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¿Cuánto te corresponde por un despido injustificado?

Si te despidieron sin causa justificada, la ley te respalda. Captura tu sueldo y tu antigüedad y calcula al instante tu finiquito y liquidación: 3 meses, 20 días por año, prima de antigüedad y proporcionales. Sin registro, sin letras chiquitas.

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Persona revisando documentos de finiquito y cálculo de liquidación laboral

Calculadora de despido injustificado

Captura tus datos y mira el resultado al instante. Es una estimación con base en la Ley Federal del Trabajo: úsala para entender el orden de magnitud antes de firmar nada.

Tus datos

Tu sueldo mensual ÷ 30. Si ganas $24,000 al mes, son $800 diarios.

Si lo dejas en blanco, estimamos la parte proporcional del periodo en curso.

No es obligatorio para ver tu cálculo. Tu resultado aparece a la derecha.

Captura tu sueldo y tu antigüedad

Tu estimación de finiquito y liquidación aparecerá aquí en tiempo real, concepto por concepto.

¿Te están ofreciendo menos de lo que te toca?

Antes de firmar un finiquito, deja que un especialista revise tu caso. La primera sesión es sin costo: te decimos con claridad qué te corresponde y cómo defenderlo.

¿Quieres entender cada concepto y tus derechos a fondo?

Lee nuestra guía: Finiquito vs. liquidación en México →

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula la indemnización por despido injustificado en México?

Si no pides reinstalación, sumas cuatro bloques: 3 meses de salario (90 días) por el Art. 48 LFT, más 20 días de salario por cada año trabajado (Art. 50 fr. II LFT), más la prima de antigüedad de 12 días por año (Art. 162 LFT), más tu finiquito de proporcionales. Los 20 días y la prima usan salario topado a 2 salarios mínimos (Art. 486 LFT); los 3 meses se calculan con tu salario real.

¿Cuál es el tope salarial para los 20 días por año y la prima de antigüedad?

El salario base para los 20 días por año y la prima de antigüedad se topa a dos veces el salario mínimo de tu zona (Art. 486 LFT, criterio aplicado por la SCJN). Si ganas más que ese tope, esos dos conceptos se calculan con el tope, no con tu sueldo real. En cambio, los 3 meses del Art. 48 LFT se pagan con tu salario íntegro, sin ese límite.

¿Se paga ISR sobre la liquidación por despido injustificado?

La indemnización por separación está exenta de ISR hasta 90 veces el salario mínimo (UMA) por cada año de servicio; el excedente sí causa impuesto (Art. 93 fr. XIII LISR). El finiquito de proporcionales (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional) tiene sus propias exenciones parciales. Por eso el monto que ves en la calculadora es bruto: lo que recibes en la mano puede ser menor tras la retención. Cifras 2025 en UMA (verificar 2026).

¿Qué son los salarios caídos y hasta cuándo se pagan?

Los salarios caídos son los sueldos que dejaste de percibir desde el despido hasta que se resuelve el juicio, y solo aplican si demandas y ganas. Se pagan hasta por 12 meses; si el juicio dura más, después de ese año solo corren intereses del 2% mensual sobre 15 meses de salario (Art. 48 LFT, reforma 2012). Esta calculadora no los incluye porque dependen del resultado de un litigio.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar un despido injustificado?

Tienes 2 meses para demandar, contados desde el día siguiente al despido (Art. 518 LFT). Pasado ese plazo, tu acción prescribe y pierdes el derecho a reclamar la indemnización o la reinstalación. La prima de antigüedad prescribe en un plazo distinto. Por eso conviene no firmar un finiquito bajo presión ni dejar pasar las semanas: si dudas, busca asesoría antes de que corra el plazo.

¿La calculadora usa mi sueldo nominal o el salario diario integrado?

Captura tu salario diario integrado, no solo tu sueldo base. El salario base de indemnización integra cuota diaria más todas las prestaciones: aguinaldo, prima vacacional, bonos, comisiones y demás (Art. 84 y 89 LFT). El error más común es usar el sueldo nominal, que subestima el cálculo. Si solo divides tu sueldo mensual entre 30, el resultado real será mayor una vez integradas tus prestaciones.

¿Qué pasa si me despiden con causa justificada o si renuncio?

Si renuncias o te despiden con causa justificada (Art. 47 LFT), no hay indemnización de 3 meses ni 20 días por año: solo recibes tu finiquito de proporcionales (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional pendientes). La prima de antigüedad de 12 días por año sí se paga al renunciar con 15 años o más de servicio (Art. 162 LFT). Para que el despido sea justificado, el patrón debe avisarte por escrito la causa y fecha.