Cumplimiento Laboral

Finiquito por despido injustificado 2026: qué incluye y cómo se calcula

11 minPor Daniel Hernández
Persona revisando documentos laborales y una calculadora sobre un escritorio de oficina

Cuando te despiden sin causa justificada, no solo tienes derecho al finiquito: la ley te reconoce una indemnización. Aquí separamos con claridad los dos conceptos, listamos cada componente con su artículo de la Ley Federal del Trabajo (3 meses de salario, 20 días por año, prima de antigüedad y salarios caídos), y mostramos cómo se calcula con un ejemplo numérico paso a paso para que sepas exactamente qué reclamar.

¿Qué incluye el finiquito por despido injustificado?

Por un despido injustificado tienes derecho a dos cosas, no a una: la indemnización y el finiquito. La indemnización se compone de 3 meses de salario (art. 48 LFT), 20 días de salario por cada año trabajado (art. 50, fr. II LFT), la prima de antigüedad de 12 días por año con salario topado a 2 salarios mínimos (art. 162 LFT) y los salarios caídos del juicio, con tope de 12 meses (art. 48 LFT). A eso se suma el finiquito: tus proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional. Omitir la indemnización es el error más caro para el trabajador.

La diferencia es de fondo: el finiquito te corresponde siempre que termina una relación laboral (incluso si renuncias), mientras que la indemnización solo nace cuando el despido es injustificado, es decir, sin que medie una causa de las que la ley permite (art. 47 LFT). Por eso conviene tener claro qué es cada concepto antes de firmar cualquier documento que te presente el patrón.

¿Cuál es la diferencia entre finiquito e indemnización?

El finiquito es el pago de lo que ya ganaste y aún no te han liquidado: las partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional al momento de la separación. La indemnización, en cambio, es el resarcimiento que la ley ordena cuando el despido fue injustificado. Un trabajador que renuncia recibe finiquito pero no indemnización; un trabajador despedido sin causa recibe ambos. Entender esta separación evita que aceptes como «liquidación completa» un documento que solo cubre el finiquito.

Si quieres profundizar en cuándo aplica cada figura y cómo se construye cada cifra, revisa nuestra guía de finiquito vs liquidación: cálculo y derechos.

Concepto¿Cuándo aplica?¿Qué cubre?
FiniquitoSiempre que termina la relación (renuncia, término o despido)Aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales devengados
IndemnizaciónSolo en despido injustificado (sin causa del art. 47 LFT)3 meses + 20 días por año + prima de antigüedad + salarios caídos

¿Qué conceptos componen la indemnización por despido injustificado?

La indemnización por despido injustificado tiene cuatro componentes, cada uno con su fundamento en la Ley Federal del Trabajo. La indemnización constitucional son 3 meses de salario (art. 48 LFT). La indemnización de 20 días por año es de 20 días de salario por cada año de servicios prestados (art. 50, fr. II LFT). La prima de antigüedad es de 12 días de salario por año trabajado, considerando para el cómputo un salario tope de 2 veces el salario mínimo (art. 162 LFT). Y los salarios caídos son los salarios vencidos desde la fecha del despido, con un tope de 12 meses (art. 48 LFT); a partir del mes 13, en su caso, se generan intereses conforme a la propia ley.

La tabla siguiente reúne cada concepto con su artículo y la forma de calcularlo. Úsala como lista de verificación para no dejar fuera ningún derecho.

ConceptoFundamentoCómo se calcula
3 meses de salarioArt. 48 LFTSalario diario integrado × 90 días
20 días por añoArt. 50, fr. II LFTSalario diario integrado × 20 × años trabajados (proporcional a fracciones)
Prima de antigüedadArt. 162 LFT12 días por año, con salario topado a 2 salarios mínimos para el cómputo
Salarios caídosArt. 48 LFTSalario diario × días transcurridos del juicio, con tope de 12 meses
Aguinaldo proporcionalArt. 87 LFT(15 días mín. ÷ 365) × días trabajados del año × salario diario
Vacaciones proporcionalesArts. 76 y 79 LFTDías de vacaciones devengados no disfrutados × salario diario
Prima vacacionalArt. 80 LFT25% mín. sobre las vacaciones proporcionales

¿Cómo se calcula la indemnización paso a paso? (ejemplo)

Veamos un caso para que la mecánica quede clara. Supongamos un trabajador con salario diario integrado de 1,000 pesos, con 4 años de antigüedad, despedido sin causa justificada. Los 3 meses de salario (art. 48 LFT) son 1,000 × 90 = 90,000 pesos. Los 20 días por año (art. 50, fr. II LFT) son 1,000 × 20 × 4 = 80,000 pesos. La prima de antigüedad (art. 162 LFT) se calcula con 12 días por año, pero con el salario topado a 2 salarios mínimos para el cómputo: si ese tope diario fuera, por ejemplo, de 561.84 pesos (monto por validar con el salario mínimo vigente 2026), serían 561.84 × 12 × 4 ≈ 26,968 pesos. A esto se suman el finiquito (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales) y los salarios caídos que se acumulen durante el juicio, con tope de 12 meses.

Las cifras son ilustrativas; el resultado real depende del salario diario integrado correcto (que incluye proporciones de aguinaldo, prima vacacional y otras prestaciones), de la antigüedad exacta y del salario mínimo vigente en 2026 para el tope de la prima de antigüedad (monto por validar 2026). Puedes estimar tu caso completo con nuestra calculadora de despido injustificado.

PasoConceptoCálculoImporte (ejemplo)
13 meses de salario (art. 48 LFT)$1,000 × 90$90,000
220 días por año (art. 50, fr. II LFT)$1,000 × 20 × 4 años$80,000
3Prima de antigüedad (art. 162 LFT)$561.84 × 12 × 4 años (salario topado, por validar 2026)≈ $26,968
4Finiquito proporcional (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional)Según días devengados del añoVariable
5Salarios caídos (art. 48 LFT)Salario × días del juicio, tope 12 mesesVariable

¿Qué son los salarios caídos y cuál es su tope?

Los salarios caídos (o salarios vencidos) son los que el trabajador deja de percibir desde la fecha del despido injustificado hasta que se resuelve el juicio. El art. 48 de la LFT establece un tope de 12 meses para estos salarios caídos; si el juicio se prolonga más allá de ese plazo, a partir del mes 13 se generan intereses sobre el importe de 15 meses de salario, a razón del 2% mensual capitalizable, conforme a la misma disposición. Este tope se introdujo para evitar juicios eternos y dar certeza a ambas partes sobre el monto máximo en disputa.

Conviene tener presente que los salarios caídos no se «cobran» al momento del despido, sino que se determinan al concluir el procedimiento. Por eso una negociación temprana o un convenio ante la autoridad laboral puede convenir a ambas partes.

¿La prima de antigüedad siempre se paga al despedir?

Sí, en el despido injustificado la prima de antigüedad procede sin importar los años trabajados, conforme al art. 162 de la LFT: 12 días de salario por cada año de servicios, con el salario topado a 2 veces el salario mínimo para el cómputo. Es importante no confundirlo con el caso de la renuncia voluntaria: por renuncia, la prima de antigüedad solo se paga si el trabajador tiene 15 años o más de servicios (art. 162, fr. III LFT). En cambio, cuando el despido es injustificado, la prima se cubre cualquiera que sea la antigüedad.

Este matiz suele generar dudas, así que lo resumimos: separación por despido injustificado, prima siempre; separación por renuncia, prima solo con 15+ años. Tener clara esta regla evita reclamos improcedentes y, también, evita renunciar a un derecho que sí corresponde.

¿Qué hacer si recibiste un despido injustificado?

Lo primero es no firmar de inmediato cualquier documento que el patrón presente como «liquidación»: revisa que contemple la indemnización completa (3 meses, 20 días por año, prima de antigüedad) y no solo el finiquito proporcional. Reúne tus comprobantes (recibos de nómina CFDI, contrato y constancias de antigüedad) para acreditar tu salario diario integrado y tus años de servicio; sobre el recibo de nómina puedes consultar nuestra guía del recibo de nómina CFDI 2026. El plazo para demandar el despido injustificado es de 2 meses contados a partir del día siguiente a la separación (art. 518 LFT), así que actúa con tiempo.

En Praxium revisamos tu caso con claridad y sin jerga: calculamos cada concepto con su fundamento, verificamos tu salario diario integrado y te decimos qué te corresponde antes de que firmes nada. La primera sesión es gratuita: escríbenos por WhatsApp o agenda en contacto. Si quieres entender primero la diferencia entre figuras, empieza por finiquito vs liquidación.

Preguntas frecuentes

¿Qué me corresponde si me despiden injustificadamente en México?

Te corresponde la indemnización más el finiquito. La indemnización incluye 3 meses de salario (art. 48 LFT), 20 días de salario por cada año trabajado (art. 50, fr. II LFT), la prima de antigüedad de 12 días por año con salario topado a 2 salarios mínimos (art. 162 LFT) y los salarios caídos con tope de 12 meses (art. 48 LFT). El finiquito son tus partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional devengadas. No aceptes un documento que solo cubra el finiquito y omita la indemnización.

¿Cuál es la diferencia entre finiquito e indemnización?

El finiquito es el pago de lo que ya ganaste (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales) y se entrega en cualquier terminación, incluso si renuncias. La indemnización solo nace cuando el despido es injustificado y comprende 3 meses de salario, 20 días por año, la prima de antigüedad y los salarios caídos. Por eso un trabajador que renuncia recibe finiquito pero no indemnización, mientras que uno despedido sin causa recibe ambos.

¿Cómo se calculan los 20 días por año de antigüedad?

Se multiplica el salario diario integrado por 20 días y por el número de años trabajados, conforme al art. 50, fr. II de la LFT. Por ejemplo, con un salario diario integrado de 1,000 pesos y 4 años de antigüedad, serían 1,000 × 20 × 4 = 80,000 pesos. Las fracciones de año se pagan de forma proporcional. El salario diario integrado incluye proporciones de aguinaldo, prima vacacional y demás prestaciones, por lo que conviene calcularlo bien.

¿Cuánto tope tienen los salarios caídos?

Los salarios caídos tienen un tope de 12 meses, conforme al art. 48 de la LFT. Se computan desde la fecha del despido injustificado hasta que se resuelve el juicio. Si el procedimiento se prolonga más allá de los 12 meses, a partir del mes 13 se generan intereses sobre 15 meses de salario, a razón del 2% mensual capitalizable, según la misma disposición. Este tope busca dar certeza sobre el monto máximo en disputa.

¿La prima de antigüedad se paga aunque tenga pocos años?

En el despido injustificado sí, sin importar la antigüedad: 12 días de salario por año, con el salario topado a 2 veces el salario mínimo para el cómputo (art. 162 LFT). El caso distinto es la renuncia voluntaria: ahí la prima de antigüedad solo se paga si el trabajador tiene 15 años o más de servicios (art. 162, fr. III LFT). Por eso es clave identificar si la separación fue despido o renuncia.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar un despido injustificado?

El plazo para demandar por despido injustificado es de 2 meses, contados a partir del día siguiente a la fecha de la separación, conforme al art. 518 de la LFT. Por eso conviene reunir cuanto antes tus comprobantes (recibos de nómina CFDI, contrato y constancias de antigüedad) y revisar el cálculo de lo que te corresponde antes de que venza el término. Una asesoría temprana ayuda a no perder derechos por dejar pasar el plazo.

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