Estrategia Empresarial

Despacho contable en Pachuca: ISN de Hidalgo y aviso de REPSE

6 minPor Miguel Ángel González Medina
Consultores revisando el cumplimiento REPSE en una planta de manufactura — despacho contable y fiscal para empresas industriales y logísticas de Pachuca, Hidalgo, atendidas 100 % en línea

Hidalgo cobra 3 % de ISN con vencimiento el día 17, pide inscribirse en el Padrón Estatal de Contribuyentes dentro del mes siguiente al inicio de operaciones y exige avisar dentro del mes siguiente a la firma cuando subcontratas servicios especializados. Tres plazos que se pasan por alto.

¿Qué pide Hidalgo que no piden otros estados?

Tres plazos propios, todos en el capítulo del impuesto sobre nóminas de la Ley de Hacienda del Estado. El primero, el de pago: la declaración mensual vence el día 17 del mes siguiente y se presenta por internet o en las formas oficiales, ante la autoridad hacendaria estatal, con tasa del 3 % sobre el total de los pagos por servicios personales subordinados prestados dentro del territorio del estado.

El segundo es de alta: hay que inscribirse en el Padrón Estatal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda dentro del mes siguiente a la fecha de inicio de operaciones, vía internet o en el Centro Regional de Hacienda de tu jurisdicción (art. 26, fracción I). Si abres el 3 de marzo, tienes hasta el 30 de abril. El tercero es el que más se olvida: cuando subcontratas servicios especializados o la ejecución de obras especializadas, la ley estatal pide un aviso a la Secretaría de Hacienda dentro del mes siguiente a aquel en que se celebra el contrato o se le hacen modificaciones, señalando el número de trabajadores, la razón social, el RFC y el domicilio del contratista, con copia certificada del contrato (art. 26, fracción V). Es una obligación local, independiente del registro federal REPSE de la Secretaría del Trabajo, y quien cumple con uno suele dar por cumplido el otro.

El ISN hidalguense en una tabla

Vale la pena mirar también la lista de sujetos: la Federación, el Estado, los municipios, sus organismos descentralizados y desconcentrados, las entidades paraestatales y paramunicipales y los órganos autónomos están obligados al pago por las remuneraciones de su personal. Con una nómina gravada de $350,000 al mes, el impuesto es de $10,500.

ConceptoDato en HidalgoFundamento
Tasa3 % sobre los pagos gravadosArt. 24 Ley de Hacienda del Estado de Hidalgo
VencimientoDía 17 del mes calendario siguiente, por internet o forma oficialArt. 25 fr. I Ley de Hacienda del Estado de Hidalgo
Alta estatalPadrón Estatal de Contribuyentes dentro del mes siguiente a la fecha de inicio de operacionesArt. 26 fr. I Ley de Hacienda del Estado de Hidalgo
Servicios especializadosAviso dentro del mes siguiente a aquel en que se celebra o se modifica el contratoArt. 26 fr. V Ley de Hacienda del Estado de Hidalgo
ExencionesIndemnizaciones, PTU, pensiones, fondo de ahorro paritario y despensa o transporte hasta 40 % del salario, otorgados de forma generalArt. 27 Ley de Hacienda del Estado de Hidalgo
AutoridadSecretaría de Hacienda del Estado de HidalgoPortal tributario del Gobierno del Estado

Manufactura y logística: REPSE, prima de riesgo y proveeduría

Pachuca vive del corredor industrial y logístico que va de Ciudad Sahagún al Arco Norte, y ahí la nómina es el centro de gravedad fiscal. Si prestas o recibes servicios especializados, el registro REPSE ante la Secretaría del Trabajo condiciona dos cosas que duelen: la deducción del gasto para ISR y el acreditamiento del IVA. Sin registro vigente del prestador y sin el expediente completo, el contratante pierde ambos, y esa pérdida no se recupera con una factura corregida.

Ojo con un error heredado: la retención del 6 % de IVA por subcontratación del artículo 1-A, fracción IV, de la LIVA está derogada desde abril de 2021; lo que sigue vigente es el REPSE y el expediente de cumplimiento. El otro frente es la prima de riesgo del IMSS: una planta manufacturera clasificada en una prima que no corresponde a su siniestralidad real paga de más o se expone a una rectificación, y la declaración anual de riesgos de trabajo de febrero es la única oportunidad ordinaria de corregirlo.

¿Qué no cambia por estar en Pachuca?

Todo lo federal. El RFC, la contabilidad electrónica (art. 28 CFF), el CFDI (art. 29 CFF), el IVA, el ISR, el buzón tributario (art. 17-K CFF), la e.firma (art. 17-D CFF) y la opinión de cumplimiento (art. 32-D CFF) son idénticos en Pachuca y en Ciudad de México, igual que las cuotas del IMSS y el INFONAVIT. Por eso un despacho que trabaja en línea no pierde nada frente a uno de la esquina: casi todo el cumplimiento de una empresa de Hidalgo ocurre en portales federales a los que se entra desde cualquier parte. Lo que sí exige conocimiento local es la capa estatal y municipal, y esa se estudia en la ley del estado.

¿Cómo trabaja Praxium con una empresa de Pachuca?

Con atención 100 % remota desde Ciudad de México. No tenemos oficina ni teléfono en Pachuca: el ISN se declara por el portal tributario del estado, lo federal en los portales del SAT y las juntas son por videollamada. En una empresa industrial hidalguense la primera revisión suele ser doble: que el aviso estatal de servicios especializados se haya presentado dentro del mes siguiente a la firma del contrato, y que los expedientes REPSE de tus proveedores estén completos antes de deducir.

Praxium es una consultoría fiscal: no litigamos materia penal ni amparos y, si el caso los exige, te acercamos a un abogado aliado.

¿Cuánto cuesta un despacho contable en Pachuca?

El honorario no depende de la ciudad sino del perfil fiscal: cuántos regímenes manejas, si tienes nómina y qué tan complejo es tu IVA. Estos son rangos mensuales de mercado 2026 en México; una planta con REPSE, prima de riesgo y proveeduría industrial se ubica en la parte alta del rango de PYME. En Praxium la primera sesión de diagnóstico es sin costo y la cotización sale de lo que necesitas, no de un paquete cerrado.

PerfilRango mensual de mercadoQué debe incluir
Persona física / RESICO$500 a $800Declaración mensual y control de CFDI
PF con actividad empresarial$800 a $1,200Lo anterior más deducciones y nómina
PYME (persona moral)$3,000 a $7,000Contabilidad electrónica, IVA, nómina, ISN y anual
Mediana empresa$8,000 a $15,000Volumen alto, partes relacionadas y cierres mensuales

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se paga el impuesto sobre nóminas en Hidalgo?

El día 17 del mes siguiente a aquel en que se hicieron los pagos, mediante declaración por internet o en las formas oficiales ante la autoridad hacendaria estatal. La tasa es del 3 % sobre los pagos por servicios personales subordinados prestados dentro del territorio del estado.

¿Tengo que avisar al estado si contrato servicios especializados?

Sí. El artículo 26, fracción V, de la Ley de Hacienda del Estado de Hidalgo pide presentar ante la Secretaría de Hacienda un aviso dentro del mes siguiente a aquel en que se celebra el contrato de servicios especializados o se le hacen modificaciones, con el número de trabajadores, la razón social, el RFC y el domicilio del contratista, más copia certificada del contrato. Es una obligación estatal distinta del registro federal REPSE ante la Secretaría del Trabajo, y cumplir con uno no exime del otro. Si no lo presentas, la autoridad puede requerirlo y te concede 10 días hábiles para cumplir.

¿Los vales de despensa pagan ISN en Hidalgo?

El artículo 27 de la Ley de Hacienda del Estado exenta las despensas y el transporte hasta el 40 % del salario, siempre que se otorguen de forma general y uniforme a los trabajadores. El excedente sí forma parte de la base gravable, así que conviene revisar el porcentaje real antes de cerrar la nómina.

¿Sigue vigente la retención del 6 % de IVA por subcontratación?

No. La fracción IV del artículo 1-A de la LIVA, que la establecía, está derogada desde la reforma publicada en abril de 2021. Lo que sigue vigente es el registro REPSE del prestador y el expediente de cumplimiento, sin los cuales el contratante pierde la deducción para ISR y el acreditamiento del IVA.

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