Una empresa en Aguascalientes cierra tres capas cada mes: las federales el día 17 (ISR, IVA, DIOT, IMSS), el Impuesto Sobre Nóminas del 2.5 % ante la SEFI —también el 17, con 1 a 5 días hábiles extra según el sexto dígito de tu registro estatal— y el refrendo municipal una vez al año.
Revisamos tu cierre mensual en Aguascalientes
¿Qué declara cada mes una empresa en Aguascalientes?
Tres capas, y casi todas caen el mismo día. La federal vence el 17 del mes siguiente: el pago provisional de ISR (art. 14 LISR), el IVA del mes (art. 5-D LIVA), la DIOT con tus proveedores (art. 32 fr. VIII LIVA), las retenciones de ISR de la nómina (art. 96 LISR) y las cuotas del IMSS (art. 39 LSS). La estatal es el Impuesto Sobre Nóminas del 2.5 % sobre las remuneraciones al trabajo personal subordinado, cuya tasa está en el art. 67 de la Ley de Hacienda del Estado de Aguascalientes, con objeto en el art. 63 y base en el art. 66; se declara ante la Secretaría de Finanzas del Estado (SEFI) también a más tardar el día 17, con 1 a 5 días hábiles adicionales según el sexto dígito de tu Registro Estatal de Contribuyentes (art. 68). La municipal no es mensual: es el refrendo anual de la licencia de funcionamiento y el predial ante el Municipio de Aguascalientes.
Nada de esto exige que tu contador esté en la ciudad. Praxium es una consultoría fiscal con sede en Ciudad de México y trabaja con empresas de Aguascalientes con atención 100 % remota: sin dirección ni teléfono local, porque todo se presenta en línea ante el SAT y ante la SEFI.
Calendario del mes y del año para una persona moral
Esta es la rejilla que debes poder ver en una sola pantalla. Si una fila no tiene acuse, no está cumplida.
| Obligación | Cuándo vence | Ante quién | Fundamento |
|---|---|---|---|
| Pago provisional de ISR | Día 17 del mes siguiente | SAT | Art. 14 LISR |
| IVA del mes (definitivo) | Día 17 del mes siguiente | SAT | Art. 5-D LIVA |
| DIOT de proveedores | Día 17 del mes siguiente | SAT | Art. 32 fr. VIII LIVA |
| Retenciones de ISR de sueldos | Día 17 del mes siguiente | SAT | Art. 96 LISR |
| Cuotas obrero-patronales del IMSS | Día 17 del mes siguiente | IMSS | Art. 39 LSS |
| Aportaciones al INFONAVIT y RCV | Día 17 de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre | INFONAVIT / IMSS | Art. 35 Ley del INFONAVIT |
| Impuesto Sobre Nóminas 2.5 % | Día 17, más 1 a 5 días hábiles según el sexto dígito del registro estatal | Secretaría de Finanzas del Estado (SEFI) | Arts. 63, 66, 67 y 68 Ley de Hacienda del Estado de Aguascalientes |
| Contabilidad electrónica (balanza) | Mensual, en el plazo de la regla vigente de la RMF | SAT, por buzón tributario | Art. 28 fr. III y IV CFF |
| Declaración anual de la empresa | 31 de marzo | SAT | Art. 76 fr. V LISR |
| Refrendo de licencia y predial | Anual, en los plazos de la Ley de Ingresos municipal del ejercicio | Municipio de Aguascalientes | Legislación municipal vigente |
Revisamos tu cierre mensual en Aguascalientes
Un cierre real: comercializadora de autopartes con 14 empleados
Supón enero, sin pagos provisionales previos que acreditar. Facturaste $780,000 más $124,800 de IVA; tus gastos con IVA acreditable fueron $540,000 con $86,400 de IVA; tu nómina bruta del mes, $165,000; tu coeficiente de utilidad del ejercicio anterior, 0.09.
El IVA a cargo es $38,400 ($124,800 menos $86,400). El pago provisional de ISR sale de multiplicar $780,000 por el coeficiente 0.09 —utilidad fiscal estimada de $70,200— y aplicar la tasa del 30 % del art. 9 LISR: $21,060. El ISN estatal es $165,000 × 2.5 % = $4,125. A eso se suman las retenciones de ISR de sueldos que calculaste en el recibo de nómina y las cuotas del IMSS del periodo. Total de salidas por impuestos y contribuciones ese mes, sin contar IMSS ni retenciones: $63,585. Ese es el número que un cierre mensual debe entregarte antes del día 15, no el 17 a mediodía.
El detalle de Aguascalientes que nadie te avisa: el sexto dígito
El art. 68 de la Ley de Hacienda del Estado de Aguascalientes no fija un día 17 seco: concede de 1 a 5 días hábiles adicionales según el sexto dígito numérico de tu Registro Estatal de Contribuyentes. Suena a un detalle administrativo y lo es, hasta que alguien lo usa al revés: si tu contador asume que tienes los días extra y tu registro no los da, el pago entra con recargos y actualización (arts. 17-A y 21 CFF en lo federal, y el Código Fiscal del Estado en lo estatal).
El segundo punto local es el padrón. El art. 69 fr. I obliga a inscribirte en el Registro Estatal de Contribuyentes del ISN dentro de los 30 días siguientes al inicio de actividades, y sin ese registro no puedes presentar la primera declaración. Si tu empresa está constituida en otro estado pero tu gente trabaja en Aguascalientes, el ISN se causa aquí: el impuesto grava el trabajo prestado en el territorio del estado, no el domicilio del patrón.
¿Qué entrega tu contador cada mes y qué no cambia por la ciudad?
Lo federal es idéntico en Aguascalientes y en Ciudad de México: los mismos artículos, los mismos días, el mismo buzón tributario (art. 17-K CFF). Lo único con sede física es la oficina del SAT —la ADSC de Aguascalientes, para tu e.firma (art. 17-D CFF)— y la notaría, si firmas poderes o actas. Eso lo haces tú una vez, con la cita y los documentos ya preparados.
- Conciliación de tus CFDI emitidos y recibidos contra la contabilidad, descargados directo del SAT.
- Cálculo y acuse de ISR provisional, IVA y DIOT, con el papel de trabajo que explica cada cifra.
- Nómina timbrada, retenciones, cuotas del IMSS y la declaración del ISN del 2.5 % ante la SEFI.
- Balanza y catálogo de cuentas enviados por buzón tributario (art. 28 CFF).
- Reporte en lenguaje claro: qué pagaste, qué quedó acreditado y qué vence el mes siguiente.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se paga el Impuesto Sobre Nóminas en Aguascalientes?
A más tardar el día 17 del mes siguiente, con 1 a 5 días hábiles adicionales según el sexto dígito de tu Registro Estatal de Contribuyentes, conforme al art. 68 de la Ley de Hacienda del Estado de Aguascalientes. La tasa es del 2.5 % (art. 67) y la declaración se presenta ante la Secretaría de Finanzas del Estado. Se declara aunque un mes no tengas nómina gravada.
¿Qué se presenta el día 17 ante el SAT si mi empresa está en Aguascalientes?
Lo mismo que en cualquier otro estado: pago provisional de ISR (art. 14 LISR), IVA del mes (art. 5-D LIVA), DIOT (art. 32 fr. VIII LIVA), retenciones de ISR de sueldos (art. 96 LISR) y cuotas del IMSS (art. 39 LSS). Las obligaciones federales no cambian por la ciudad y todas se presentan en línea.
Mi empresa está constituida en otro estado y mi personal trabaja en Aguascalientes, ¿dónde pago el ISN?
En Aguascalientes, por esos trabajadores. El impuesto grava las remuneraciones por trabajo personal subordinado prestado dentro del territorio del estado, no el domicilio fiscal del patrón. Necesitas inscribirte en el Registro Estatal de Contribuyentes del ISN (art. 69 fr. I) y separar la nómina por entidad para no pagar dos veces ni en el estado equivocado.
¿Praxium lleva la contabilidad de empresas de Aguascalientes sin tener oficina ahí?
Sí, con atención 100 % remota desde Ciudad de México. No tenemos dirección ni teléfono local: las declaraciones federales se presentan en el portal del SAT y el ISN en el de la SEFI. Los únicos pasos presenciales —tu e.firma en la ADSC de Aguascalientes o una firma ante notario— los haces tú con la cita y los documentos ya listos.
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En una videollamada vemos tu calendario real: qué se declaró, qué falta y qué está pagando de más tu empresa. El diagnóstico no tiene costo.
