Estrategia Empresarial

Planeación fiscal para empresas en Toluca 2026

6 minPor Miguel Ángel González Medina
Consultora explicando en un pizarrón el esquema de planeación fiscal anual de una empresa — palancas estatales del Estado de México para compañías del corredor industrial de Toluca

El Estado de México cobra 3 % de impuesto sobre nóminas (art. 57 del Código Financiero) contra el 4 % de la capital, y subsidia al 100 % ese impuesto durante 36 meses a la empresa que traslada su fuente de empleo desde otra entidad. Sobre una nómina de $450,000 la diferencia se vuelve real.

Veamos si estás dejando el subsidio mexiquense en la mesa

¿Qué se planea en Toluca que no se planea en la CDMX?

El impuesto sobre nóminas y el subsidio que lo acompaña. El artículo 57 del Código Financiero del Estado de México y Municipios fija la tasa del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal en 3 % sobre la base gravable, y el artículo 58 obliga a pagarlo a más tardar el día 10 del mes siguiente. En Ciudad de México ese mismo impuesto es del 4 % desde el 1 de enero de 2025 (art. 158 del Código Fiscal de la CDMX). Un punto de diferencia suena poco hasta que lo multiplicas por doce meses y por tu plantilla real.

El subsidio del 100 % para quien mueve su fuente de empleo

Es la palanca mexiquense más desaprovechada. Con fundamento en el artículo 13 de la Ley de Ingresos del Estado de México, la Secretaría de Finanzas publica cada año las Reglas de carácter general para acceder al subsidio en materia del ISERTP, que otorgan un subsidio del 100 % del impuesto a cuatro supuestos: empleos generados para trabajadores de 60 años o más y para egresados de niveles técnico, tecnológico o profesional, por 36 meses; empresas que trasladan al estado su fuente de empleo desde otra entidad —incluida Ciudad de México—, por 36 meses contados desde el mes del cambio; empresas que inician operaciones en el estado, por 36 meses y por las plazas con las que arrancan; y plazas para personas que acceden por primera vez al mercado laboral, por 24 meses.

El detalle operativo importa tanto como el beneficio: no media resolución de autoridad. El subsidio se aplica de forma automatizada cuando presentas la declaración mensual electrónica y eliges ahí la modalidad que te corresponde, capturando por trabajador la CURP, el RFC, la base gravable, el número de seguridad social y la fecha de contratación. Eso significa que si nadie eligió la modalidad, nadie la va a corregir por ti: el impuesto se pagó completo y el subsidio se perdió mes a mes.

Las condiciones también son operativas: estar al corriente en las contribuciones estatales, estar inscrito en el Registro Estatal de Contribuyentes y —en los supuestos de contratación— que el personal permanezca laborando de forma ininterrumpida durante el periodo subsidiado. Los porcentajes y supuestos se revisan cada ejercicio, así que confirma las reglas del año antes de construir el caso de negocio.

Veamos si estás dejando el subsidio mexiquense en la mesa

El número, con una nómina de $450,000 al mes

Así se ve la diferencia entre operar del lado mexiquense o del lado capitalino, con y sin subsidio.

EscenarioNormaImpuesto mensualAl año
Nómina de $450,000 en Toluca3 % · art. 57 Código Financiero del Edomex$13,500$162,000
La misma nómina en Ciudad de México4 % · art. 158 Código Fiscal de la CDMX$18,000$216,000
Diferencia por la sola ubicación—$4,500$54,000
Traslado de la fuente de empleo, con subsidioArt. 13 Ley de Ingresos del Edomex y Reglas de carácter general$0 durante 36 meses$486,000 en tres años

Lo que cambió para 2026 y a quién le cambió

El decreto publicado en la Gaceta del Gobierno el 17 de diciembre de 2025, vigente desde el 1 de enero de 2026, reformó los artículos 56 y 57 del Código Financiero. La tasa se mantuvo en 3 %, pero el artículo 56 ahora alcanza a quienes realizan pagos «en efectivo, especie o servicio» por concepto de remuneraciones: la palabra «servicio» no estaba y cierra un hueco de interpretación en esquemas de pago no monetario.

La reforma también incorporó una cuota preferencial para personas físicas con hasta cuatro trabajadores, aplicable sólo cuando las erogaciones mensuales no exceden el equivalente a 1.5 salarios mínimos por trabajador. Es un alivio real para el taller o el consultorio pequeño, y no aplica a personas morales. El monto de la cuota depende del salario mínimo vigente, así que conviene leerlo en el texto del año y no en una nota de blog.

Al otro extremo está el dictamen estatal del impuesto (arts. 47-A y 47-B del propio Código): crecer de plantilla puede acercarte a sus parámetros, y eso tiene un costo de cumplimiento que conviene presupuestar antes de que aparezca a mitad del año.

El corredor Toluca-Lerma y sus deducciones típicas

El perfil dominante alrededor de Toluca es industrial y logístico: manufactura, autopartes, plásticos y centros de distribución que sirven al Valle de México. Para ese perfil, la planeación se concentra en el activo fijo y en la nave: la depreciación de maquinaria y equipo conforme a los por cientos máximos de los artículos 34 y 35 de la Ley del ISR, las construcciones y adaptaciones, el equipo de transporte y los gastos de mantenimiento.

Todos comparten los requisitos del artículo 27 de la Ley del ISR —estrictamente indispensables, con CFDI y, arriba de dos mil pesos, pagados con transferencia, cheque nominativo o tarjeta— y un detalle que en almacenes se olvida: las mejoras a un inmueble arrendado son inversión, no gasto del mes, y se deducen conforme a las reglas de inversiones, no se llevan al resultado de golpe.

Cómo trabaja Praxium con una empresa de Toluca

Con atención 100 % remota desde Ciudad de México. No tenemos oficina ni teléfono en Toluca y no hace falta: el ISERTP se declara en el portal de la Secretaría de Finanzas del Estado de México con clave del Registro Estatal de Contribuyentes, lo federal en el portal del SAT y las notificaciones llegan por buzón tributario (art. 17-K del CFF). Lo presencial se limita a lo notarial y a alguna cita de e.firma.

El orden de trabajo con una empresa mexiquense es: revisar si alguna contratación del año cae en un supuesto de subsidio y si la declaración lo está capturando; depurar la base del ISERTP contra el CFDI de nómina; verificar la distancia al dictamen estatal; y al final la estrategia de inversiones. La primera sesión de diagnóstico es sin costo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es el impuesto sobre nóminas en Toluca y cuándo se paga?

El 3 % sobre la base gravable, conforme al artículo 57 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, y se paga a más tardar el día 10 del mes siguiente según el artículo 58. Es uno de los vencimientos más tempranos del país, una semana antes que tus declaraciones federales del día 17.

¿Conviene mudar la empresa de la CDMX al Estado de México por el impuesto?

Por el impuesto solo, la diferencia es de un punto: 3 % en el Estado de México frente a 4 % en Ciudad de México (art. 158 del Código Fiscal capitalino). Lo que puede mover la decisión es el subsidio del 100 % por 36 meses que las Reglas estatales otorgan a quien traslada su fuente de empleo desde otra entidad. La mudanza tiene otros costos: modélalos completos.

¿Cómo se solicita el subsidio del ISERTP en el Estado de México?

No se solicita con un escrito: las Reglas de carácter general de la Secretaría de Finanzas prevén que no media resolución de autoridad y que el subsidio se aplica de forma automatizada al presentar la declaración mensual electrónica, eligiendo ahí la modalidad y capturando por trabajador CURP, RFC, base gravable, número de seguridad social y fecha de contratación.

¿Qué cambió en el impuesto sobre nóminas del Edomex en 2026?

El decreto publicado en la Gaceta del Gobierno el 17 de diciembre de 2025 reformó los artículos 56 y 57 del Código Financiero. La tasa siguió en 3 %; el artículo 56 amplió el objeto a los pagos hechos «en servicio», además de efectivo y especie, y se incorporó una cuota preferencial para personas físicas con hasta cuatro trabajadores cuyas erogaciones no rebasen 1.5 salarios mínimos por trabajador.

Veamos si estás dejando el subsidio mexiquense en la mesa

Revisamos tus contrataciones del año contra los supuestos de subsidio, la base de tu ISERTP y tu distancia al dictamen estatal. Primera sesión sin costo.