La plataforma te pide la constancia para leer tu RFC y tu régimen, y con eso decidir cuánto te retiene: 2.1 % de ISR en transporte y entregas, 4 % en hospedaje, y el 50 % del IVA. Sin RFC registrado, la retención de IVA sube al 100 %.
Calcula lo que te queda después de retenciones
¿Para qué te pide la plataforma la constancia de situación fiscal?
Para saber cuánto retenerte. Uber, DiDi, Rappi y cualquier otra aplicación que intermedie tus servicios está obligada a retener ISR sobre lo que te paga, con las tasas del artículo 113-A de la LISR: 2.1 % en transporte terrestre de pasajeros y entrega de bienes, 4 % en hospedaje y 1 % en enajenación de bienes y prestación de servicios. La constancia es el documento del que copian tu RFC y tu régimen para aplicar esa retención a tu nombre.
En IVA la consecuencia es más cara. El artículo 18-J, fracción II, inciso a) de la LIVA obliga a la plataforma a retener el 50 % del IVA cobrado, pero si no le proporcionas tu clave del RFC la retención se hace al 100 %. Ese es el costo real de no subir la constancia: no es una multa, es la mitad de tu IVA que se queda en el camino.
Qué dice tu constancia y qué hace la plataforma con eso
Sobre un viaje o una entrega de $1,000 más IVA, así cambia el depósito según lo que la plataforma lea en tu constancia.
| Lo que muestra tu constancia | Retención de ISR | Retención de IVA | Fundamento |
|---|---|---|---|
| RFC con régimen de plataformas tecnológicas, transporte de pasajeros o entregas | 2.1 % sobre $1,000 = $21 | 50 % de $160 = $80 | art. 113-A, fr. I, LISR; art. 18-J LIVA |
| RFC con régimen de plataformas, servicio de hospedaje | 4 % sobre $1,000 = $40 | 50 % de $160 = $80 | art. 113-A, fr. II, LISR |
| RFC con régimen de plataformas, venta de bienes o servicios | 1 % sobre $1,000 = $10 | 50 % de $160 = $80 | art. 113-A, fr. III, LISR |
| Sin RFC proporcionado a la plataforma | La tasa que corresponda a la actividad | 100 % de $160 = $160 | art. 18-J, fr. II, inciso a), LIVA |
| Constancia que dice «sin obligaciones fiscales» | La plataforma no puede validar tu régimen | Riesgo de que te traten como sin RFC | art. 30, fr. V, RCFF |
Calcula lo que te queda después de retenciones
¿Qué pasa si mi constancia dice «sin obligaciones fiscales»?
Significa que estás inscrito en el RFC pero sin el régimen que corresponde a lo que haces. Es lo normal si te inscribiste hace años para un trámite bancario o escolar y nunca facturaste. Mientras siga así, la plataforma no encuentra el régimen que espera y tú no puedes emitir los CFDI de tus ingresos.
Se arregla con un aviso, no con un trámite nuevo: la actualización de actividades económicas y obligaciones del artículo 30, fracción V del RCFF, que es el aviso que corresponde cuando inicias una actividad económica o eliges una opción de tributación distinta. Es gratuito, se presenta en el portal del SAT y al día siguiente ya puedes descargar una constancia que sí muestre tu régimen.
¿Puedo quedarme solo con la retención y no declarar más?
A veces sí. El artículo 113-B de la LISR permite considerar esas retenciones como pagos definitivos cuando únicamente obtienes ingresos por plataformas y en el ejercicio inmediato anterior no excedieron de trescientos mil pesos; la misma fracción admite que además tengas sueldos e intereses. Si empiezas actividades, puedes optar cuando estimes que no rebasarás ese límite.
Y si parte de tus clientes te paga directo, fuera de la app, el último párrafo del artículo 113-A te deja aplicar esas mismas tasas al total cobrado —lo de la plataforma y lo directo— siempre que en conjunto no excedas de trescientos mil pesos anuales; lo que pagues así se considera definitivo. Arriba de ese monto, o si tienes otra actividad, el régimen deja de ser automático y necesitas declaración mensual y anual.
Cómo subir tu constancia sin que te la rechacen
El rechazo casi nunca es fiscal: es de captura. Estos pasos evitan las tres causas más frecuentes.
- Descarga la constancia el mismo día en que vas a subirla, para que refleje tu régimen y domicilio actuales.
- Verifica que tu nombre en la app esté escrito exactamente como en la constancia, incluidos acentos y apellidos completos.
- Confirma que aparezca tu régimen de plataformas tecnológicas y no solo «sin obligaciones».
- Sube el PDF completo, no una foto de la pantalla: el código QR debe quedar legible.
- Guarda el acuse y revisa en tu siguiente recibo de la plataforma que la retención bajó al 50 % del IVA.
- Descarga cada mes tus constancias de retenciones: son las que acreditas en tu declaración.
El error que sí cuesta dinero
Manejar meses con el RFC sin registrar en la app. Cada semana con retención del 100 % del IVA es dinero que sí puedes recuperar después, pero solo presentando declaraciones y acreditando retenciones, es decir, contratando justo el trabajo contable que querías evitar. Registrar la constancia cuesta diez minutos.
El segundo error es asumir que la retención lo resuelve todo. Si además vendes por otra app, rentas un cuarto o facturas por tu cuenta, ya no cumples las condiciones del artículo 113-B y necesitas declaración: ahí la retención deja de ser definitiva y se vuelve un pago provisional que hay que acreditar.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio subir la constancia de situación fiscal a Uber o DiDi?
La plataforma te la pide para registrar tu RFC y aplicar la retención correcta. Si no proporcionas la clave del RFC, el artículo 18-J, fracción II, inciso a) de la LIVA obliga a retenerte el 100 % del IVA cobrado en lugar del 50 %. No es una multa, pero es el doble de retención.
¿Cuánto me retiene la plataforma de ISR?
Según la actividad, conforme al artículo 113-A de la LISR: 2.1 % en transporte terrestre de pasajeros y entrega de bienes, 4 % en servicios de hospedaje y 1 % en enajenación de bienes y prestación de servicios. La retención se calcula sobre el ingreso efectivamente percibido, sin incluir el IVA.
¿Qué régimen debo tener para manejar en una plataforma?
El régimen de actividades empresariales con ingresos a través de plataformas tecnológicas, que es la Sección III del Capítulo II del Título IV de la LISR. Si tu constancia dice «sin obligaciones fiscales», presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones del artículo 30, fracción V del RCFF.
¿Tengo que declarar si ya me retienen?
Depende. El artículo 113-B de la LISR permite considerar las retenciones como pago definitivo si solo obtienes ingresos por plataformas y no excedieron de trescientos mil pesos en el ejercicio anterior, admitiendo además sueldos e intereses. Con otros ingresos o por arriba de ese monto, sí debes declarar.
¿Cuánto cuesta la constancia para la plataforma?
Nada. La constancia de situación fiscal y el aviso de actualización de obligaciones son gratuitos en el portal del SAT. Solo pagarías asesoría si necesitas definir qué régimen te conviene cuando combinas plataformas con otros ingresos.
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Pon los ingresos de tu app y mira cuánto te retienen de ISR y de IVA, cuánto puedes acreditar y qué te toca declarar.
