Estrategia Empresarial

Contador RESICO en Monterrey: honorarios con IVA o asimilados

6 minPor Miguel Ángel González Medina
Consultor senior trabajando en una oficina ejecutiva con libreros al fondo — honorarios con IVA frente a asimilados a salarios en el RESICO para profesionistas de Monterrey

Aceptar que un corporativo te pague como asimilado a salarios te saca del RESICO por el art. 113-E fr. IV, y en Nuevo León mete esos honorarios al objeto del impuesto estatal del art. 154. Facturar con IVA conserva el régimen y deja el pago fuera del ISN.

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¿Cómo tributa un profesionista en RESICO desde Monterrey?

Exactamente igual que en el resto del país: el Régimen Simplificado de Confianza de personas físicas es federal. Puedes optar por él si tus ingresos del ejercicio anterior no rebasaron $3,500,000 (art. 113-E de la Ley del ISR), pagas entre 1 % y 2.5 % sobre los ingresos efectivamente cobrados y amparados con CFDI, sin aplicar deducción alguna, a más tardar el día 17 de cada mes. Desde 2026 esos pagos mensuales son definitivos: la regla 3.13.7 de la RMF 2026 releva al RESICO de personas físicas de presentar declaración anual por los ingresos del régimen, y quienes tributan en copropiedad pueden optar por presentarla. Si además percibes otros ingresos —un sueldo, por ejemplo—, la anual por esos sigue existiendo.

Lo que sí es de Nuevo León son otras dos cosas: a qué oficina del SAT te toca ir cuando un trámite exige presencia, y el impuesto estatal sobre nóminas, que no te alcanza mientras trabajes solo. En Monterrey el perfil más común de profesionista independiente es el consultor industrial, el especialista en calidad y el ingeniero que factura a corporativos y proveedores tier, y ahí es donde los números dejan de ser teoría.

¿Cuánto pagarías de ISR con tus ingresos?

La tabla mensual del artículo 113-E aplica la tasa al total de lo cobrado en el mes, no por tramos. Se calcula sobre los ingresos amparados por CFDI efectivamente cobrados, sin IVA y sin restar gastos: el RESICO no tiene deducciones, y eso incluye las deducciones personales.

Con $120,000 al mes cobrados, un consultor industrial cae en el renglón del 2.00 % y paga $2,400 de ISR. Ese es el número que hace atractivo al régimen y también el que engaña: si tienes gastos fuertes, no los vas a poder restar.

Ingresos del mes cobrados, sin IVATasa de ISR
Hasta $25,0001.00 %
Hasta $50,0001.10 %
Hasta $83,333.331.50 %
Hasta $208,333.332.00 %
Hasta $3,500,0002.50 %

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Cobrar con IVA o como asimilado: en Nuevo León la diferencia también es estatal

Un corporativo regiomontano suele ofrecer dos formas de contratarte: que factures honorarios con IVA, o que te pague como asimilado a salarios. Fiscalmente no son equivalentes, y en Nuevo León hay un efecto extra que casi nadie menciona.

Si te asimilas a salarios, pierdes el RESICO: la fracción IV del artículo 113-E de la Ley del ISR excluye a quien percibe los ingresos de las fracciones III a VI del artículo 94. Y además tu cliente entra en el objeto del impuesto estatal: el artículo 154 de la Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León grava los honorarios pagados a personas físicas que prestan servicios preponderantemente a un cliente cuando por ellos no se paga IVA.

Si facturas con IVA como profesionista independiente, conservas el RESICO y esos honorarios quedan fuera del objeto del impuesto estatal. Es un argumento concreto para la negociación, no una preferencia: está escrito en el artículo.

¿Qué te retienen cuando le facturas a una empresa?

Dos retenciones distintas, y conviene tenerlas claras antes de negociar tarifa. La persona moral te retiene el 1.25 % de ISR sobre el pago, sin considerar el IVA (art. 113-J de la Ley del ISR), y además dos terceras partes del IVA que le trasladas, porque recibe un servicio personal independiente de una persona física (art. 1o.-A, fr. II, inciso a) de la Ley del IVA, con la mecánica del art. 3 de su Reglamento).

Sobre una factura de $120,000 más IVA: el IVA trasladado es $19,200, te retienen $12,800 de IVA y $1,500 de ISR, y recibes $124,900. Ambas retenciones son a cuenta: el ISR retenido se considera en tu pago mensual y el IVA retenido se aplica en tu declaración de ese impuesto. No es dinero perdido, pero sí es flujo que no entra hoy.

El ISN de Nuevo León si decides contratar a alguien

Trabajando solo no lo causas. Cuando contratas personal bajo relación laboral, la tasa es del 3 % sobre la base del artículo 156 de la Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León, conforme al artículo 157. El alza al 4 % que se planteó en el paquete fiscal para 2026 no prosperó.

Para un despacho pequeño hay una facilidad que conviene pedir: el artículo 158 permite pagar de forma trimestral cuando el impuesto del ejercicio anterior no rebasó cierto umbral. Son cuatro declaraciones al año en lugar de doce.

¿Qué trámites exigen ir al SAT en Nuevo León?

Muy pocos: el RFC, la contraseña, las declaraciones y la facturación se hacen en línea. El único trámite que suele obligar a una cita presencial es la e.firma vencida hace más de un año; si lleva menos de doce meses vencida se renueva en línea con SAT ID o CertiSAT Web.

En Nuevo León esas citas corresponden a las Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente de Nuevo León, con módulos en el área metropolitana de Monterrey y se agendan en citas.sat.gob.mx. El trámite no tiene costo. Adultos mayores, personas con discapacidad y mujeres embarazadas o con lactantes son atendidos por la Fila Virtual sin cita previa.

¿Cómo trabaja Praxium con un profesionista de Monterrey?

Praxium es una consultoría fiscal con atención 100 % remota desde Ciudad de México. Para un RESICO eso funciona sin fricción: facturación, pagos mensuales, anual y revisión de retenciones ocurren en el portal del SAT y en una videollamada al mes. La primera sesión de diagnóstico es sin costo.

Con un profesionista regiomontano lo primero que revisamos es el contrato que te ofrece el corporativo: cómo está redactada la forma de pago decide si conservas el RESICO y si tu cliente causa o no el impuesto estatal.

Preguntas frecuentes

¿Puedo entrar al RESICO en cualquier momento del año?

Sí. La regla 3.13.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente permite ejercer la opción durante el ejercicio presentando el aviso correspondiente; no existe una ventana exclusiva de enero. Lo que sí debes cumplir son los requisitos del artículo 113-H de la Ley del ISR: estar activo en el RFC, al corriente conforme al artículo 32-D del CFF y fuera del listado del 69-B.

¿En RESICO puedo deducir mis gastos o mis deducciones personales?

No. Los artículos 113-E y 113-F de la Ley del ISR ordenan calcular el impuesto sobre los ingresos cobrados y amparados por CFDI, «sin aplicar deducción alguna»: ni gastos del negocio ni deducciones personales como colegiaturas o gastos médicos. Es la contrapartida de tasas de 1 % a 2.5 %.

¿Un profesionista en RESICO paga el Impuesto Sobre Nóminas de Nuevo León?

No, mientras trabaje solo. El impuesto estatal sobre nóminas grava las erogaciones por remuneraciones al trabajo personal subordinado y un profesionista sin empleados no realiza ninguna. La obligación nace con la primera contratación bajo relación laboral, y con ella la de inscribirse en el padrón estatal de Nuevo León.

¿Necesito un contador en Monterrey o puede ser remoto?

Puede ser remoto. Todo el cumplimiento de un RESICO ocurre en el portal del SAT: facturación y pago mensual definitivo del día 17, sin declaración anual por los ingresos del régimen. Lo único que puede requerir presencia es una e.firma vencida hace más de un año, y para eso basta una cita.

¿Me conviene que un corporativo me pague como asimilado a salarios?

Pierdes el RESICO si aceptas. La fracción IV del artículo 113-E de la Ley del ISR excluye del régimen a quien percibe los ingresos de las fracciones III a VI del artículo 94, entre ellos los asimilados a salarios. En Nuevo León hay un efecto adicional: el artículo 154 de la Ley de Hacienda del Estado grava esos honorarios preponderantes cuando no se paga IVA por ellos, así que el costo también se le mueve a tu cliente.

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Revisamos el esquema de pago que te propone tu cliente y qué te conviene facturar para conservar el RESICO y tu flujo.