Estrategia Empresarial

Contabilidad para empresas en Monterrey: todo vence el día 17

6 minPor Miguel Ángel González Medina
Directora presentando resultados en una junta con su equipo y laptops en la oficina — cierre contable mensual de una empresa en Monterrey, Nuevo León

Nuevo León es de los pocos estados donde el impuesto local y las federales comparten fecha: el ISN del 3 % y el paquete del SAT vencen el día 17. La trampa no es el calendario, es la base: el art. 154 grava viáticos, fondo de ahorro, despensa, premios y pagos a consejeros.

¿Qué declara cada mes una empresa en Monterrey?

Todo el mismo día. El Impuesto Sobre Nóminas de Nuevo León es del 3 % (art. 157 de la Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León) y se entera ante la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado a más tardar el día 17 del mes siguiente (art. 158), la misma fecha en que vencen el pago provisional de ISR (art. 14 LISR), el IVA (art. 5-D LIVA), la DIOT (art. 32 fr. VIII LIVA), las retenciones de ISR de sueldos (art. 96 LISR) y las cuotas del IMSS (art. 39 LSS). Es cómodo para el calendario y peligroso para la operación: si el cierre se atora, se atoran los dos bloques a la vez.

El art. 158 también abre una puerta que casi nadie usa: si el ISN que pagaste en el año anterior no excedió $36,000, puedes optar por pagar trimestralmente presentando un aviso por escrito. Praxium atiende a empresas del área metropolitana de Monterrey 100 % en remoto desde Ciudad de México, sin dirección ni teléfono local.

Calendario del mes y del año en Nuevo León

Una sola fecha para casi todo, dos portales y dos autoridades distintas.

ObligaciónCuándo venceAnte quiénFundamento
Impuesto Sobre Nóminas 3 %Día 17 del mes siguienteSecretaría de Finanzas y Tesorería General del EstadoArts. 157 y 158 Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León
Opción de pago trimestral del ISNSi el ISN del año anterior no excedió $36,000, con aviso por escritoSecretaría de Finanzas y Tesorería General del EstadoArt. 158 Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León
Alta en el padrón estatalDentro del mes siguiente a la firma del acta constitutivaSecretaría de Finanzas y Tesorería General del EstadoArt. 159 fr. I Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León
Pago provisional de ISRDía 17 del mes siguienteSATArt. 14 LISR
IVA del mes y DIOTDía 17 del mes siguienteSATArt. 5-D LIVA y art. 32 fr. VIII LIVA
Retenciones de ISR de sueldos y cuotas IMSSDía 17 del mes siguienteSAT / IMSSArt. 96 LISR y art. 39 LSS
INFONAVIT y RCV bimestralesDía 17 de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembreINFONAVIT / IMSSArt. 35 Ley del INFONAVIT
Declaración anual de la empresa31 de marzoSATArt. 76 fr. V LISR
Uso de suelo, anuencia y predialRefrendo anual, en los plazos de la Ley de Ingresos municipalMonterrey, San Pedro, Guadalupe, Apodaca o Santa CatarinaLegislación municipal vigente

Un cierre real: empresa de servicios industriales con base amplia

Aquí está el error que más dinero mueve en Nuevo León. El sistema de nómina de esta empresa reporta $700,000 de sueldos, así que el ISN «obvio» son $21,000. Pero el art. 154 de la Ley de Hacienda estatal define la base con una lista amplia: sueldo, viáticos, gastos de representación, comisiones, premios, fondo de ahorro, despensa, aguinaldo, tiempo extra y los pagos a directores, comisarios y miembros del consejo. Sumados esos conceptos del mes, la base real es $820,000 y el ISN $24,600. La diferencia son $3,600 al mes: $43,200 al año que aparecen en una revisión estatal con recargos, no en tu presupuesto.

El resto del cierre: $3,200,000 facturados más $512,000 de IVA, gastos con IVA acreditable por $2,100,000 con $336,000 de IVA y coeficiente de utilidad 0.10. El IVA a cargo es $176,000 y el pago provisional de ISR del primer mes del ejercicio, $96,000 ($3,200,000 × 0.10 = $320,000 de utilidad fiscal estimada, por la tasa del 30 % del art. 9 LISR). Los tres pagos —ISN, IVA e ISR— salen el mismo 17.

Lo que el calendario no dice: honorarios preponderantes y el alta al firmar

Dos detalles locales pesan en Monterrey. El primero: si le pagas honorarios a una persona física que obtiene de ti la mayor parte de sus ingresos, el impuesto estatal puede alcanzar esos pagos; en lo federal existe el mismo tema por el otro lado, porque quien preponderantemente presta servicios a un solo prestatario se asimila a salarios (art. 94 LISR). La carta en que la persona manifiesta que no está en ese supuesto es un papel de expediente, no un trámite decorativo.

El segundo: el alta estatal no espera a tu primera nómina. El art. 159 fr. I obliga a las personas morales residentes en el estado a presentar el aviso de inscripción dentro del mes siguiente a la firma del acta constitutiva, y a dar aviso de apertura o cierre de sucursales (fr. IV). Si tu matriz está fuera de Nuevo León, se inscribe una sucursal para enterar el impuesto por el trabajo prestado en el territorio del estado. Empresas nuevas con obligación estatal vencida antes de facturar el primer peso: pasa más seguido de lo que parece.

¿Qué entrega tu contador cada mes y qué no cambia por la ciudad?

Lo federal es idéntico en Monterrey y en Ciudad de México: mismos artículos, mismo buzón tributario (art. 17-K CFF), misma fecha. Lo presencial se limita a tu e.firma en una de las ADSC del área metropolitana (art. 17-D CFF) y a las firmas ante notario.

  1. Integración de la base del ISN con la lista completa del art. 154, no solo sueldos.
  2. Declaración estatal del ISN al 17, con acuse, o pago trimestral si calificas y avisaste.
  3. ISR provisional, IVA y DIOT al 17, con papel de trabajo por cada cifra.
  4. Expediente de honorarios: contratos y cartas de no preponderancia al día.
  5. Avisos estatales de apertura o cierre de sucursales, dentro del plazo.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se paga el Impuesto Sobre Nóminas en Monterrey?

El día 17 del mes siguiente, ante la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, conforme al art. 158 de la Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León. La tasa es del 3 % (art. 157). Es la misma fecha de las obligaciones federales, así que en Nuevo León el mes cierra de una sola vez.

¿Qué conceptos entran en la base del ISN en Nuevo León?

El art. 154 de la Ley de Hacienda del Estado define una base amplia: sueldo, viáticos, gastos de representación, comisiones, premios, fondo de ahorro, despensa, aguinaldo, tiempo extra y los pagos a directores, comisarios y miembros del consejo. Declarar solo los sueldos es la causa más común de diferencias en una revisión estatal.

¿Puedo pagar el ISN cada trimestre en Nuevo León?

Sí, si el impuesto que pagaste en el año anterior no excedió $36,000: el art. 158 de la Ley de Hacienda del Estado permite optar por pagos trimestrales presentando un aviso por escrito. Es una opción útil para empresas chicas, pero requiere el aviso previo: no se activa sola por cumplir el monto.

¿Praxium lleva la contabilidad de empresas de Monterrey en remoto?

Sí: atención 100 % remota desde Ciudad de México, sin dirección ni teléfono local. Las federales se presentan en el portal del SAT y el ISN en el de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado. Lo presencial se limita a tu e.firma en una ADSC del área metropolitana y a las firmas ante notario.

Revisamos la base de tu ISN en Monterrey

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