Cumplimiento Fiscal

CFDI de ingreso: qué es, cuándo se emite y qué campos lleva

4 minPor Miguel Ángel González Medina
Contadora revisando comprobantes CFDI en el portal del SAT frente a dos monitores en su escritorio — emisión y control de los CFDI de ingreso de una empresa

El CFDI de ingreso es el comprobante tipo I: documenta todo lo que cobras, desde una venta hasta unos honorarios. Su campo crítico no es el importe, sino el método de pago: si eliges PPD, debes emitir después el complemento de pago del quinto día natural.

¿Tienes complementos de pago sin emitir?

¿Qué es un CFDI de ingreso?

Es el comprobante de tipo I y documenta cualquier entrada de dinero por tu actividad: una venta, un servicio, unos honorarios, una renta, una comisión o un anticipo. Es el tipo más usado y el único que suma a tus ingresos acumulables. Su obligación nace del artículo 29 del Código Fiscal de la Federación y sus requisitos están en el 29-A.

Se emite al realizarse la operación. Para ventas al público en general la Resolución Miscelánea acortó el plazo de la factura global: en 2026 debe emitirse dentro de las 24 horas siguientes al cierre de las operaciones del periodo (regla 2.7.1.21 de la RMF 2026), y no las 72 horas que aplicaron antes.

PUE o PPD: el campo que define todo lo demás

El método de pago no es un detalle administrativo: determina si tendrás que emitir un comprobante adicional después.

SituaciónMétodo de pagoForma de pagoQué sigue
Te pagan antes o al momento de emitirPUE, pago en una sola exhibiciónLa real: transferencia, tarjeta, efectivoNada más
Te pagarán después, en una sola exhibiciónPPD, pago en parcialidades o diferido99, por definirUn complemento de pago al cobrar
Te pagarán en varias parcialidadesPPD99, por definirUn complemento por cada pago recibido
Recibes un anticipoPUE por el anticipoLa realCFDI de egreso y comprobante final al cerrar la operación

¿Tienes complementos de pago sin emitir?

El complemento de pago y su plazo

Cuando emitiste con método PPD, cada cobro debe documentarse con un CFDI con complemento para recepción de pagos. La regla 2.7.1.32 de la RMF 2026 fija el plazo: a más tardar el quinto día natural del mes inmediato siguiente a aquel en que se recibió el pago. Son días naturales, no hábiles: no se saltan fines de semana.

En la práctica esto significa que todos los pagos de un mes se timbran juntos a principios del siguiente. Es el pendiente que más se olvida en empresas que venden a crédito, y su ausencia deja al cliente sin poder acreditar el IVA de esa operación.

Conviene además cuidar la coherencia entre el complemento y la cobranza real: el importe del pago, la fecha y la forma en que entró el dinero deben coincidir con el estado de cuenta. Cuando el complemento dice transferencia y el banco muestra un depósito en efectivo, la diferencia queda registrada en dos sistemas que la autoridad puede cruzar.

Lo que un CFDI de ingreso no resuelve

No sirve para corregir un descuento, una devolución o una bonificación: para eso existe el CFDI de egreso, la nota de crédito. El propio artículo 29 del CFF lo señala al referirse a las devoluciones, descuentos y bonificaciones del artículo 25 de la LISR, y advierte que si se emiten comprobantes de egreso sin justificación y soporte documental no podrán disminuirse de los comprobantes de ingresos.

Tampoco se cancela alegremente. La cancelación procede a más tardar en el mes en que se deba presentar la declaración anual del ISR del ejercicio en que se expidió el comprobante, con aceptación del receptor, y al cancelar comprobantes de ingresos hay que justificar y soportar documentalmente el motivo (art. 29-A del CFF).

Qué hacer hoy

Estas cinco comprobaciones cubren el 90 % de los problemas con comprobantes de ingreso.

  1. Revisa cuántos CFDI con método PPD tienes abiertos sin complemento de pago y regularízalos.
  2. Confirma que el RFC, nombre, código postal y régimen fiscal de tus clientes estén actualizados en tu catálogo.
  3. Define quién emite el complemento de pago cada mes y ponle fecha: antes del día 5.
  4. Usa CFDI de egreso para descuentos y devoluciones, con el soporte documental del motivo.
  5. Concilia mensualmente tus CFDI emitidos contra los ingresos registrados en contabilidad.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se usa PUE y cuándo PPD?

PUE cuando el pago se recibe antes o al momento de emitir el comprobante; PPD cuando se cobrará después, en una o varias exhibiciones. Con PPD la forma de pago se captura como 99, por definir, y cada cobro posterior se documenta con un complemento de pago.

¿Qué pasa si no emito el complemento de pago?

El cliente no puede acreditar el IVA de esa operación y tu control de cobranza queda desalineado con el SAT. Además, es un requisito de la RMF: el complemento debe emitirse a más tardar el quinto día natural del mes siguiente a aquel en que se recibió el pago.

¿Puedo cancelar un CFDI de ingreso emitido por error?

Sí, dentro del plazo del artículo 29-A del CFF —a más tardar en el mes en que se deba presentar la declaración anual del ejercicio en que se expidió— y con la aceptación del receptor. Debes justificar y documentar el motivo de la cancelación.

¿Un anticipo se factura como CFDI de ingreso?

Sí, el anticipo se documenta con un comprobante de ingreso. Al cerrar la operación se emite el comprobante por el total y un CFDI de egreso por el anticipo, relacionándolos, para que no se dupliquen los ingresos.

¿Cada cuánto se emite la factura global al público en general?

Según la periodicidad que elijas, y dentro de las 24 horas siguientes al cierre de las operaciones del periodo conforme a la regla 2.7.1.21 de la RMF 2026. El plazo de 72 horas que circula en muchas guías corresponde a reglas anteriores.

¿Tienes complementos de pago sin emitir?

Si vendes a crédito y nadie cierra el ciclo cada mes, conviene poner números a lo que cuesta un servicio contable que sí lo haga.