Estrategia Empresarial

Defensa fiscal ante el SAT en Toluca: quién responde por la deuda

7 minPor Miguel Ángel González Medina
Contadora revisando CFDI en el portal del SAT con dos monitores en una oficina — defensa fiscal y responsabilidad solidaria para empresas del corredor industrial de Toluca

En Toluca están la delegación de la PRODECON y la Sala Regional del Estado de México II del Tribunal; la I está en Naucalpan. Y hay una pregunta que llega antes que el plazo: si la empresa no puede pagar, ¿a quién le cobran? El artículo 26 del CFF responde.

Revisemos tu notificación antes de que corra el plazo

¿Ante quién se defiende una empresa de Toluca?

Los plazos son federales y corren igual en todo el país: 30 días hábiles para el recurso de revocación desde que surte efectos la notificación (art. 121 CFF) y 30 para el juicio de nulidad (art. 13, fracción I de la LFPCA). Lo que cambia con tu domicilio fiscal es la ventanilla: en Toluca te corresponden la ADSC del SAT que corresponda a tu domicilio fiscal en el valle de Toluca, la delegación de la PRODECON en Toluca y, si el asunto llega a juicio, la Sala Regional en el Estado de México II y Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con sede en Toluca —la Primera y la Segunda Sala Regional en el Estado de México I están en Naucalpan de Juárez—.

El Estado de México es de los pocos estados con salas en dos ciudades, y la que corresponde depende de dónde esté tu domicilio fiscal. Si operas en el corredor Toluca-Lerma, la sala de Toluca es la tuya; si tu razón social está domiciliada en el valle de México, el expediente puede turnarse a Naucalpan.

SituaciónDónde se atiende desde TolucaPlazo y fundamento
Te notificaron una liquidación a la empresaRecurso de revocación por buzón tributario30 días hábiles (art. 121 CFF)
Te quieren cobrar como administrador o socioSe combate la resolución que determina la responsabilidad solidaria30 días hábiles desde su notificación (art. 121 CFF; supuestos del art. 26 CFF)
Te restringieron el sello digitalAclaración por el portal del SAT40 días para presentarla; el SAT resuelve en 10 (art. 17-H Bis CFF)
Estás en auditoría y buscas acuerdoDelegación de la PRODECON en TolucaHasta 20 días después del acta final, el oficio de observaciones o la resolución provisional (art. 69-C CFF)
Vas a juicio de nulidadSala Regional del Estado de México II, en Toluca, o Juicio en Línea30 días hábiles (art. 13 fr. I LFPCA)
El adeudo es del impuesto estatal sobre erogacionesSecretaría de Finanzas del Estado de MéxicoVence el día 10 (art. 58 del Código Financiero del Estado)

Responsabilidad solidaria: cuándo la deuda deja de ser solo de la empresa

El artículo 26 del CFF enumera a los responsables solidarios, y dos fracciones son las que más sorprenden a quien dirige una PYME industrial. La fracción III alcanza a los liquidadores y síndicos y a quien tenga conferida la dirección general, la gerencia general o la administración única de la persona moral, por las contribuciones causadas o no retenidas durante su gestión, en la parte del interés fiscal que no alcance a garantizarse con los bienes de la sociedad, y sólo cuando la persona moral incurre en alguno de los nueve supuestos de los incisos a) a i) de la fracción X del mismo artículo.

La fracción X alcanza a los socios o accionistas, por las contribuciones causadas cuando tenían esa calidad, también en la parte que no se cubra con los bienes de la sociedad, en la proporción del control efectivo y sin exceder de su participación en el capital social. Los supuestos que disparan ambas fracciones son conductas concretas: no solicitar la inscripción al RFC; cambiar de domicilio sin aviso después de notificado el inicio de facultades de comprobación o un crédito fiscal; no llevar contabilidad, ocultarla o destruirla; desocupar el local del domicilio fiscal sin dar aviso; no localizarse en el domicilio registrado ante el RFC; omitir enterar contribuciones retenidas o recaudadas; y aparecer en los listados definitivos de los artículos 69-B o 69-B Bis del CFF.

La lectura práctica: la responsabilidad solidaria no se activa por tener deudas, sino por esas conductas. Mantener el domicilio fiscal actualizado, conservar la contabilidad y avisar los cambios es lo que mantiene la deuda dentro de la sociedad. Y si ya te notificaron una resolución que te determina responsable solidario, esa resolución se impugna por derecho propio, con sus propios 30 días hábiles.

Revisemos tu notificación antes de que corra el plazo

Las otras rutas, con su plazo

Las demás rutas y sus plazos, todas iniciables desde Toluca sin acudir a ninguna oficina:

  • Recurso de revocación: 30 días hábiles por buzón tributario, optativo antes del juicio (arts. 120 y 121 CFF); la autoridad resuelve en 3 meses (art. 131 CFF).
  • Acuerdo conclusivo ante la PRODECON: procede desde que inician las facultades de comprobación y hasta veinte días después del acta final, el oficio de observaciones o la resolución provisional (art. 69-C CFF), con reducción del 100 % de las multas si es el primero (art. 69-G CFF).
  • Aclaración por restricción del CSD: presentada, el certificado se restablece al día siguiente y se mantiene hasta resolver (art. 17-H Bis CFF).
  • Representación legal gratuita de la PRODECON hasta 30 veces la UMA elevada al año: $1,283,839.20, con el valor anual de la UMA 2026 de $42,794.64 (INEGI, DOF 09-01-2026).

El crédito que no va al SAT: lo estatal en el Estado de México

El impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal lo administra la Secretaría de Finanzas del Estado de México desde su portal de servicios al contribuyente: la tasa es del 3.0 % (art. 57 del Código Financiero del Estado de México y Municipios) y la declaración vence el día 10 del mes siguiente (art. 58), siete días antes que tus federales. Un crédito por ese impuesto no se impugna ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa: se atiende ante la autoridad estatal y, en su caso, ante el tribunal de justicia administrativa del estado, que la Constitución obliga a tener a cada entidad (art. 116, fracción V).

Las dos capas se tocan en un punto: la opinión de cumplimiento del artículo 32-D del CFF es federal, pero muchos contratantes piden además la constancia estatal. Perder un contrato por un adeudo local con la opinión federal en positivo pasa más de lo que parece.

Cómo trabaja Praxium un caso de Toluca

Con atención 100 % remota desde Ciudad de México: no tenemos oficina ni teléfono en Toluca y no hace falta. El recurso se presenta por buzón tributario, la aclaración por el portal del SAT y el juicio puede tramitarse por el Sistema de Justicia en Línea del Tribunal (arts. 58-A a 58-S LFPCA), que permite demandar, ofrecer pruebas y alegar desde cualquier punto del país. Si hay riesgo de responsabilidad solidaria, lo primero que revisamos es el domicilio fiscal y la contabilidad, no el monto.

Lo primero es leer el acto y el acuse de notificación para fijar la fecha exacta en que vence tu plazo: el cómputo arranca cuando la notificación surte efectos (art. 135 CFF) y casi todas llegan por buzón tributario (art. 17-K CFF). Praxium es una consultoría fiscal: no litigamos materia penal ni amparos, y cuando el caso los exige lo decimos de frente y te acercamos a un abogado aliado. La primera valoración es sin costo.

Preguntas frecuentes

¿Le pueden cobrar al administrador único la deuda de la empresa?

Solo en los supuestos del artículo 26, fracción III del CFF: por contribuciones causadas o no retenidas durante su gestión, en la parte del interés fiscal que no alcance a garantizarse con los bienes de la sociedad, y cuando la persona moral incurra en alguno de los nueve supuestos de los incisos a) a i) de la fracción X del mismo artículo: entre ellos no inscribirse en el RFC, no localizarse en el domicilio registrado, omitir enterar contribuciones retenidas o aparecer en los listados de los artículos 69-B o 69-B Bis.

¿Los socios responden por los impuestos de la sociedad?

En los mismos supuestos, conforme al artículo 26, fracción X del CFF: respecto de las contribuciones causadas cuando tenían esa calidad, en la parte que no se cubra con bienes de la sociedad, en la proporción del control efectivo y sin exceder de su participación en el capital social. No es una responsabilidad automática por ser accionista.

¿Qué Sala Regional del TFJA me toca en el Estado de México?

Depende de tu domicilio fiscal. En Toluca está la Sala Regional en el Estado de México II y Auxiliar; en Naucalpan de Juárez, la Primera y la Segunda Sala Regional en el Estado de México I. En cualquier caso, el juicio puede tramitarse por el Sistema de Justicia en Línea (arts. 58-A y siguientes de la LFPCA).

¿Se puede impugnar la resolución que me declara responsable solidario?

Sí. Esa resolución es un acto autónomo que te afecta directamente, así que puedes combatirla con recurso de revocación dentro de los 30 días hábiles del artículo 121 del CFF o en juicio de nulidad en el mismo plazo. El punto central suele ser si realmente se actualizó alguno de los supuestos del artículo 26.

Revisemos tu notificación antes de que corra el plazo

Leemos el acto, calculamos la fecha real de vencimiento y te decimos qué ruta conviene desde Toluca. La primera valoración es sin costo.