Cumplimiento Fiscal

¿Cuánto cobra un contador para una agencia de marketing?

7 minPor Miguel Ángel González Medina
Directora presentando resultados a su equipo con laptops abiertas en una oficina de agencia — cuánto cobra un contador para una agencia de marketing y qué mueve el precio

En rango de mercado 2026, una agencia constituida como persona moral paga entre $3,000 y $7,000 al mes. Lo que mueve el precio no es el tamaño del equipo: son el IVA por la pauta que compras en el extranjero, las retenciones a tus creativos y la pauta que refacturas a clientes.

¿Cuánto cobra un contador para una agencia de marketing?

Entre $3,000 y $7,000 al mes si la agencia es una persona moral con nómina, IVA y contabilidad electrónica; entre $500 y $800 si todavía operas como persona física en RESICO, y entre $800 y $1,200 si eres persona física con actividad empresarial, deducciones y colaboradores. Son rangos de mercado orientativos 2026, no tarifas de Praxium: el precio se cotiza según el caso y la primera sesión de diagnóstico es sin costo.

Una agencia se ve sencilla desde fuera —facturas servicios y pagas gente— y por dentro tiene tres cosas que un despacho no ve en un consultorio ni en una tienda: compra servicios digitales en el extranjero, paga a colaboradores que facturan en regímenes distintos y mueve dinero de clientes que no es su ingreso. Eso es lo que se paga. Si lo que buscas son las obligaciones del giro y no el precio, están en contador para agencias de marketing y creativas.

Los cuatro frentes que mueven el honorario

Cada uno agrega trabajo mensual, no anual, y por eso empuja la iguala hacia el techo del rango.

FrenteQué implica cada mesFundamento
Pauta comprada al extranjeroDeterminar el IVA por importación de servicios cuando quien te factura es un residente en el extranjero sin establecimiento en Méxicoart. 24 fr. V LIVA y art. 50 RLIVA
Creativos que facturanRetener y enterar ISR e IVA según el régimen de cada colaborador, y timbrar la constanciaarts. 106 y 113-J LISR; art. 1-A fr. II inciso a) LIVA y art. 3 fr. I inciso a) RLIVA
Pauta refacturada al clienteDecidir y documentar si es ingreso propio o erogación por cuenta de un tercero; el control del dinero ajeno es trabajo contable realart. 18, fracción VIII, LISR (si la agencia es persona moral) o art. 90, octavo párrafo, LISR (si es persona física), y regla 2.7.1.12 de la RMF 2026 sobre pago de erogaciones a través de terceros, en relación con el art. 41 del RLISR
Equipo en nóminaCFDI de nómina, cuotas obrero-patronales, Impuesto Sobre Nóminas del estado y, si repartes, PTUart. 99 LISR; art. 15 LSS; ley de hacienda de tu entidad

El IVA de Meta y Google: el número que descuadra el mes

Depende de quién firma tu comprobante, no de la marca. Si la pauta te la factura una entidad mexicana, el IVA viene trasladado en el CFDI y se acredita como cualquier otro gasto del negocio. Si te factura una entidad residente en el extranjero sin establecimiento permanente en México, estás ante una importación de servicios: el artículo 24, fracción V, de la Ley del IVA considera importación el aprovechamiento en territorio nacional de servicios prestados por no residentes, y tú mismo determinas ese impuesto en tu declaración mensual, con el mecanismo que precisa el artículo 50 del Reglamento.

Ese IVA no es un costo nuevo si tu actividad está gravada: se declara a cargo y se acredita cumpliendo los requisitos del artículo 5 de la Ley del IVA, así que el efecto en caja tiende a cero. Lo que sí es nuevo es el trabajo: revisar cada comprobante de pauta, clasificarlo y dejar el papel de trabajo que sostenga el acreditamiento. Una agencia que mueve pauta todos los meses tiene ahí una tarea recurrente, y es una de las razones por las que su iguala no se parece a la de un despacho de servicios sin compras al extranjero.

Las tres retenciones que una agencia entera cada mes

Una agencia casi nunca tiene un solo tipo de proveedor, y cada tipo cambia la retención.

Al diseñador o redactor persona física en actividad profesional le retienes 10 % de ISR sobre el honorario (art. 106 LISR) y dos terceras partes del IVA que te traslada: la obligación de retener está en el artículo 1-A, fracción II, inciso a), de la LIVA y la proporción de dos terceras partes en el artículo 3, fracción I, inciso a), de su Reglamento. Al colaborador en RESICO le retienes 1.25 % de ISR (art. 113-J LISR), y aquí está el error que más veces hay que corregir: la retención de dos terceras partes del IVA también aplica cuando un RESICO presta servicios personales independientes a una persona moral. Estar en RESICO no elimina esa retención de IVA. Y al arrendador persona física de tu oficina le retienes 10 % de ISR (art. 116 LISR) además de la retención de IVA que corresponda, por el mismo inciso a) del artículo 1-A.

Cada retención se entera a más tardar el día 17 del mes siguiente y se respalda con su constancia. Tres proveedores de tipos distintos significan tres cálculos, tres enteros y tres constancias: no es un tema de volumen de facturas, es de variedad de regímenes.

Ejemplo: agencia que cobra $400,000 con $250,000 de pauta

Una agencia factura $400,000 en el mes: $150,000 de fee por servicios y $250,000 que corresponden a la pauta que compró para tres clientes. Si refactura la pauta a su nombre como parte del servicio, sus ingresos acumulables del mes son $400,000 completos, y sobre esa cifra se calculan su pago provisional, su coeficiente de utilidad del ejercicio siguiente y la base de la participación de utilidades. Si en cambio documenta la pauta como erogación por cuenta del cliente, con los requisitos de la regla vigente de la RMF sobre pago de erogaciones a través de terceros, el ingreso propio del mes es $150,000 y el dinero de la pauta no le pertenece: entra y sale con su comprobante a nombre del cliente.

La diferencia son $250,000 al mes de ingresos declarados por el mismo trabajo. No es una decisión contable de fin de año: se define en el contrato con el cliente y se ejecuta factura por factura. Ese es el tipo de decisión que el rango de $3,000 a $7,000 debería estar comprando, y la razón por la que la agencia más barata del mercado suele salir más caro.

Errores comunes de una agencia y qué hacer

Cinco revisiones que se pueden hacer esta semana con los comprobantes del mes pasado en la mano.

  • Deducir la pauta comprada al extranjero sin determinar el IVA por importación: el gasto queda cuestionable y el acreditamiento no tiene soporte.
  • No retener el IVA a un colaborador en RESICO creyendo que el régimen lo exenta: la retención de dos terceras partes sí aplica a servicios personales independientes prestados a una persona moral.
  • Refacturar pauta sin contrato que la documente como erogación por cuenta del cliente: los ingresos se inflan y con ellos los pagos provisionales.
  • Pagar a freelancers recurrentes como si fueran proveedores cuando en realidad hay subordinación: eso es una relación laboral con sus consecuencias.
  • Olvidar el Impuesto Sobre Nóminas del estado donde está tu oficina: es local, cambia de entidad a entidad y no aparece en las declaraciones federales.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra un contador para una agencia de marketing en 2026?

Entre $3,000 y $7,000 al mes en rango de mercado si la agencia es persona moral con nómina, IVA y contabilidad electrónica. Una agencia que aún opera como persona física paga menos: $500-800 en RESICO o $800-1,200 con actividad empresarial y deducciones. El precio definitivo se cotiza según el caso.

¿La publicidad en Meta o Google lleva IVA?

Depende de quién te la factura. Si el comprobante lo emite una entidad mexicana, el IVA viene trasladado y se acredita como cualquier gasto. Si lo emite un residente en el extranjero sin establecimiento en México, tú determinas el IVA por importación de servicios (art. 24, fr. V, LIVA y art. 50 RLIVA) en tu declaración mensual.

¿Qué le retengo a un diseñador que me factura?

Si está en actividad profesional, 10 % de ISR (art. 106 LISR) y dos terceras partes del IVA que te traslada: la obligación la fija el art. 1-A, fr. II, inciso a), de la LIVA y la proporción el art. 3, fr. I, inciso a), de su Reglamento. Si está en RESICO, 1.25 % de ISR (art. 113-J LISR) y esa misma retención de IVA, porque presta servicios personales independientes a una persona moral. Ambas se enteran el día 17.

¿Conviene refacturar la pauta al cliente?

Depende de cómo lo documentes. Refacturada a tu nombre, la pauta es ingreso acumulable tuyo e infla pagos provisionales, coeficiente de utilidad y base de PTU. Tratada como erogación por cuenta del cliente, con los requisitos de la regla vigente de la RMF, el ingreso es solo tu fee. La decisión se define en el contrato.

¿Necesita REPSE una agencia de marketing?

Solo si pone trabajadores propios a disposición de un cliente que dirige su trabajo. Prestar servicios especializados de marketing con tu propio equipo, bajo tu dirección y con tus herramientas, no es puesta a disposición de personal. Conviene revisar los contratos grandes, porque la redacción del alcance es lo que define el caso.

Cotización clara para tu agencia

Revisamos tus comprobantes de pauta, las retenciones a tus creativos y cómo estás refacturando, y te decimos qué debería costar tu contabilidad. Primera sesión sin costo, 100 % remota.