Cumplimiento Fiscal

Cuánto cuesta cambiar de contador y ponerse al día

5 minPor Miguel Ángel González Medina
Asesores revisando documentos con un empresario para cotizar la puesta al día contable y fiscal al cambiar de despacho, con los meses atrasados sobre la mesa

El cambio en sí no tiene precio: lo que se cobra es la puesta al día de los meses atrasados, y encima van las multas y los recargos del SAT. Para una PYME la iguala mensual de mercado va de $3,000 a $7,000, y los recargos por mora corren al 2.07 % mensual con la Ley de Ingresos 2026.

¿Cuántos meses de atraso traes realmente?

El cambio no se cobra; el atraso sí

Ningún despacho serio cobra por «recibirte». Lo que se cotiza son dos cosas distintas: la iguala mensual hacia adelante y, si vienes con meses sin declarar o sin conciliar, la puesta al día de ese rezago. Confundirlas es lo que hace que dos cotizaciones del mismo trabajo se vean tan distintas.

A eso hay que sumar lo que no cobra el despacho sino la autoridad: multas por declaraciones no presentadas o presentadas fuera de plazo, actualización por inflación y recargos. Ese tercer bloque suele ser el más grande cuando el rezago pasa de tres o cuatro meses.

Tabla: los tres bloques de costo

Rangos de iguala mensual de mercado 2026 por perfil, más lo que cobra la autoridad.

BloqueQuién lo cobraRango o fundamento
Iguala mensual — persona física o RESICOEl despacho$500 a $800 al mes
Iguala mensual — PF con actividad empresarialEl despacho$800 a $1,200 al mes
Iguala mensual — PYME (persona moral)El despacho$3,000 a $7,000 al mes
Iguala mensual — inmobiliaria o arrendamientoEl despacho$2,500 a $8,000 al mes
Puesta al día de meses atrasadosEl despachoSe cotiza por mes o ejercicio pendiente; rango de mercado por validar
Multa por declaración omitida o extemporáneaEl SATArts. 81 y 82 del CFF; monto según el Anexo 5 de la RMF vigente
Recargos por moraEl SAT2.07 % mensual (1.38 % de prórroga del art. 11 de la LIF 2026 × 1.5)
Actualización del impuestoEl SATArt. 17-A del CFF, por inflación desde el mes de vencimiento

¿Cuántos meses de atraso traes realmente?

Ejemplo con cifras: una PYME con seis meses de atraso

Una S. de R.L. con nómina de ocho personas llega con seis meses sin declarar. Su iguala hacia adelante se ubica en el rango de PYME, entre $3,000 y $7,000 mensuales. La puesta al día se cotiza aparte, mes por mes, porque implica reconstruir la contabilidad: conciliar CFDI emitidos y recibidos, armar la nómina, calcular ISR e IVA de cada periodo y presentar seis declaraciones.

Lo que casi nadie presupuesta es el tercer bloque. Si en esos seis meses hubo $180,000 de impuestos no pagados, los recargos por mora corren al 2.07 % mensual sobre el saldo actualizado, más la multa que corresponda por cada declaración omitida (arts. 81 y 82 del CFF). Ahí está el argumento real para no dejar correr el atraso: el costo del despacho es fijo y conocido; el de la autoridad crece cada mes.

Dos formas de bajar la factura de la autoridad

La primera es la corrección espontánea. Cuando presentas las declaraciones omitidas por tu propia iniciativa, antes de que el SAT te requiera, no procede la multa por la omisión: el art. 73 del CFF establece que el cumplimiento deja de ser espontáneo cuando la omisión fue descubierta por la autoridad o mediaron requerimiento o gestión de cobro. Traducido: adelantarse al requerimiento es, literalmente, dinero.

La segunda son las reducciones de multa que el propio Código prevé cuando ya hay multa impuesta: el art. 75 fracción VII del CFF contempla una reducción del 20 % para ciertas multas por infracciones formales pagadas dentro de los 30 días siguientes a su notificación, y el séptimo párrafo del art. 76 prevé otra reducción cuando se paga dentro de los 45 días. Son beneficios con plazo: se pierden por dejar pasar el sobre.

¿Cuándo el despacho entrante absorbe la puesta al día?

Es común que un despacho no cobre la puesta al día cuando el rezago es de uno o dos meses y el cliente firma una iguala anual: el trabajo de arranque se compensa con la permanencia. Deja de serlo cuando hay ejercicios completos sin cerrar, contabilidad que hay que reconstruir desde cero o una revisión del SAT ya iniciada, porque eso no es arranque: es un proyecto con horas propias.

En Praxium la primera sesión de diagnóstico es sin costo: sirve exactamente para dimensionar cuántos meses hay que rehacer y qué parte del costo es del despacho y qué parte de la autoridad, antes de que haya cotización de por medio.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta cambiar de contador?

El cambio en sí no se cobra. Lo que se cotiza es la iguala mensual hacia adelante —de $500 a $800 para una persona física o RESICO y de $3,000 a $7,000 para una PYME, según los rangos de mercado 2026— y, si llegas con meses sin declarar, la puesta al día de ese rezago, que se cotiza por mes pendiente.

¿Cuánto cobra un despacho por poner al día seis meses?

No hay tarifa publicada: la puesta al día se cotiza por mes o ejercicio pendiente según el volumen de CFDI, la nómina y el estado de la contabilidad, y ese multiplicador es un rango de mercado por validar. Lo que sí es medible de antemano es lo que cobra la autoridad: multas, actualización y recargos del 2.07 % mensual.

¿Puedo evitar las multas por las declaraciones atrasadas?

Si presentas las declaraciones omitidas por iniciativa propia, antes de que el SAT te requiera, el cumplimiento es espontáneo y no procede la multa por esa omisión (art. 73 del CFF). Lo que no desaparece es el impuesto, su actualización por inflación y los recargos por mora, que se calculan desde la fecha de vencimiento original.

¿Los recargos también se pueden reducir?

Los recargos corren por ley sobre el saldo actualizado; lo que el Código permite reducir son ciertas multas. El art. 75 fracción VII del CFF prevé una reducción del 20 % en determinadas multas formales pagadas dentro de los 30 días siguientes a la notificación, y el séptimo párrafo del art. 76 otra al pagar dentro de 45 días.

¿Conviene cambiar de contador si estoy atrasado?

Suele ser el mejor momento, porque el costo del atraso crece cada mes que pasa. Lo que no conviene es cambiar sin diagnóstico: primero hay que dimensionar cuántos periodos faltan y cuánto impuesto está pendiente, y después decidir. Con ese número sobre la mesa, la cotización deja de ser una sorpresa.

¿Cuántos meses de atraso traes realmente?

Dimensionar el rezago —periodos faltantes, impuesto pendiente y requerimientos abiertos— es el paso previo a cualquier cotización. La primera sesión es sin costo.