En Aguascalientes las tres ventanillas —la ADSC del SAT, la delegación de la PRODECON y la Sala Regional del TFJA— están en la misma ciudad. Los plazos, en cambio, son federales: 30 días hábiles para el recurso de revocación y 30 para el juicio de nulidad.
Revisemos tu notificación antes de que corra el plazo
¿Ante quién se defiende una empresa de Aguascalientes?
Los plazos son federales y corren igual en todo el país: 30 días hábiles para el recurso de revocación desde que surte efectos la notificación (art. 121 CFF) y 30 para el juicio de nulidad (art. 13, fracción I de la LFPCA). Lo que cambia con tu domicilio fiscal es la ventanilla: en Aguascalientes te corresponden la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente del SAT con sede en Aguascalientes, la delegación de la PRODECON en Aguascalientes y, si el asunto llega a juicio, la Sala Regional en Aguascalientes del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con sede en la ciudad de Aguascalientes.
Aguascalientes tiene una de las rutas más compactas del país: una sola sala regional, una sola administración desconcentrada del SAT y la delegación de la Procuraduría, las tres en la capital. Eso no acorta un solo día tus plazos, pero sí vuelve trivial la pregunta de dónde se presenta cada escrito.
| Situación | Dónde se atiende desde Aguascalientes | Plazo y fundamento |
|---|---|---|
| Te restringieron el sello digital (CSD) | Solicitud de aclaración por el portal del SAT; seguimiento con la ADSC con sede en Aguascalientes | 40 días para presentarla; el SAT resuelve en 10 (art. 17-H Bis CFF) |
| Te notificaron una liquidación o una multa | Recurso de revocación por buzón tributario | 30 días hábiles (art. 121 CFF); la autoridad resuelve en 3 meses (art. 131 CFF) |
| Estás en una auditoría y quieres acuerdo | Delegación de la PRODECON en Aguascalientes | Hasta 20 días después del acta final, el oficio de observaciones o la resolución provisional (art. 69-C CFF) |
| Vas a juicio de nulidad | Sala Regional en Aguascalientes del TFJA, o el Juicio en Línea | 30 días hábiles (art. 13 fr. I LFPCA) |
| El adeudo es de impuesto estatal | Secretaría de Finanzas del Estado (SEFI) y el tribunal de justicia administrativa local | Plazos de la ley estatal, no del CFF |
El recurso de revocación es optativo: cuándo conviene y cuándo no
Mucha gente presenta recurso de revocación porque cree que es un paso obligatorio antes del juicio. No lo es: el artículo 120 del CFF dice expresamente que el recurso «será optativo para el interesado antes de acudir al Tribunal Federal de Justicia Administrativa». Puedes ir directo al juicio de nulidad si te conviene, y a veces conviene.
La regla que usamos para decidir: el recurso es la mejor vía cuando el acto tiene un vicio evidente —una notificación mal hecha, una operación aritmética equivocada, pruebas que la autoridad no valoró— porque se resuelve más rápido y sin costas. En el recurso, además, puedes ofrecer pruebas que no exhibiste durante la auditoría, algo que en el juicio se vuelve cuesta arriba. El artículo 131 le da a la autoridad tres meses para resolver; si no resuelve, opera la negativa ficta y puedes irte al juicio.
Ejemplo con fechas: a un proveedor de autopartes de Aguascalientes le notifican una liquidación el martes 6 de octubre de 2026 por buzón tributario. La notificación surte efectos al día hábil siguiente (art. 135 CFF) y los 30 días hábiles del artículo 121 se cuentan desde ahí, sin contar sábados, domingos ni días inhábiles. Esa fecha de vencimiento es lo primero que hay que fijar por escrito: todo lo demás se planea hacia atrás desde ahí.
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Las otras rutas, con su plazo
El recurso y el juicio no son las únicas salidas, y casi nunca son las primeras. Estas son las que más veces resuelven el problema antes de llegar a un tribunal:
- Aclaración por restricción del CSD: presentada la solicitud, la autoridad debe restablecer el uso del certificado al día siguiente y mantenerlo hasta resolver (art. 17-H Bis CFF).
- Acuerdo conclusivo ante la PRODECON, que se solicita hasta veinte días después del acta final, el oficio de observaciones o la resolución provisional (art. 69-C CFF): quien firma uno por primera vez tiene derecho, por única ocasión, a la reducción del 100 % de las multas determinadas en esa revisión (art. 69-G CFF).
- Representación legal gratuita de la PRODECON, cuando el monto del asunto no excede de 30 veces la UMA elevada al año: $1,283,839.20, con el valor anual de la UMA 2026 de $42,794.64 (INEGI, DOF 09-01-2026).
- Autocorrección durante la auditoría, que reduce la multa al 20 % de la contribución omitida si se hace antes del acta final (art. 17 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente).
El crédito que no va al SAT: lo estatal en Aguascalientes
El impuesto sobre nóminas del estado no lo administra el SAT: lo cobra la Secretaría de Finanzas del Estado (SEFI), a través de su portal de contribuciones en línea, y su tasa la fija la Ley de Hacienda del Estado de Aguascalientes. Un crédito por ese concepto no se impugna ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, sino ante la propia autoridad estatal y, en su caso, ante el tribunal de justicia administrativa del estado, que la Constitución obliga a tener a cada entidad (art. 116, fracción V).
Las dos capas se tocan en un punto: la opinión de cumplimiento del artículo 32-D del CFF es federal, pero muchos contratantes piden además la constancia estatal. Perder un contrato por un adeudo local con la opinión federal en positivo pasa más de lo que parece.
Cómo trabaja Praxium un caso de Aguascalientes
Con atención 100 % remota desde Ciudad de México: no tenemos oficina ni teléfono en Aguascalientes y no hace falta. El recurso se presenta por buzón tributario, la aclaración por el portal del SAT y el juicio puede tramitarse por el Sistema de Justicia en Línea del Tribunal (arts. 58-A a 58-S LFPCA), que permite demandar, ofrecer pruebas y alegar desde cualquier punto del país. En Aguascalientes, además, si el asunto termina en audiencia, la sala está en la misma ciudad que tu domicilio.
Lo primero es leer el acto y el acuse de notificación para fijar la fecha exacta en que vence tu plazo: el cómputo arranca cuando la notificación surte efectos (art. 135 CFF) y casi todas llegan por buzón tributario (art. 17-K CFF). Praxium es una consultoría fiscal: no litigamos materia penal ni amparos, y cuando el caso los exige lo decimos de frente y te acercamos a un abogado aliado. La primera valoración es sin costo.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que presentar recurso de revocación antes de demandar?
No. El artículo 120 del CFF establece que el recurso es optativo antes de acudir al Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Puedes ir directo al juicio de nulidad dentro de los 30 días hábiles del artículo 13, fracción I de la LFPCA. El recurso conviene sobre todo cuando hay vicios claros de notificación o pruebas que no se valoraron.
¿Dónde está la Sala Regional del TFJA que me toca si vivo en Aguascalientes?
En la propia ciudad de Aguascalientes: el Tribunal Federal de Justicia Administrativa tiene ahí la Sala Regional en Aguascalientes. Aun así, el juicio puede tramitarse completo por el Sistema de Justicia en Línea (arts. 58-A a 58-S LFPCA), sin acudir físicamente a la sala.
¿Cuánto tiempo tiene el SAT para resolver mi recurso de revocación?
Tres meses contados a partir de la fecha de interposición, conforme al artículo 131 del CFF. Si no resuelve en ese plazo, opera la negativa ficta: el silencio se entiende como resolución en tu contra y puedes impugnarla en el juicio de nulidad. Ese vencimiento conviene tenerlo en calendario.
¿La PRODECON de Aguascalientes cobra por defenderme?
No. La asesoría, la queja y el acuerdo conclusivo son gratuitos, y la representación y defensa legal también lo es cuando el monto del asunto o del crédito —sin actualizaciones, accesorios ni multas— no excede de 30 veces la UMA elevada al año: $1,283,839.20, con el valor anual de la UMA 2026 de $42,794.64.
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Revisemos tu notificación antes de que corra el plazo
Leemos el acto, calculamos la fecha real de vencimiento y te decimos qué ruta conviene desde Aguascalientes. La primera valoración es sin costo.
