Cumplimiento Fiscal

Uso de CFDI gastos en general: ¿gasto o inversión?

6 minPor Miguel Ángel González Medina
Empresario analizando una hoja de cálculo en su laptop para separar gastos de operación de inversiones al pedir facturas con uso de CFDI gastos en general

«Gastos en general» es la clave G03 y cubre el gasto de operación del periodo. Lo que compras y te va a durar años no es gasto: es inversión (art. 32 LISR), le toca una clave del grupo I y se deduce por porcentajes anuales. La ley no fija un monto mínimo: el criterio es la función, no el precio.

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¿Qué ampara el uso «gastos en general»?

«Gastos en general» es la etiqueta de la clave G03 del catálogo de usos de CFDI del SAT, y cubre el gasto de operación del periodo: renta, luz, internet, teléfono, papelería, mantenimiento, honorarios de proveedores de servicios. Se deduce completo en el ejercicio en que se realiza (artículo 25 fracción III de la Ley del ISR).

El problema empieza cuando la clave se usa como cajón de sastre. Si lo que compraste va a servirte varios años —una laptop, una camioneta, los escritorios de la oficina—, fiscalmente no es un gasto: es una inversión, y eso cambia la clave que debes pedir y el momento en que puedes deducirla. Quién elige la clave y qué regímenes la admiten está en uso de CFDI G03.

La frontera: no es el monto, es la función

El artículo 32 de la Ley del ISR define las inversiones como los activos fijos, los gastos y cargos diferidos: bienes tangibles que usas para desarrollar tu actividad y que se demeritan con el uso o por el paso del tiempo. Ahí no hay ninguna cifra: la ley no dice «arriba de tantos pesos es inversión».

Ese es el mito más común en una PYME. No existe un monto mínimo que convierta una compra en activo fijo: un teclado de $600 que forma parte del equipo de cómputo sigue el destino del equipo, y una consultoría de $80,000 sigue siendo gasto del ejercicio. Lo que decide es si el bien se consume en el periodo o te va a acompañar varios años.

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Qué compraste, qué clave pedir y cómo se deduce

Esta tabla es la que conviene pegar junto a la caja. Los porcentajes son los máximos autorizados por la Ley del ISR y se aplican sobre el monto original de la inversión.

Lo que comprasteClave de usoCómo se deduce
Renta, luz, internet, papelería, mantenimientoG03 Gastos en generalGasto del ejercicio (art. 25 fr. III LISR)
Mercancía para revender o transformarG01 Adquisición de mercancíasCosto de lo vendido (art. 25 fr. II LISR)
Laptop, servidor, impresora, escánerI04 Equipo de cómputo y accesoriosInversión al 30 % anual (art. 34 fr. VII LISR)
Escritorios, sillas, archiverosI02 Mobiliario y equipo de oficinaInversión al 10 % anual (art. 34 fr. III LISR)
Automóvil (vehículo de hasta diez pasajeros)I03 Equipo de transporte25 % anual (art. 34 fr. VI LISR) sobre un monto original tope de $175,000, o $250,000 si es eléctrico, híbrido o de hidrógeno (art. 36 fr. II LISR)
Camioneta de reparto o camión de cargaI03 Equipo de transporte25 % anual (art. 34 fr. VI LISR), sin el tope del art. 36 fr. II: no es «automóvil» para la LISR (art. 3 del Reglamento)
Construcción o adaptación del local propioI01 Construcciones5 % anual (art. 34 fr. I LISR)
Moldes, troqueles, matrices, herramentalI05 Dados, troqueles, moldes y herramental35 % anual (art. 34 fr. VIII LISR)
Maquinaria de producciónI08 Otra maquinaria y equipoPorcentaje según la actividad (art. 35 LISR)

Ejemplo: la laptop de $30,000 comprada en julio

Compras una laptop de $30,000 y la empiezas a usar en julio de 2026. Como equipo de cómputo, el máximo autorizado es 30 % anual: $9,000 por ejercicio completo. Pero solo la usaste seis meses del año, y el artículo 31 de la Ley del ISR manda deducir en función de los meses completos de uso: $9,000 × 6/12 = $4,500 deducibles en 2026. El resto se va repartiendo en los ejercicios siguientes, con la actualización por inflación que prevé ese mismo artículo.

Si esa misma compra se registra como gasto en general, la declaración de 2026 lleva $30,000 de deducción en lugar de $4,500. La diferencia de $25,500 no es una opinión: es una deducción improcedente de un ejercicio, con su ISR, su actualización y sus recargos si la autoridad la corrige.

¿Y si ya pedí G03 para una inversión?

La clave de uso no cambia el tratamiento fiscal: lo que determina tu deducción es cómo lo registras en contabilidad y cómo lo declaras. Una laptop facturada con G03 sigue siendo activo fijo y se deduce por porcentajes; nadie te obliga a deducirla mal por la etiqueta del comprobante.

Lo que sí deja la clave es un rastro que contradice tus estados financieros, y el SAT cruza esos rastros. Si el comprobante es de este ejercicio, pide al emisor la sustitución (cancelación con motivo «01 Comprobante emitido con errores con relación» y nuevo CFDI con la clave del grupo I). El artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, reformado el 7 de noviembre de 2025, permite cancelar a más tardar en el mes en que se deba presentar la declaración anual del ejercicio en que se expidió el comprobante.

Qué hacer hoy

Una hora de orden aquí te ahorra la conversación incómoda de una revisión tres años después.

  1. Saca la lista de compras del año arriba de $10,000 y marca las que todavía usas: esas son candidatas a inversión.
  2. Cruza esa lista con la clave de uso que pidieron tus facturas y ubica las que dicen G03 sin serlo.
  3. Pide la sustitución de las de este ejercicio; las de ejercicios cerrados se dejan como están y se corrige el registro contable.
  4. Arma tu tabla de activos fijos con fecha de inicio de uso, monto original y porcentaje: es lo que sostiene la deducción año con año.

Preguntas frecuentes

¿«Gastos en general» y G03 son lo mismo?

Sí. G03 es la clave y «Gastos en general» es su descripción en el catálogo de usos de CFDI del SAT. Se usa para el gasto de operación del periodo que no es mercancía para revender (G01), devolución o descuento (G02), inversión en activo fijo (grupo I) ni deducción personal de una persona física (grupo D).

¿Hay un monto mínimo para que una compra sea inversión?

No. El artículo 32 de la Ley del ISR define la inversión por su naturaleza —activo fijo que usas en tu actividad y que se demerita con el uso—, no por su precio. Una compra pequeña que forma parte de un activo sigue su destino, y un servicio caro sigue siendo gasto del ejercicio.

¿Con qué clave pido la factura de una laptop?

Con I04, «Equipo de cómputo y accesorios». Es una inversión y se deduce al 30 % anual como máximo (artículo 34 fracción VII de la Ley del ISR), contando los meses completos de uso del primer ejercicio conforme al artículo 31 de la misma ley.

¿Cuánto puedo deducir de un automóvil de la empresa?

La inversión en automóviles es deducible hasta $175,000, y hasta $250,000 si es eléctrico, híbrido o de hidrógeno (artículo 36 fracción II de la Ley del ISR). Sobre ese monto tope se aplica el 25 % anual del artículo 34 fracción VI. Ojo con el alcance: el tope es para automóviles —vehículos de hasta diez pasajeros, art. 3 del Reglamento de la LISR—, no para camiones ni camionetas de carga, que se deducen sobre su monto original completo.

¿Puedo deducir toda la inversión en el año en que la compré?

Por regla general no: se deduce con los porcentajes máximos anuales de los artículos 34 y 35 de la Ley del ISR. Existen decretos de estímulo que permiten deducir de inmediato cierta inversión nueva; si crees que tu caso califica, revisa el decreto vigente y sus requisitos antes de aplicarlo, porque son específicos.

¿Tienes tu tabla de activos fijos al día?

La calculadora te da el rango de mercado de una contabilidad mensual que separa gasto de inversión y sostiene la deducción con papeles.