Equipo de recursos humanos evaluando factores de riesgo psicosocial NOM-035 en empresa mexicana

Cumplimiento Laboral

NOM-035 para PyMEs: qué obligaciones tienes y qué multas aplican en 2026

8 minPor Ninithzen Chávez García
Equipo de recursos humanos evaluando factores de riesgo psicosocial NOM-035 en empresa mexicana

La NOM-035 no es solo para grandes empresas. Si tienes uno o más trabajadores, ya tienes obligaciones. Te explicamos cuáles según tu tamaño y qué multas aplica la STPS.

Qué es la NOM-035 y qué busca

La NOM-035-STPS-2018 es la Norma Oficial Mexicana que establece los lineamientos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial en los centros de trabajo, así como para promover un entorno organizacional favorable. Fue publicada en el Diario Oficial de la Federación en 2018 y entró en vigor por etapas: la primera fase en octubre de 2019 y la segunda en octubre de 2020.

Los factores de riesgo psicosocial son aquellos aspectos del trabajo que pueden generar trastornos de ansiedad, estrés grave o alteraciones del sueño derivados de la actividad laboral: cargas de trabajo excesivas, jornadas que exceden lo previsto en la Ley Federal del Trabajo, rotación de turnos nocturnos, falta de control sobre el propio trabajo, liderazgo negativo y, de manera destacada, la violencia laboral en cualquiera de sus formas.

Es un error frecuente pensar que la NOM-035 es solo para grandes corporativos. La norma aplica a todos los centros de trabajo del territorio nacional, sin importar su tamaño o giro. Lo que cambia con el número de trabajadores es el alcance de las obligaciones, no la existencia de la obligación. Una empresa con cinco empleados ya tiene deberes concretos que cumplir.

¿A quién aplica? Los tres niveles por número de trabajadores

La NOM-035 clasifica a los centros de trabajo en tres categorías según el número de trabajadores, y a cada categoría le corresponde un nivel distinto de obligaciones. El primer nivel es para centros de trabajo de hasta 15 trabajadores. El segundo, para centros de 16 a 50 trabajadores. El tercero, para centros de 51 trabajadores o más.

Todos los centros de trabajo, sin importar su tamaño, comparten un piso común de obligaciones: establecer por escrito una política de prevención de riesgos psicosociales, adoptar medidas para prevenir esos riesgos y la violencia laboral, identificar a los trabajadores expuestos a acontecimientos traumáticos severos con motivo del trabajo, difundir la información de la norma, y conservar los registros correspondientes.

A partir de 16 trabajadores se suma la obligación de identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial aplicando los cuestionarios de las guías de referencia de la norma. A partir de 51 trabajadores, además de lo anterior, debe evaluarse el entorno organizacional. Conocer en qué nivel cae tu empresa es el punto de partida, porque determina exactamente qué debes documentar y aplicar.

Obligaciones concretas según el tamaño de tu empresa

Para cualquier centro de trabajo (incluidos los de hasta 15 trabajadores): contar con una política de prevención de riesgos psicosociales por escrito; aplicar medidas de prevención y acciones de control; identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos; difundir la política y las medidas entre el personal; y llevar los registros de las medidas adoptadas y de los trabajadores identificados.

Para centros de 16 a 50 trabajadores: todo lo anterior, más la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial mediante la aplicación del cuestionario de la Guía de Referencia II de la norma a todos los trabajadores. Con base en los resultados, deben adoptarse medidas y, en su caso, practicar exámenes médicos y psicológicos a los trabajadores expuestos.

Para centros de 51 trabajadores o más: todo lo anterior, más la evaluación del entorno organizacional mediante la Guía de Referencia III. En este nivel la documentación y el seguimiento son más exigentes, e incluyen acciones específicas según el nivel de riesgo detectado en cada área. En todos los niveles, los resultados y las acciones deben conservarse como evidencia de cumplimiento ante una eventual inspección de la STPS.

Sanciones y multas por incumplimiento

El incumplimiento de la NOM-035 se sanciona conforme a la Ley Federal del Trabajo. El artículo 994, fracción V, establece multas de 250 a 5,000 veces la UMA para el patrón que no cumpla con las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo. Tomando el valor de la UMA diaria de 2025 ($113.14 MXN), el rango aproximado va de $28,285 a $565,700 MXN. (Verificar el valor de la UMA vigente al publicar.)

Un punto que muchas empresas pasan por alto: conforme al artículo 992 de la Ley Federal del Trabajo, las multas se aplican por cada trabajador afectado por el incumplimiento. Esto significa que en un centro de trabajo con varios empleados, la sanción no es un monto único, sino que puede multiplicarse según el número de trabajadores respecto de los cuales no se cumplió la obligación. El monto exacto lo determina la autoridad considerando la gravedad de la falta, la capacidad económica del infractor y la reincidencia.

La STPS verifica el cumplimiento a través de inspecciones, en las que solicita la política de prevención por escrito, los resultados de la identificación de factores de riesgo (cuando aplica según el tamaño), las medidas adoptadas y los registros correspondientes. La ausencia de esta documentación es lo que materializa la sanción: no basta con tener un buen clima laboral, hay que poder demostrar documentalmente que se cumplió con cada elemento que exige la norma.

Cómo implementar la NOM-035 paso a paso

Primero, determina el nivel que le corresponde a tu centro de trabajo según el número de trabajadores (hasta 15, de 16 a 50, o 51 o más), porque eso define el alcance de tus obligaciones. Segundo, elabora y documenta la política de prevención de riesgos psicosociales y de violencia laboral, firmada por la dirección y difundida a todo el personal.

Tercero, si tu empresa tiene 16 trabajadores o más, aplica los cuestionarios de las guías de referencia de la norma (Guía II para 16-50 trabajadores; Guías II y III para 51 o más) para identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial y, en su caso, evaluar el entorno organizacional. Cuarto, con base en los resultados, define e implementa medidas y acciones de control proporcionales al nivel de riesgo detectado.

Quinto, identifica a los trabajadores expuestos a acontecimientos traumáticos severos y, cuando corresponda, canaliza la atención médica o psicológica. Sexto, conserva todos los registros —política, cuestionarios, resultados, medidas adoptadas y seguimiento— como evidencia documental de cumplimiento. La clave práctica es que cada obligación debe quedar soportada por escrito, porque en una inspección la STPS evalúa documentos, no buenas intenciones.

Por qué la NOM-035 conviene más allá de evitar la multa

Reducir la NOM-035 a un trámite para evitar multas desaprovecha su valor real. Los factores de riesgo psicosocial —cargas excesivas, jornadas mal diseñadas, liderazgo negativo, violencia laboral— tienen un costo directo en la operación: rotación de personal, ausentismo, errores, baja productividad y deterioro del clima de trabajo. Atenderlos de forma estructurada no es solo cumplir, es resolver problemas que afectan los resultados.

Para una PyME, implementar bien la NOM-035 es además una señal de profesionalismo frente a clientes corporativos y frente a candidatos en procesos de contratación. Cada vez más empresas grandes exigen a sus proveedores evidencia de cumplimiento en materia laboral, y la NOM-035 forma parte de ese paquete junto con otras obligaciones como el REPSE cuando aplica.

Si no sabes en qué nivel está tu empresa o qué multa podrías enfrentar por los incumplimientos actuales, puedes empezar con nuestra calculadora de multas NOM-035 gratuita para tener una estimación de tu exposición, y a partir de ahí diseñar un plan de implementación realista con acompañamiento especializado.

Preguntas frecuentes

¿A qué empresas aplica la NOM-035?

La NOM-035-STPS-2018 aplica a todos los centros de trabajo del territorio nacional, sin importar su tamaño o giro. Lo que cambia según el número de trabajadores es el alcance de las obligaciones: hay un piso común para todos, obligaciones adicionales a partir de 16 trabajadores (identificación de factores de riesgo) y aún más a partir de 51 (evaluación del entorno organizacional). Incluso una empresa con pocos empleados ya tiene deberes concretos que cumplir.

¿Cuánto es la multa por no cumplir la NOM-035?

El artículo 994 fracción V de la Ley Federal del Trabajo establece multas de 250 a 5,000 veces la UMA. Con el valor de la UMA diaria de 2025 ($113.14 MXN), eso equivale a un rango aproximado de $28,285 a $565,700 MXN. Además, conforme al artículo 992 de la LFT, la multa se aplica por cada trabajador afectado, por lo que en un centro con varios empleados la sanción puede multiplicarse.

¿Qué obligaciones tiene una empresa de menos de 15 trabajadores?

Los centros de trabajo de hasta 15 trabajadores deben: contar con una política de prevención de riesgos psicosociales por escrito, aplicar medidas de prevención de esos riesgos y de la violencia laboral, identificar a los trabajadores expuestos a acontecimientos traumáticos severos, difundir la información de la norma y conservar los registros correspondientes. No están obligados a aplicar los cuestionarios de identificación de factores de riesgo, que aplican a partir de 16 trabajadores.

¿Qué son los factores de riesgo psicosocial?

Son aspectos del trabajo que pueden provocar trastornos de ansiedad, estrés grave o alteraciones del sueño derivados de la actividad laboral. Incluyen cargas de trabajo excesivas, jornadas que exceden lo previsto en la LFT, rotación de turnos nocturnos, falta de control sobre el propio trabajo, liderazgo negativo y la violencia laboral en cualquiera de sus formas. La NOM-035 obliga a identificarlos, analizarlos y prevenirlos.

¿Cómo verifica la STPS el cumplimiento de la NOM-035?

La STPS verifica el cumplimiento mediante inspecciones, en las que solicita la política de prevención por escrito, los resultados de la identificación de factores de riesgo psicosocial (cuando aplica según el tamaño del centro), las medidas adoptadas y los registros correspondientes. La ausencia de esa documentación es lo que materializa la sanción, por lo que cada obligación debe quedar soportada por escrito.

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