No existe un catalogo cerrado de servicios que requieren REPSE: la regla es funcional. Si prestas trabajo especializado o ejecutas obras especializadas con personal propio para un tercero, debes registrarte. Aqui te decimos como saber si tu actividad califica, que queda fuera y por que un solo registro no cubre todo.
Cuales son los servicios especializados que requieren REPSE
Cualquier persona fisica o moral que proporcione trabajos especializados u obras especializadas con personal propio en favor de un tercero, y cuyas actividades no formen parte del objeto social ni de la actividad economica preponderante de quien las recibe, requiere REPSE. Esa es la regla de fondo que establece el articulo 15 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) tras la reforma de subcontratacion de 2021. No hay una lista oficial fija de actividades; el criterio es funcional, no de catalogo.
REPSE significa Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas. Es un padron a cargo de la Secretaria del Trabajo y Prevision Social (STPS) en el que deben inscribirse todas las empresas que prestan este tipo de trabajos. Sin ese registro, la operacion es ilegal y el cliente que contrata pierde el derecho a deducir el gasto y a acreditar el IVA, segun el articulo 27, fraccion V, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y el articulo 5, fraccion II, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA).
En la practica, las actividades que con mas frecuencia se registran son seguridad privada, limpieza, vigilancia, mantenimiento, servicios de tecnologias de la informacion, call centers, logistica y maniobras, construccion especializada, consultoria tecnica y outsourcing de funciones administrativas. Pero ninguna de estas figura en una norma como obligatoria por nombre: aparecen porque, en la mayoria de los casos reales, cumplen los dos requisitos clave que veremos enseguida. La pregunta correcta no es si tu giro esta en una lista, sino si tu servicio reune las condiciones de la ley.
Los dos requisitos que definen un servicio especializado
Un servicio califica como especializado cuando cumple dos condiciones de forma simultanea. Primera, que pongas a tu propio personal a disposicion de un tercero para ejecutar el trabajo o la obra. Segunda, que esa actividad sea distinta del objeto social y de la actividad economica preponderante de la empresa que te contrata. Si falta cualquiera de las dos, la operacion no es subcontratacion especializada en los terminos del articulo 13 de la LFT y la logica del REPSE cambia por completo.
El concepto de actividad preponderante es el que mas confusiones genera. Se refiere a la actividad de la que la empresa contratante obtiene la mayor parte de sus ingresos, la que la define economicamente ante el SAT. Si una constructora te contrata para que tu cuadrilla levante muros, esa es justamente su actividad preponderante, y por eso ese esquema no encaja como servicio especializado y queda prohibido por el articulo 12 de la LFT, que veda la subcontratacion de personal para realizar el objeto social del contratante.
El punto fino es que el mismo servicio puede ser especializado para un cliente y prohibido para otro. Vender desarrollo de software a un despacho contable es especializado, porque programar no es su giro. Venderlo a una empresa que vive de desarrollar software no lo es, porque ahi seria personal ejecutando su actividad central. Por eso decimos que REPSE no clasifica giros: clasifica relaciones contractuales concretas entre quien presta y quien recibe.
Que actividades quedan fuera del REPSE
Quedan fuera del REPSE las prestaciones que no implican poner personal propio al servicio del cliente. Los servicios profesionales independientes facturados por honorarios sin desplazar trabajadores, la venta de productos o mercancias, los servicios entregados a distancia sin que tu gente trabaje bajo coordinacion del contratante, y las prestaciones aisladas o de resultado puntual, donde entregas un producto terminado y no mano de obra continua, no entran en el supuesto del articulo 15 de la LFT.
Un caso especifico y muy consultado es el de las empresas de un mismo grupo. Los servicios u obras complementarias o compartidas entre empresas del mismo grupo empresarial si se consideran especializados y deben registrarse, segun el ultimo parrafo del articulo 13 de la LFT. Es decir, prestar servicios entre filiales no te exime del REPSE; al contrario, la ley lo aclara expresamente para cerrar esa via de elusion. Muchos grupos asumen erroneamente que las operaciones intercompania estan exentas.
Tampoco requiere REPSE quien simplemente vende un bien con instalacion incidental, ni el proveedor que ejecuta una obra por contrato de obra a precio alzado entregando un resultado, sin que sus trabajadores queden a disposicion permanente del contratante. La frontera es delgada y casuistica: lo que define la obligacion no es la etiqueta del contrato, sino quien dirige al personal, quien fija horarios y si esa fuerza de trabajo se integra o no a la operacion diaria del cliente. Ante la duda, conviene un analisis caso por caso antes de facturar.
Un solo REPSE no cubre todos tus servicios
El registro REPSE se otorga por actividad especifica, no de forma general para la empresa. Al inscribirte en la plataforma de la STPS declaras las actividades concretas que vas a prestar, descritas con precision, y el folio que obtienes ampara unicamente esas actividades. Si manana decides ofrecer un servicio nuevo que no declaraste, tu registro no lo cubre y debes actualizarlo antes de prestarlo y facturarlo.
Si, puedes amparar varias actividades especializadas con un mismo registro, siempre que las hayas dado de alta todas en tu solicitud o mediante una modificacion posterior. Lo que no puedes es facturar bajo el REPSE un servicio que quedo fuera de tu declaracion. La plataforma permite agregar o actualizar actividades, pero el cambio debe procesarse y aprobarse; no basta con prestar el servicio y regularizarlo despues. La regla operativa es simple: lo que no declaraste, no lo facturas como especializado.
Esto tiene una consecuencia directa para tu cliente. Cuando el contratante valida tu cumplimiento, debe comprobar que el servicio que te compro coincide con las actividades registradas en tu folio REPSE. Si contrata limpieza pero tu registro solo ampara vigilancia, la operacion no esta cubierta y el cliente pierde la deduccion y el acreditamiento del IVA, aunque tu si tengas REPSE para otra cosa. Por eso revisar la coincidencia entre actividad contratada y actividad registrada es parte del control de riesgo de ambas partes.
Como saber si tu actividad necesita registro: checklist practico
Para resolverlo sin adivinar, responde cuatro preguntas en orden. Una, pones personal tuyo a trabajar para otra empresa. Dos, esa empresa coordina o se beneficia de manera continua de ese personal. Tres, la actividad que prestas es distinta del objeto social y de la actividad preponderante de quien te contrata. Cuatro, no se trata de una simple venta de bienes ni de un resultado entregado de forma aislada. Si respondes si a las primeras tres y no a la cuarta, necesitas REPSE.
Si tu caso es intercompania, suma una quinta pregunta: prestas servicios complementarios o compartidos a otra empresa de tu mismo grupo. Si la respuesta es si, tambien requieres registro, sin excepcion por pertenecer al mismo grupo. Y si tu duda es sobre cobertura, una sexta: el servicio especifico que vas a facturar esta declarado en tu folio REPSE actual. Si no lo esta, actualizalo antes de cobrar.
El costo de equivocarse es alto y se mueve en multas que van de 2,000 a 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualizacion, conforme al articulo 1004-C de la LFT, tanto para quien presta servicios especializados sin estar registrado como para quien los contrata sin verificar. Con la UMA 2025 de 113.14 pesos, eso equivale a un rango aproximado de 226,280 a 5,657,000 pesos por cada operacion irregular (verificar el valor de la UMA vigente al publicar). A esa sancion se suma la perdida de deducibilidad para el cliente y la posible responsabilidad solidaria en materia de seguridad social y de obligaciones fiscales del personal. Hacer el analisis bien la primera vez es mucho mas barato que corregir despues.
Preguntas frecuentes
Cuales son los servicios especializados que requieren REPSE
Cualquier trabajo u obra especializada que prestes con personal propio a un tercero, cuando esa actividad no es el objeto social ni la actividad preponderante de quien te contrata, requiere REPSE (articulo 15 de la LFT). No existe un catalogo cerrado: el criterio es funcional. En la practica destacan seguridad, limpieza, mantenimiento, tecnologias de la informacion, logistica y consultoria tecnica, pero cada caso se evalua por sus condiciones reales, no por el giro.
Mi actividad califica como servicio especializado
Califica si cumples dos requisitos al mismo tiempo: pones a tu propio personal a disposicion de un tercero y esa actividad es distinta del objeto social y la actividad preponderante de quien te contrata (articulo 13 de la LFT). Si tu personal ejecuta justamente el giro central del cliente, no es servicio especializado sino subcontratacion prohibida por el articulo 12. El mismo servicio puede calificar para un cliente y no para otro.
Que actividades NO requieren REPSE
No requieren REPSE la venta de bienes o mercancias, los servicios profesionales por honorarios que no desplazan trabajadores, las prestaciones entregadas a distancia sin coordinacion del contratante y las obras de resultado puntual donde entregas un producto y no mano de obra continua. Cuidado: los servicios complementarios o compartidos entre empresas del mismo grupo si requieren registro, segun el articulo 13 de la LFT, aunque sean operaciones intercompania.
Puedo prestar varios servicios especializados con un solo REPSE
Si, siempre que hayas declarado todas esas actividades en tu solicitud o mediante una modificacion posterior en la plataforma de la STPS. El registro se otorga por actividad especifica, no de forma general, asi que un mismo folio puede amparar varias actividades declaradas. Lo que no puedes es facturar bajo el REPSE un servicio que no diste de alta: primero debes actualizar tu registro y obtener la aprobacion.
Que pasa si presto un servicio no registrado en mi REPSE
La operacion se considera no cubierta, como si no tuvieras registro para ese servicio. Tu cliente pierde la deduccion del gasto y el acreditamiento del IVA (articulo 27, fraccion V, LISR y articulo 5, fraccion II, LIVA), y ambos se exponen a multas de 2,000 a 50,000 UMA conforme al articulo 1004-C de la LFT. Antes de facturar una actividad nueva, actualiza tu folio para incluirla; lo que no declaraste, no lo cobres como especializado.
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No adivines si necesitas REPSE: confirmalo con claridad
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