Estrategia Empresarial

Despacho contable en Torreón: una declaración de ISN por municipio

6 minPor Miguel Ángel González Medina
Empresario analizando una hoja de cálculo en su laptop dentro de un coworking — despacho contable y fiscal para empresas de Torreón y la Comarca Lagunera, atendidas 100 % en línea desde CDMX

Coahuila obliga a presentar declaración de nóminas en cada municipio donde tengas sucursal (art. 26). En la Comarca Lagunera, donde la operación cruza a Durango, eso significa dos leyes estatales y varias declaraciones para la misma empresa.

¿Por qué una empresa de Torreón presenta varias declaraciones de nóminas?

Porque el artículo 26 de la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza lo ordena así: cuando el contribuyente tiene sucursales en diversos municipios del estado, debe presentar declaración en cada municipio donde estén ubicadas, y en la declaración debe incluirse la información del impuesto que corresponde a cada una. No es una declaración estatal única con desglose: es una por municipio. Si no hay oficina recaudadora en el municipio, la declaración puede presentarse en las instituciones de crédito o establecimientos autorizados más cercanos al domicilio.

El mismo artículo añade una regla para quien viene de fuera: las personas físicas o morales con domicilio fiscal en otro estado deben señalar ante el Registro Estatal de Contribuyentes un domicilio en Coahuila, que funge como domicilio fiscal para efectos del ISN, y registrar todas las sucursales que tengan en cada municipio. En la Laguna, donde muchas empresas administran desde Torreón operaciones que también tocan Gómez Palacio y Lerdo —ya en Durango—, ese trámite decide dónde y cuánto se declara.

La mecánica del ISN coahuilense aplicada a la Laguna

La tasa es del 3 % (art. 24) y la declaración vence dentro de los primeros diecisiete días naturales del mes siguiente (art. 25), con pago por el portal de la Administración Fiscal General. Con una nómina gravada de $900,000 al mes repartida entre planta en Torreón y bodega en Matamoros, Coahuila, la empresa paga $27,000 en total, pero repartidos en dos declaraciones municipales. Lo que no puede hacer es concentrar todo en el municipio de la matriz.

SituaciónQué exige la leyFundamento
Sucursales en varios municipios de CoahuilaUna declaración por municipio, con su informaciónArt. 26 Ley de Hacienda para el Estado
Municipio sin oficina recaudadoraDeclarar en la institución autorizada más cercanaArt. 26 Ley de Hacienda para el Estado
Domicilio fiscal en otro estadoSeñalar domicilio ante el Registro Estatal y registrar sucursalesArt. 26 Ley de Hacienda para el Estado
Tasa3 % sobre erogaciones gravadasArt. 24 Ley de Hacienda para el Estado
VencimientoPrimeros 17 días naturales del mes siguienteArt. 25 Ley de Hacienda para el Estado
Operación en DurangoLey de Hacienda de Durango, con su propia tasa y calendarioLegislación del Estado de Durango

Lácteos, forraje y metalmecánica: qué cambia el régimen

La Comarca Lagunera es cuenca lechera. En el eslabón primario, el productor de leche y el de forraje pueden estar en el régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras del artículo 74 de la LISR, cuya exención se mide en UMA —20 veces el valor anual de la UMA por socio, sin exceder de 200 veces para la persona moral—, con las facilidades de la Resolución de Facilidades Administrativas del ejercicio. En el eslabón industrial, la pasteurizadora es una persona moral del régimen general: parecerse al sector primario no da derecho a su régimen, y confundirlos es de los errores más caros de la región.

En IVA, la enajenación de productos destinados a la alimentación se grava a tasa 0 % (art. 2-A LIVA), de modo que la planta acumula saldos a favor mes con mes y su flujo depende de devoluciones que la autoridad debe resolver en cuarenta días hábiles (art. 22 CFF). En metalmecánica, en cambio, el peso está en la nómina y en la prima de riesgo del IMSS: el artículo 73 de la Ley del Seguro Social clasifica a las empresas en cinco clases de riesgo y un taller mal clasificado paga de más todo el año.

¿Qué no cambia por estar en Torreón?

Todo lo federal. El RFC, la contabilidad electrónica (art. 28 CFF), el CFDI (art. 29 CFF), el IVA, el ISR, el buzón tributario (art. 17-K CFF), la e.firma (art. 17-D CFF) y la opinión de cumplimiento (art. 32-D CFF) son idénticos en Torreón y en Ciudad de México, igual que las cuotas del IMSS y el INFONAVIT. Por eso un despacho que trabaja en línea no pierde nada frente a uno de la esquina: casi todo el cumplimiento de una empresa de Coahuila ocurre en portales federales a los que se entra desde cualquier parte. Lo que sí exige conocimiento local es la capa estatal y municipal, y esa se estudia en la ley del estado.

¿Cómo trabaja Praxium con una empresa de Torreón?

Con atención 100 % remota desde Ciudad de México. No tenemos oficina ni teléfono en Torreón: el ISN se declara por el portal de la Administración Fiscal General de Coahuila, lo de Durango en el portal de esa entidad y lo federal en los del SAT. La primera revisión en una empresa lagunera es siempre el mapa de establecimientos: cuántos municipios tocas, en qué estado está cada uno y si todos están dados de alta en el registro estatal correspondiente.

Praxium es una consultoría fiscal: no litigamos materia penal ni amparos y, cuando el caso los exige, te acercamos a un abogado aliado.

¿Cuánto cuesta un despacho contable en Torreón?

El honorario no depende de la ciudad sino del perfil fiscal: cuántos regímenes manejas, si tienes nómina y qué tan complejo es tu IVA. Estos son rangos mensuales de mercado 2026 en México; una empresa con establecimientos en dos estados y varias declaraciones municipales se ubica arriba del rango medio de PYME. En Praxium la primera sesión de diagnóstico es sin costo y la cotización sale de lo que necesitas, no de un paquete cerrado.

PerfilRango mensual de mercadoQué debe incluir
Persona física / RESICO$500 a $800Declaración mensual y control de CFDI
PF con actividad empresarial$800 a $1,200Lo anterior más deducciones y nómina
PYME (persona moral)$3,000 a $7,000Contabilidad electrónica, IVA, nómina, ISN y anual
Mediana empresa$8,000 a $15,000Volumen alto, partes relacionadas y cierres mensuales

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar una declaración de nóminas por cada sucursal en Coahuila?

Por cada municipio, no por cada sucursal. El artículo 26 de la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza obliga a presentar declaración en cada municipio donde estén ubicadas las sucursales, incluyendo en ella la información del impuesto que corresponde a cada establecimiento del territorio estatal.

Mi empresa está en otro estado pero opera en Torreón, ¿qué hago?

El artículo 26 de la Ley de Hacienda estatal exige señalar ante el Registro Estatal de Contribuyentes un domicilio en Coahuila, que funcionará como domicilio fiscal para efectos del impuesto sobre nóminas, y registrar todas las sucursales que tengas en cada municipio del estado antes de empezar a declarar.

¿Qué pasa si mi operación cruza a Gómez Palacio o Lerdo?

Que entras a otra entidad. El impuesto sobre nóminas se causa donde se presta el trabajo, así que la nómina de un establecimiento en Durango se rige por la Ley de Hacienda de ese estado, con su propia tasa, su propio calendario y su propio registro, con independencia de lo que declares en Coahuila.

¿Una pasteurizadora puede tributar en el régimen del artículo 74 de la LISR?

Normalmente no. Ese régimen es para quienes realizan actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras. La industrialización y comercialización de la leche por una persona moral suele quedar en el régimen general; aplicar el régimen primario por cercanía con el giro es un hallazgo frecuente en revisiones.

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