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SaaS con clientes en el extranjero: IVA al 0% por exportación

8 minPor Miguel Ángel González Medina
Empresario analizando una hoja de cálculo en su laptop desde un coworking, revisando la facturación de su SaaS a clientes del extranjero y la tasa 0% de IVA por exportación de servicios

Un SaaS mexicano que factura al extranjero puede aplicar la tasa 0% de IVA como exportación de servicios de tecnologías de la información (art. 29, fr. IV, inciso i, LIVA), pero solo si cumple los cuatro requisitos del inciso y no usa redes privadas virtuales.

Arma la evidencia de tu exportación de servicios

¿Un SaaS mexicano puede facturar sin IVA al extranjero?

Sí, pero no porque el cliente esté afuera: porque el servicio encuadra en un supuesto expreso de exportación. El art. 29 de la LIVA permite calcular el impuesto a la tasa del 0% cuando los bienes o servicios se exportan, y su fracción IV, inciso i), incluye expresamente cinco servicios de tecnologías de la información.

Los cinco son: desarrollo, integración y mantenimiento de aplicaciones informáticas o de sistemas computacionales; procesamiento, almacenamiento y respaldo de información, así como administración de bases de datos; alojamiento de aplicaciones informáticas; modernización y optimización de sistemas de seguridad de la información; y la continuidad en la operación de los servicios anteriores.

Es una lista cerrada. Si tu servicio no encaja en ninguno de esos cinco, este inciso no te aplica, aunque tu cliente esté en Nueva York y te pague en dólares. Ese es el primer filtro, y el que más veces se salta.

Los cuatro requisitos que casi nadie cumple completos

El inciso i) condiciona la tasa 0% al cumplimiento de cuatro requisitos, y la ley los redacta en plural: hay que cumplirlos todos. Este es el punto donde una revisión del SAT desarma una devolución que parecía segura.

El segundo requisito es el más exigente de todos porque exige evidencia técnica, no solo contable: la dirección IP de los dispositivos desde los que prestas el servicio y la de tu proveedor de Internet deben estar en territorio nacional, y la del receptor del servicio y su proveedor de Internet deben estar en el extranjero. La propia ley define la dirección IP como el identificador numérico único que permite ubicar la localización geográfica del dispositivo.

Conviene guardar bitácoras de acceso, contratos de hosting y evidencia del ISP desde el primer mes, porque reconstruir eso un año después, cuando llega el requerimiento de la devolución, es casi imposible.

Requisito del art. 29, fr. IV, inciso i), LIVAQué significa en la prácticaCon qué se prueba
Infraestructura tecnológica, recursos humanos y materiales en su totalidad en territorio nacionalEl equipo, los servidores y el personal operan desde MéxicoContratos laborales, nómina, contratos de hosting y facturas de infraestructura
Dirección IP del prestador y de su proveedor de Internet en territorio nacional; la del receptor y su proveedor, en el extranjeroEl servicio sale de México y se recibe fueraBitácoras de acceso, contrato con el ISP, registros del panel de la plataforma
Consignar en el CFDI el registro o número fiscal del residente en el extranjero que contrató y pagóEl identificador fiscal del cliente extranjero va en la facturaCFDI con el número fiscal del cliente y el contrato que lo respalda
Pago por medios electrónicos desde cuentas de instituciones financieras en el extranjero a una cuenta del prestador en un banco en MéxicoEl dinero llega del extranjero a tu banco mexicano, sin efectivo de por medioEstados de cuenta, SWIFT o comprobante de transferencia internacional

Arma la evidencia de tu exportación de servicios

Las dos exclusiones (y un mito que conviene desmontar)

La ley señala dos supuestos en los que los servicios de tecnologías de la información del inciso i) NO se consideran exportados. El primero es cuando para proporcionarlos se utilizan redes privadas virtuales; la propia LIVA define la red privada virtual como la tecnología que extiende una red local sobre una red pública creando una conexión privada segura y admitiendo la conexión de usuarios externos desde otra ubicación geográfica.

El segundo es cuando los servicios se proporcionan, recaen o se aplican en bienes ubicados en territorio nacional. Si tu software administra activos, inventarios o instalaciones que están en México, el aprovechamiento no es en el extranjero por más que la factura vaya a otro país.

El mito que conviene desmontar: el inciso i) no excluye a los servicios prestados a partes relacionadas. Esa exclusión no está en el texto. Lo que sí ocurre es que, tratándose de partes relacionadas, la autoridad revisa con más detalle si el aprovechamiento es realmente en el extranjero y si el precio es de mercado, pero la tasa 0% no se pierde por el solo hecho del vínculo.

Hay además una ruta alternativa cuando tu servicio no encaja en los cinco supuestos del inciso i): el último párrafo del art. 29 de la LIVA extiende la tasa 0% a los residentes en el país que presten servicios personales independientes aprovechados en su totalidad en el extranjero por residentes en el extranjero sin establecimiento en el país. Y el art. 58 del Reglamento de la LIVA precisa que el aprovechamiento en el extranjero se entiende, entre otros supuestos, cuando los servicios son contratados y pagados por un residente en el extranjero sin establecimiento en el país, pagados por transferencia o cheque nominativo desde cuentas de instituciones financieras ubicadas en el extranjero.

El saldo a favor: qué pasa con tu IVA acreditable

La consecuencia práctica de facturar a tasa 0% es que trasladas cero IVA pero sigues pagando el IVA de tus gastos, y ese IVA es acreditable. Mes con mes se acumula un saldo a favor que puedes compensar o solicitar en devolución.

Con números: un SaaS que factura 40,000 dólares mensuales a clientes en Estados Unidos traslada 0 pesos de IVA. Si sus gastos en México —nómina de proveedores, hosting, contadores, renta de oficina, software— le trasladan 96,000 pesos de IVA al mes, ese es su saldo a favor mensual: cerca de 1.15 millones de pesos al año que no son un gasto, son un activo que hay que cobrar.

La devolución se rige por el art. 22 del CFF: la autoridad tiene 40 días hábiles para resolver, y si te requiere información, tú tienes 20 días para atenderla. Esos son los plazos reales que hay que presupuestar en el flujo de caja, no «unas semanas».

Y un recordatorio de prudencia: la obligación de devolver prescribe en los mismos términos y condiciones que un crédito fiscal (art. 22 CFF), es decir, en cinco años contados desde que el pago pudo ser legalmente exigido (art. 146 CFF). Cada solicitud de devolución que presentas cuenta como gestión de cobro e interrumpe ese plazo, salvo que te desistas de ella. Un saldo a favor que nadie solicita no se guarda para siempre.

El error común y qué hacer hoy

El error común es empezar a facturar a 0% y armar la evidencia después, cuando el SAT requiere. Los cuatro requisitos del inciso i) son técnicos y se prueban con registros que solo existen si los guardaste a tiempo.

Estos pasos te ponen en condiciones de defender la tasa 0% desde la primera factura.

  1. Clasifica tu servicio contra los cinco supuestos del inciso i): si no encaja, evalúa la ruta del último párrafo del art. 29 LIVA y del art. 58 del Reglamento.
  2. Pide a cada cliente extranjero su número o registro fiscal y consígnalo en el CFDI desde la primera factura.
  3. Confirma que el cobro llegue por transferencia desde una cuenta en el extranjero a tu cuenta bancaria en México, sin intermediarios en efectivo.
  4. Documenta la ubicación de tu infraestructura: contratos de hosting, ISP, equipos y personal, todo en territorio nacional.
  5. Revisa si tu arquitectura usa redes privadas virtuales para prestar el servicio; ese solo hecho excluye la exportación.
  6. Verifica que el software no recaiga sobre bienes ubicados en México.
  7. Lleva el control mensual de tu IVA acreditable y decide entre compensar o solicitar devolución: la autoridad resuelve en 40 días hábiles y tú tienes 20 para atender requerimientos.

Preguntas frecuentes

¿Todo servicio digital exportado lleva IVA al 0%?

No. El art. 29, fr. IV, inciso i) de la LIVA enumera cinco servicios de tecnologías de la información en una lista cerrada: desarrollo e integración de aplicaciones, procesamiento y respaldo de información, alojamiento de aplicaciones, modernización de sistemas de seguridad y la continuidad de esos servicios. Fuera de esa lista, ese inciso no aplica.

¿Qué pasa si uso una VPN para prestar el servicio?

La ley excluye expresamente de la exportación los servicios de tecnologías de la información cuando para proporcionarlos se utilizan redes privadas virtuales. Es una de las dos exclusiones del inciso i), junto con la de servicios que recaigan sobre bienes ubicados en territorio nacional.

¿Puedo aplicar la tasa 0% si mi cliente extranjero es mi propia matriz?

El texto del inciso i) no excluye a las partes relacionadas. Lo que hace el vínculo es aumentar el escrutinio sobre si el aprovechamiento es realmente en el extranjero y si el precio es de mercado, pero la tasa 0% no se pierde solo por tratarse de una parte relacionada.

¿Cómo pruebo el requisito de la dirección IP?

Con bitácoras de acceso de la plataforma, el contrato con tu proveedor de Internet y los contratos de hosting. La ley exige que la IP de tus dispositivos y la de tu proveedor estén en territorio nacional y que la del receptor y su proveedor estén en el extranjero, y define la IP como el identificador que permite ubicar geográficamente el dispositivo.

¿Cuánto tarda la devolución del saldo a favor de IVA?

La autoridad tiene 40 días hábiles para resolver la solicitud (art. 22 CFF). Si te formula un requerimiento de información, tú cuentas con 20 días para atenderlo. Conviene presupuestar ese calendario en el flujo de caja y no asumir que la devolución llega en semanas.

¿Debo poner algo especial en el CFDI de un cliente extranjero?

Sí: el inciso i) exige consignar en el comprobante fiscal el registro o número fiscal del residente en el extranjero que contrató y pagó el servicio, sin perjuicio de los demás requisitos fiscales del CFDI. Es un dato que hay que pedir al cliente antes de emitir la primera factura.

Arma la evidencia de tu exportación de servicios

El Checklist de Data Room Fiscal ordena los contratos, CFDI y comprobantes de cobro que sostienen la tasa 0% frente a un requerimiento del SAT.