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Calculadora de Aguinaldo

El aguinaldo es un derecho, no un favor. Calcula en segundos cuánto te toca según tus días trabajados, cuánto está exento y cuánto ISR te pueden retener, conforme al Art. 87 de la Ley Federal del Trabajo.

2 minutosCálculo en tiempo realSin registro100% gratis
Persona calculando su aguinaldo con calculadora y documentos sobre el escritorio

Daniel, del equipo Praxium: «El aguinaldo no se negocia: la ley te garantiza mínimo 15 días de salario (Art. 87 LFT). Aquí ves el cálculo claro, sin letras chiquitas, y entiendes qué parte está exenta y qué parte paga ISR.»

Tus datos

Si no trabajaste el año completo, te toca la parte proporcional.

El mínimo legal es 15 días (Art. 87 LFT). Tu contrato puede dar más.

Tu aguinaldo estimado

Escribe tu sueldo mensual y verás el cálculo al instante: monto bruto, parte exenta, ISR estimado y lo que recibes neto.

Fundamento legal

  • Art. 87 LFT: derecho a un aguinaldo anual de al menos 15 días de salario, pagadero antes del 20 de diciembre; quienes no cumplan el año tienen derecho a la parte proporcional.
  • Art. 142, fr. XIV LISR (en relación con el Art. 93, fr. XIV LISR): exención del aguinaldo hasta por el equivalente a 30 UMA; el excedente causa ISR.
  • UMA diaria considerada: $113.14 (valor a actualizar conforme al publicado por el INEGI para el ejercicio).

¿Quieres entender a fondo cómo se calcula y se grava el aguinaldo?

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Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el aguinaldo paso a paso?

Multiplica tu salario diario por los días de aguinaldo (mínimo 15 por el artículo 87 de la LFT) y, si no trabajaste el año completo, prorratea por los días laborados. La fórmula práctica es: (sueldo mensual ÷ 365) × días trabajados × (días de aguinaldo ÷ 30). Con 15 días, cada día trabajado equivale al factor 0.0411. Esta calculadora aplica esa fórmula al instante para darte el monto bruto.

¿Cuándo deben pagarme el aguinaldo y qué hago si no me lo dan?

Antes del 20 de diciembre de cada año, según el artículo 87 de la LFT; ese plazo es obligatorio incluso si ya no trabajas en la empresa. Si no te lo pagan, presenta una queja ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) o demanda ante el tribunal laboral. No pagarlo es infracción sancionada por el artículo 1002 de la LFT con multa de hasta 5,000 UMA por trabajador afectado.

¿Qué parte del aguinaldo está exenta de ISR y cuánto retienen?

Está exenta la parte que no rebase 30 veces el valor diario de la UMA, conforme al artículo 93, fracción XIV, de la LISR. Con la UMA 2025 de 113.14 pesos, la exención ronda los 3,394 pesos (verificar valor de UMA vigente). Si tu aguinaldo no supera ese tope, no se te retiene ISR; solo el excedente se acumula a tus ingresos del mes y causa impuesto. La calculadora separa la parte exenta de la gravada por ti.

¿Sobre qué salario se calcula el aguinaldo, el base o el integrado?

Sobre tu salario diario ordinario, que conforme al artículo 84 de la LFT integra no solo el sueldo base, sino también gratificaciones, comisiones y otras cantidades fijas que recibes por tu trabajo. El error más común es usar únicamente el sueldo nominal y dejar fuera comisiones o bonos habituales, lo que reduce el aguinaldo por debajo de lo que la ley garantiza. Si tu sueldo es variable, conviene revisar el promedio con un especialista.

¿Tengo derecho a aguinaldo si renuncié o me despidieron a mitad de año?

Sí, tienes derecho a la parte proporcional al tiempo que trabajaste, según el artículo 87 de la LFT, sin importar si renunciaste o te despidieron. Se calcula dividiendo tus días de aguinaldo entre 365 y multiplicando por los días efectivamente laborados en el año. Aunque hayas trabajado solo unas semanas, ese proporcional se te debe pagar junto con tu finiquito. Captura tus días reales en la calculadora para ver el monto exacto.

¿Qué diferencia hay entre aguinaldo, prima vacacional y PTU?

Son tres prestaciones distintas con bases legales separadas. El aguinaldo es mínimo 15 días de salario (artículo 87 de la LFT) y se paga antes del 20 de diciembre. La prima vacacional es mínimo 25% del salario de tus vacaciones (artículo 80 de la LFT) y tiene exención de ISR de 15 UMA. El reparto de utilidades (PTU) depende de las ganancias de la empresa (artículo 117 de la LFT) y se paga en mayo o junio. No se sustituyen entre sí.

¿Por qué el ISR que muestra la calculadora es estimado y no exacto?

Porque el ISR real del aguinaldo no usa una tasa fija: depende de la tarifa mensual del artículo 96 de la LISR aplicada a tu ingreso total del periodo, con el procedimiento opcional del artículo 174 del RLISR para prestaciones anuales. La calculadora usa una tasa orientativa sobre el excedente gravado, así que el dato es referencial. Para la retención precisa, considerando todos tus ingresos del mes, te conviene una revisión rápida con el equipo de Praxium.