Cumplimiento Fiscal

CUFIN y CUCA: qué son y por qué importan al repartir utilidades

8 minPor Miguel Ángel González Medina
Asesor explicando a un consejo en sala de juntas cómo se integran la CUFIN y la CUCA antes de aprobar un reparto de utilidades a los socios

La CUFIN registra las utilidades que ya pagaron ISR corporativo (art. 77 LISR): repartir dividendos con saldo en ella no cuesta más impuesto a la empresa. La CUCA registra el capital aportado (art. 78) y permite devolverlo sin impuesto. Sin saldo en la cuenta correcta, el reparto paga ISR dos veces.

¿Tu empresa ha repartido utilidades sin llevar la CUFIN?

¿Qué es la CUFIN y qué es la CUCA?

La CUFIN (Cuenta de Utilidad Fiscal Neta) es el registro de las utilidades de tu empresa que ya pagaron el 30 % de ISR corporativo; la lleva toda persona moral por obligación del art. 77 LISR. Su función es una sola: cuando la asamblea decreta dividendos y hay saldo suficiente en la CUFIN, la sociedad no paga ISR adicional por repartirlos; solo retiene el 10 % al socio persona física, que además acumula el dividendo en su declaración anual piramidado por 1.4286 y acredita el ISR que ya pagó la sociedad (art. 140 LISR). Si el dividendo rebasa la CUFIN, la empresa paga 30 % sobre el excedente multiplicado por 1.4286 (art. 10 LISR): la misma utilidad tributa dos veces.

La CUCA (Cuenta de Capital de Aportación) es el registro del dinero que los socios metieron a la sociedad como capital, actualizado por inflación (art. 78 LISR). Sirve para lo contrario: devolverle a un socio su aportación mediante una reducción de capital sin que se considere utilidad distribuida, siempre que el reembolso no exceda el saldo de la CUCA por acción. Son dos cuentas fiscales, no contables: no aparecen en tus estados financieros, viven en papeles de trabajo, y son parte de las obligaciones fiscales de una persona moral que más se descuidan.

¿Cómo se integra la CUFIN?

Cada ejercicio calculas la UFIN (utilidad fiscal neta del ejercicio) y la sumas a la cuenta. La fórmula del art. 77 LISR es: resultado fiscal, menos el ISR pagado conforme al art. 9, menos las partidas no deducibles (excepto las reservas de las fracciones VIII y IX del art. 28). La PTU pagada ya se restó al determinar el resultado fiscal, así que no vuelve a restarse: el SAT lo confirmó en su criterio normativo 36/ISR/N. El saldo se actualiza por inflación al cierre de cada ejercicio y en la fecha en que pagas dividendos.

MovimientoEfecto en la CUFINFundamento
UFIN del ejercicio (resultado fiscal − ISR − no deducibles)Sumaart. 77 párrafo 3 LISR
Dividendos recibidos de otras personas morales mexicanasSumaart. 77 párrafo 1 LISR
Dividendos o utilidades que pagas a tus sociosRestaart. 77 párrafo 1 LISR
Utilidades distribuidas por reducción de capital (art. 78)Restaart. 77 y 78 LISR
Ejercicio con ISR + no deducibles mayores al resultado fiscal (UFIN negativa)Se resta del saldo o de las UFIN futurasart. 77 párrafo 4 LISR
Actualización por INPC al cierre y al pagar dividendosAjusta el saldoart. 77 párrafo 2 LISR
Utilidades de 2013 y anteriores (CUFIN separada)No causan el 10 % del art. 140 al repartirseart. Noveno transitorio fr. XXX, LISR 2014

¿Tu empresa ha repartido utilidades sin llevar la CUFIN?

Ejemplo con números: repartir $400,000 con y sin CUFIN

Una S.A. de C.V. cierra 2025 con resultado fiscal de $1,000,000, paga $300,000 de ISR y tiene $60,000 de gastos no deducibles. Su UFIN 2025 es $640,000 y ese es el saldo de su CUFIN (sin actualizar, para simplificar). En junio de 2026 la asamblea decreta dividendos. La tabla compara dos decisiones.

ConceptoReparte $400,000 (cabe en CUFIN)Reparte $800,000 (excede la CUFIN por $160,000)
ISR corporativo adicional (art. 10 LISR)$0$160,000 × 1.4286 × 30 % = $68,573
Retención del 10 % al socio persona física (art. 140)$40,000$80,000
Neto que recibe el socio$360,000$720,000
Saldo de CUFIN después del reparto$240,000$0
ISR del art. 10 acreditable por la empresaNo aplicaSí, en el ejercicio y los dos siguientes (art. 10 fr. I)

¿Cómo se integra la CUCA y cuándo la usas?

La CUCA suma las aportaciones de capital y las primas por suscripción de acciones, y resta las reducciones de capital; todo actualizado por inflación desde la fecha de cada movimiento (art. 78 LISR). No suma las utilidades capitalizadas ni las reinversiones. Cuando la sociedad reduce capital para devolver dinero a un socio, el art. 78 hace dos comparaciones: primero el reembolso por acción contra la CUCA por acción (fr. I), y después el capital contable contra la CUCA total (fr. II). Todo lo que exceda se trata como utilidad distribuida y paga ISR como si fuera dividendo, con CUFIN o con el art. 10 si no la hay.

CUFINCUCA
Qué registraUtilidades que ya pagaron ISRCapital aportado por los socios
Se integra conUFIN de cada ejercicio + dividendos cobrados de otras PMAportaciones + primas por suscripción − reducciones
Permite, sin ISR corporativo adicionalPagar dividendosReembolsar capital
Lo que sí paga el socio persona física10 % de retención definitiva (art. 140)Nada, hasta el saldo de CUCA por acción
Si el reparto excede el saldo30 % sobre el excedente × 1.4286 (art. 10)El excedente es utilidad distribuida: CUFIN o art. 10
Fundamentoart. 77 LISRart. 78 LISR

¿Por qué importan al momento de repartir utilidades?

Porque son las dos únicas puertas por las que el dinero de la empresa llega al socio sin un impuesto extra: dividendo con CUFIN o reembolso con CUCA. Cualquier otra salida cuesta más: un préstamo al socio que no cumple las condiciones de la fr. II del art. 140 —que sea consecuencia normal de la operación, con plazo menor a un año, interés al menos igual a la tasa de recargos por prórroga y cumplimiento efectivo de lo pactado— se trata como dividendo ficto, y lo mismo pasa con las erogaciones no deducibles que benefician a los accionistas, como los gastos personales pagados por la empresa (fr. III). Ese tema está en la ficha del art. 140 LISR; aquí lo relevante es que la CUFIN también protege en esos casos, porque un dividendo ficto con saldo de CUFIN evita al menos el impuesto del art. 10.

Un matiz que confunde: la PTU no sale de la CUFIN ni de la CUCA. Es una obligación laboral que se calcula sobre la renta gravable (art. 9 LISR) y se paga a los trabajadores, no a los socios; ver PTU 2026: cálculo, fechas y topes. Y el coeficiente de utilidad que usas para pagos provisionales no tiene nada que ver con el saldo de estas cuentas, aunque los tres números salgan de la misma declaración anual.

El error común y qué hacer hoy

El error más caro es no llevar la CUFIN desde el primer ejercicio y «reconstruirla» el día que la asamblea quiere repartir: sin papeles de trabajo, no puedes probar que la utilidad ya pagó ISR y la sociedad termina pagando el art. 10 sobre todo el dividendo. El segundo es repartir utilidades contables (las del estado de resultados) sin verificar que la CUFIN fiscal las respalde: las dos cifras casi nunca coinciden por las partidas no deducibles y el ajuste anual por inflación. Lo que conviene hacer:

  1. Pide a tu contador el papel de trabajo de CUFIN y CUCA actualizado al último ejercicio; si no existe, reconstrúyelo con las declaraciones anuales desde la constitución.
  2. Antes de cualquier asamblea que decrete dividendos, compara el monto con el saldo de CUFIN actualizado a la fecha de pago.
  3. Si vas a devolver capital a un socio, calcula primero la CUCA por acción: el exceso se grava como dividendo.
  4. Integra CUFIN y CUCA al [cierre anual de la empresa](/blog/cierre-anual-de-una-empresa-checklist) como un punto fijo del checklist, con la actualización por INPC.
  5. Corre el [Diagnóstico de Riesgo Fiscal](/herramientas/diagnostico-fiscal) si la empresa ha pagado dividendos o hecho préstamos a socios sin estos controles.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la CUFIN en pocas palabras?

Es la Cuenta de Utilidad Fiscal Neta: el registro de las utilidades de una persona moral que ya pagaron el ISR corporativo del 30 % (art. 77 LISR). Mientras los dividendos que reparte salgan de ese saldo, la empresa no paga ISR adicional. Para el socio persona física la retención del 10 % (art. 140 LISR) es definitiva, pero el dividendo sí se acumula en su anual piramidado por 1.4286, acreditando el ISR que ya pagó la sociedad.

¿Cómo se calcula la UFIN del ejercicio?

Resultado fiscal del ejercicio, menos el ISR pagado conforme al art. 9 LISR, menos las partidas no deducibles, excepto las reservas de las fracciones VIII y IX del art. 28 (art. 77 párrafo 3 LISR). La PTU no se resta otra vez porque ya redujo el resultado fiscal, según el criterio normativo 36/ISR/N del SAT. Si el resultado es negativo, disminuye el saldo de la cuenta.

¿Qué pasa si reparto dividendos sin saldo en la CUFIN?

La sociedad paga ISR sobre el dividendo que no provenga de CUFIN: lo multiplica por el factor 1.4286 y aplica el 30 % (art. 10 LISR). Ese impuesto puede acreditarse contra el ISR del ejercicio y de los dos siguientes. Además retiene el 10 % al socio persona física (art. 140 LISR), igual que si hubiera CUFIN.

¿Qué es la CUCA y para qué sirve?

La Cuenta de Capital de Aportación registra el capital que los socios aportaron a la sociedad, más las primas por suscripción de acciones y menos las reducciones, todo actualizado por inflación (art. 78 LISR). Permite reembolsar capital a un socio sin que se trate como utilidad distribuida, hasta el saldo de CUCA por acción; el excedente paga ISR como dividendo.

¿La CUFIN y la CUCA aparecen en los estados financieros?

No. Son cuentas fiscales que se llevan en papeles de trabajo y se reportan en la declaración anual de la persona moral; no forman parte de la contabilidad financiera. Por eso la utilidad contable acumulada casi nunca coincide con la CUFIN: las partidas no deducibles y el ajuste por inflación las separan.

¿Tu empresa ha repartido utilidades sin llevar la CUFIN?

El Diagnóstico de Riesgo Fiscal detecta si hay dividendos, préstamos a socios o reducciones de capital sin el respaldo de CUFIN y CUCA, y te dice qué reconstruir antes de que lo pregunte el SAT.