14 pesos diarios, la exención ronda los 3,394 pesos (verificar valor de UMA vigente).

Para el patrón hay un detalle de cumplimiento importante. El aguinaldo es un ingreso por el que se debe calcular y enterar la retención de ISR correspondiente, conforme al artículo 96 de la LISR sobre retenciones por sueldos y salarios. Aplicar mal la exención, retener de más o no enterar la retención al SAT son errores frecuentes que generan diferencias, recargos y observaciones. Si manejas nómina, conviene validar el cálculo de la parte exenta cada cierre de año.

Qué multa arriesgas si no pagas el aguinaldo a tiempo

No pagar el aguinaldo, o pagarlo después del 20 de diciembre, es una infracción a la Ley Federal del Trabajo sancionada con multa. El artículo 1002 de la LFT establece que la violación de las normas de trabajo se sanciona con multa de hasta 5,000 veces la UMA, salvo disposición expresa distinta. El monto exacto lo determina la autoridad laboral según la gravedad y el número de trabajadores afectados.

Traducido a pesos con la UMA 2025 de 113.14 pesos, una sanción puede ir desde montos menores hasta un tope cercano a 565,700 pesos por la conducta infractora (verificar valor de UMA vigente). Y la multa se aplica por cada trabajador al que no se le pagó correctamente, así que en una empresa con varios empleados el costo se multiplica rápido. Es mucho más caro omitir el pago que cumplirlo.

Más allá de la multa administrativa, el trabajador conserva su derecho a reclamar el aguinaldo no pagado ante los tribunales laborales, con las consecuencias económicas que eso implica para el patrón. La fecha del 20 de diciembre no es flexible: cumplirla en tiempo y con el cálculo correcto es la forma más barata y simple de quedar protegido.

Errores comunes que le cuestan caro a las PyMEs

El error más frecuente es calcular el aguinaldo solo sobre el salario base y dejar fuera percepciones que sí integran el salario diario. Para efectos del aguinaldo, el cálculo debe partir del salario que percibe el trabajador, considerando lo que conforma su salario integrado conforme al artículo 84 de la LFT. Tomar únicamente el sueldo nominal y omitir conceptos integrables deja el pago corto y abierto a reclamo.

Otro tropiezo común es no pagar el proporcional a quien ya salió de la empresa durante el año. La obligación del artículo 87 de la LFT es clara: el aguinaldo proporcional se debe a todo trabajador que laboró parte del año, incluido el que renunció o fue liquidado. Olvidar ese pago en el finiquito es una de las omisiones que más se reclaman.

El tercer error es de fechas y de ISR: pagar después del 20 de diciembre o aplicar mal la parte exenta del impuesto. Dejarlo para el último día de oficina, sin margen para imprevistos bancarios, es arriesgado. Y retener ISR sobre la totalidad del aguinaldo, ignorando la exención de 30 UMA del artículo 93 de la LISR, le quita dinero al trabajador y abre observaciones. Revisar estos tres frentes antes de diciembre evita la gran mayoría de los problemas.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la fecha límite para pagar aguinaldo 2026?

La fecha límite para pagar el aguinaldo 2026 es el 20 de diciembre de 2026. Lo establece el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, que obliga al patrón a cubrir el aguinaldo anual antes de esa fecha. No hay prórroga ni excepción para empresas privadas. Pagar después del 20 de diciembre constituye una infracción laboral sujeta a multa por la autoridad.

¿Cuántos días de aguinaldo me corresponden?

Por ley te corresponden al menos 15 días de salario por año completo trabajado, según el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. Ese es el mínimo y ningún patrón puede pagar menos. Muchas empresas otorgan 20 o 30 días como prestación superior, y si tu contrato o la costumbre de la empresa ya da más, ese monto mayor se vuelve obligatorio.

¿Cómo se calcula el aguinaldo proporcional?

El aguinaldo proporcional se calcula según los días trabajados en el año. Divide 15 entre 365 para obtener el factor diario (0.0411), multiplícalo por los días que laboraste y luego por tu salario diario. Ejemplo: con salario de 500 pesos y 200 días trabajados, son 8.22 días por 500, igual a 4,110 pesos. El artículo 87 de la LFT obliga a pagarlo aunque ya no estés en la empresa.

¿Pagan ISR sobre aguinaldo?

Sí, pero solo sobre la parte que excede 30 veces el valor diario de la UMA. El artículo 93, fracción XIV, de la Ley del Impuesto sobre la Renta exenta el aguinaldo hasta ese límite. Con la UMA 2025 de 113.14 pesos, la exención ronda los 3,394 pesos (verificar valor de UMA vigente). Si tu aguinaldo no supera ese monto, no se te retiene ISR; solo el excedente causa impuesto.

¿Qué multa hay si no pagan aguinaldo?

No pagar el aguinaldo es una infracción a la Ley Federal del Trabajo. El artículo 1002 de la LFT prevé multa de hasta 5,000 veces la UMA, que con valor 2025 de 113.14 pesos equivale a un tope cercano a 565,700 pesos (verificar valor de UMA vigente). La sanción se aplica por cada trabajador afectado y la autoridad fija el monto según la gravedad. Además, el trabajador puede reclamar el pago ante tribunales.

¿Dudas con el aguinaldo de tu equipo?

Calcular bien el aguinaldo, el proporcional y la retención de ISR evita multas y reclamos. En Praxium revisamos tu nómina y te damos claridad fiscal antes del 20 de diciembre. La primera sesión es sin costo.