Cumplimiento Laboral

¿Cuánto cobra un contador por dar de alta empleados en el IMSS?

5 minPor Miguel Ángel González Medina
Contadora calculando la nómina en Excel desde una laptop mientras registra el alta de un empleado en el IMSS por IDSE para una pequeña empresa

El alta en el IMSS no cuesta: se presenta gratis por IDSE dentro de plazos no mayores a cinco días hábiles (art. 15, fr. I LSS). Lo que se cotiza es la gestión, y lo que sí cuesta caro es el error: un accidente antes del alta genera capital constitutivo.

¿Cuánto cuesta dar de alta a un trabajador en el IMSS?

El trámite es gratuito. Registrarte como patrón y dar de alta a tus trabajadores se hace sin costo en el IMSS, y una vez que tienes tu número patronal y tu certificado digital, las altas, bajas y modificaciones de salario se envían por IDSE en minutos. Lo que un despacho cotiza no es el trámite: es la gestión, el cálculo del salario base de cotización y la responsabilidad de que los datos queden bien. Ese honorario por trámite es un rango de mercado por validar, porque varía según si es el registro patronal inicial o un alta más dentro de una nómina que ya se lleva.

Si ya tienes iguala contable, las altas suelen ir incluidas en el servicio de nómina. Si no la tienes, contratar solo el alta resuelve el trámite pero deja fuera lo que viene después: el cálculo bimestral, el pago mensual de cuotas y el impuesto estatal sobre nóminas.

El plazo que sí es obligatorio: cinco días hábiles

El artículo 15, fracción I de la Ley del Seguro Social obliga a las personas empleadoras a registrarse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto, comunicar sus altas y bajas, las modificaciones de su salario y los demás datos, dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles. Es el mismo plazo para las cuatro cosas, y corre desde el hecho, no desde que se acuerda el contrato.

Aquí está el dato que cambia la conversación con quien quiere «esperar a ver si el nuevo funciona». El artículo 77 de la misma ley establece que el patrón que estando obligado a asegurar a sus trabajadores no lo hizo deberá enterar al Instituto los capitales constitutivos de las prestaciones si ocurre el siniestro, y añade que los avisos de alta o de modificación de salario entregados después de ocurrido el siniestro en ningún caso liberan de esa obligación, aun cuando se hubieran presentado dentro de los plazos. Traducido: los cinco días no son un colchón; si el accidente pasa el día dos y el alta se envía el día tres, el capital constitutivo se paga igual.

Qué trámite es cuál y qué cuesta

Esta tabla separa lo que cobra el IMSS de lo que cobra quien te lo gestiona.

TrámiteDónde se haceCosto oficialPlazo legal
Registro patronal y clase de riesgoIMSS Digital o subdelegación$0Dentro de plazos no mayores a 5 días hábiles
Alta de trabajadorIDSE o IMSS Digital$05 días hábiles
Modificación de salarioIDSE$05 días hábiles
Baja de trabajadorIDSE$05 días hábiles
Gestión del despacho por trámiteTu contadorRango de mercado por validarDepende del acuerdo
Primera sesión de diagnóstico en PraxiumEn líneaSin costoAntes de contratar a tu primer empleado

Qué información se necesita para un alta

El alta se rechaza o se corrige mal cuando falta un dato de origen. Ten esto antes de enviar el movimiento.

  1. Número de seguridad social del trabajador, CURP y RFC, verificados contra sus documentos.
  2. Fecha real de ingreso, que es la que dispara el plazo de cinco días hábiles.
  3. Salario base de cotización integrado con los factores de ley: aguinaldo, vacaciones y prima vacacional.
  4. Tipo de jornada y tipo de salario, fijo o variable, porque determinan cómo se recalcula después.
  5. Registro patronal y clase de riesgo de la empresa, que definen la prima del seguro de riesgos de trabajo.
  6. Certificado digital vigente para IDSE, o acceso a IMSS Digital con e.firma.

El error que sí cuesta dinero: el salario mal integrado

Dar de alta con el salario nominal en lugar del salario base de cotización integrado es el error más caro y el más silencioso. No se nota en el primer recibo: se nota cuando el IMSS determina diferencias de varios bimestres, cuando un trabajador reclama una incapacidad pagada por debajo de lo que le tocaba, o cuando un crédito de vivienda se calcula sobre una base menor a la real.

El segundo error frecuente es dar de alta tarde a quien ya trabaja «a prueba». En materia de seguridad social no existe el periodo sin asegurar: si presta servicios, cotiza. Y el tercero es olvidar la baja: mientras no la presentes, las cuotas se siguen generando y se acumulan como adeudo, aunque la persona ya no trabaje contigo.

Lo que viene después del alta

El alta es el principio de un calendario. Las cuotas obrero-patronales del seguro social se pagan mensualmente, y las de retiro, cesantía y vejez junto con las aportaciones de vivienda del Infonavit se cubren por bimestre. A eso se suma el impuesto sobre nóminas estatal, que en la Ciudad de México es del 4 % sobre las erogaciones por remuneraciones al trabajo personal subordinado desde 2025, conforme al Código Fiscal de la Ciudad de México.

Por eso la pregunta útil rara vez es cuánto cuesta un alta, sino cuánto cuesta sostener a ese empleado al mes. Nuestra calculadora de costo patronal te da ese número con tus cifras, y evita la sorpresa de descubrir el costo completo hasta el primer pago bimestral.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra el IMSS por dar de alta a un trabajador?

Nada. El registro patronal y los movimientos afiliatorios —altas, bajas y modificaciones de salario— son gratuitos y se envían por IDSE o IMSS Digital. Lo que puede cobrarse es la gestión del contador, que es un rango de mercado por validar y suele ir incluido si ya contratas el servicio de nómina.

¿Cuántos días tengo para dar de alta a un empleado?

El artículo 15, fracción I de la Ley del Seguro Social fija plazos no mayores a cinco días hábiles para registrarse, inscribir trabajadores y comunicar altas, bajas y modificaciones de salario. El plazo corre desde la fecha real de ingreso, no desde que se firma el contrato.

¿Qué pasa si un trabajador se accidenta antes de darlo de alta?

El patrón paga capitales constitutivos. El artículo 77 de la Ley del Seguro Social señala que los avisos de alta entregados después de ocurrido el siniestro no liberan de esa obligación, aun cuando se hubieran presentado dentro de los plazos. El IMSS otorga las prestaciones y le cobra el costo al patrón.

¿Con qué salario debo dar de alta?

Con el salario base de cotización integrado, que suma al salario diario los factores de ley como aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, además de otras percepciones que integren. Dar de alta con el salario nominal genera diferencias que el IMSS determina después, con actualización y recargos.

¿Necesito registro patronal si solo tengo un empleado?

Sí. Desde el primer trabajador subordinado surge la obligación de registrarte e inscribirlo, dentro de los mismos plazos de cinco días hábiles. No existe un mínimo de empleados para quedar exento, ni un periodo de prueba sin aseguramiento.

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