Quien factura desarrollo o consultoría a clientes en el extranjero compra con IVA del 16 % y vende a tasa 0 %: el resultado es un saldo a favor de IVA permanente. Con $40,000 de gastos al mes son $76,800 al año que solo se recuperan pidiéndolos, en el plazo de 40 días hábiles del art. 22 del CFF.
Revisa tu residencia fiscal antes de facturar al extranjero
¿Qué deduce un consultor de TI?
En actividad profesional: el equipo vía depreciación, las licencias y servicios en la nube como gasto, la conexión, el coworking, la capacitación y los subcontratos. En RESICO, nada: los artículos 113-E y 113-F de la LISR calculan el impuesto sobre lo cobrado «sin aplicar deducción alguna», y la tasa máxima es del 2.50 %.
Pero en este giro la conversación de deducciones se queda corta, porque el dinero grande no está en el ISR: está en el IVA que pagas y nadie te devuelve si no lo pides.
El saldo a favor de IVA que casi nadie cobra
La exportación de servicios no es una regla general: es una lista cerrada. Si prestas el servicio como persona física, la tasa 0 % viene del último párrafo del artículo 29 de la LIVA, que la extiende a los residentes en el país que presten servicios personales independientes aprovechados en su totalidad en el extranjero por residentes en el extranjero sin establecimiento en México. Si facturas desde una sociedad, el supuesto es el artículo 29, fracción IV, inciso i) —desarrollo, integración y mantenimiento de aplicaciones o sistemas; procesamiento, almacenamiento y respaldo de información; alojamiento de aplicaciones; seguridad de la información y la continuidad de esos servicios— y hay que cumplir sus cuatro requisitos: infraestructura, personal y materiales en territorio nacional; IP del prestador en México y del receptor en el extranjero; el registro o número fiscal del cliente extranjero consignado en el CFDI; y pago electrónico desde cuentas en el extranjero a una cuenta tuya en un banco mexicano. El mismo inciso excluye los servicios prestados a través de redes privadas virtuales (VPN) y los que recaigan sobre bienes ubicados en territorio nacional.
Por cualquiera de las dos vías el efecto es el mismo: facturas a tasa 0 % pero sigues pagando 16 % en todo lo que compras —laptop, nube, coworking, internet, software—. Ese IVA es acreditable y, como no hay IVA trasladado contra el cual aplicarlo, se convierte en saldo a favor mes tras mes.
Con $40,000 mensuales de gastos con IVA, el saldo a favor es de $6,400 al mes y $76,800 al año. No se pierde, pero tampoco llega solo: se solicita en devolución y la autoridad tiene 40 días hábiles para resolver conforme al artículo 22 del CFF —tú tienes 20 días para atender un requerimiento si te lo hacen—. Y la obligación de devolver prescribe en los mismos términos y condiciones que un crédito fiscal (art. 22 CFF), es decir, en cinco años (art. 146 CFF); la propia solicitud de devolución cuenta como gestión de cobro que interrumpe la prescripción, salvo que te desistas de ella.
| Concepto mensual | Base | IVA |
|---|---|---|
| Servicios facturados al cliente en el extranjero | $110,000 | $0 (tasa 0 %) |
| Nube, licencias y herramientas | $18,000 | $2,880 acreditable |
| Coworking, internet y telefonía | $12,000 | $1,920 acreditable |
| Equipo, mantenimiento y capacitación | $10,000 | $1,600 acreditable |
| Saldo a favor del mes | — | $6,400 |
| Saldo a favor acumulado del año | — | $76,800 |
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Equipo, software y nube: qué es gasto y qué es inversión
Las suscripciones a la nube, las licencias por periodo y los dominios son gasto del ejercicio y se deducen al 100 %. El equipo es inversión: laptops, servidores, monitores, impresoras y unidades de almacenamiento se deducen al 30 % anual (art. 34 fr. VII LISR), y el mobiliario del escritorio al 10 % (fr. III).
Dos detalles del artículo 31 que cambian el cálculo: el monto original de la inversión incluye los fletes, seguros, derechos y honorarios aduanales del equipo importado —no solo el precio—, y la deducción empieza, a tu elección, en el ejercicio en que comiences a usar el bien o en el siguiente. Si compras el equipo en diciembre, conviene decidir eso con tu contador y no por inercia.
Si te pagan en dólares o en stablecoins
En dólares, el ingreso se convierte a pesos con el tipo de cambio al que hayas adquirido la moneda y, si no hubo adquisición, con el que el Banco de México publique en el DOF el día anterior a aquél en que se cause la contribución —o el último publicado, si ese día no hubo publicación—, conforme al tercer párrafo del artículo 20 del CFF. Conserva el estado de cuenta y el tipo de cambio del DOF que corresponda a cada cobro; es lo primero que se pide en una revisión de ingresos en moneda extranjera.
En criptomonedas o stablecoins el tratamiento es distinto: no son moneda de curso legal, así que cobrar en USDC es recibir un ingreso en bienes, que el artículo 90 de la LISR obliga a acumular al valor que tengan. Y cuando después conviertes ese cripto a pesos, la diferencia es una segunda operación con efecto fiscal propio. El detalle está en impuestos por criptomonedas en México.
¿Cuándo conviene dejar de ser persona física?
Tres señales, en este orden: cuando tus ingresos se acercan a los $3,500,000 y RESICO deja de ser opción; cuando empiezas a contratar gente y los sueldos, el IMSS y las prestaciones piden una estructura; y cuando un cliente o un inversionista te pide facturar desde una sociedad con gobierno corporativo.
Y una advertencia de secuencia: en cuanto seas socio o accionista de la sociedad, ya no puedes tributar en RESICO por lo que factures como persona física —el artículo 113-E, fracción I, de la LISR excluye del régimen a los socios, accionistas o integrantes de personas morales y a sus partes relacionadas—, así que el cambio de régimen se planea junto con la constitución, no después.
La SAPI es la figura que más se usa para escalar en tecnología porque admite series de acciones y cláusulas de inversión, con el costo de más obligaciones formales. Lo que implica en la práctica está en obligaciones fiscales de una SAPI; y si parte de tu ingreso viene del extranjero, revisa antes tu residencia fiscal con el simulador de doble tributación.
Errores comunes y qué hacer hoy
El error más caro es quedarse en RESICO por simplicidad mientras se acumulan saldos a favor de IVA que nunca se solicitan: el régimen de ISR no elimina tus obligaciones ni tus derechos en IVA.
- Revisa cada mes tu saldo a favor de IVA y decide si lo compensas o lo solicitas en devolución.
- Guarda el tipo de cambio del DOF del día anterior a cada cobro en moneda extranjera, o el de adquisición de la divisa si la compraste.
- Documenta que el servicio se aprovecha en el extranjero: es lo que sostiene la tasa 0 %.
- Separa licencias (gasto) de equipo (inversión al 30 %) en tu contabilidad.
- Si cobras en cripto, registra el valor del día del cobro y el de la conversión.
Preguntas frecuentes
¿Un consultor de TI que exporta genera saldo a favor de IVA?
Sí, casi siempre. Al facturar a tasa 0 % no trasladas IVA, pero el de tus compras sigue siendo acreditable, así que cada mes te queda saldo a favor. Con $40,000 de gastos mensuales con IVA son $6,400 al mes y $76,800 al año, que se recuperan solicitando la devolución.
¿Cuánto tarda el SAT en devolver un saldo a favor de IVA?
La autoridad tiene 40 días hábiles para resolver la solicitud, conforme al artículo 22 del CFF. Si te hace un requerimiento de información, tú cuentas con 20 días para atenderlo y el plazo de la autoridad se suspende. La obligación de devolver prescribe en los mismos términos y condiciones que un crédito fiscal (art. 22 CFF), es decir, en cinco años (art. 146 CFF).
¿En RESICO puedo deducir mi laptop y mis licencias?
No. Los artículos 113-E y 113-F de la LISR calculan el impuesto sobre los ingresos efectivamente cobrados sin aplicar deducción alguna. Lo que sí conservas es el IVA: sigues presentando tu declaración mensual de IVA, acreditando el de tus compras y, en su caso, generando saldo a favor.
¿Cómo declaro un pago recibido en stablecoins?
Como ingreso en bienes. Las criptomonedas no son moneda de curso legal en México, así que el artículo 90 de la LISR obliga a acumular el ingreso por el valor que tengan al recibirlo. La posterior conversión a pesos es una operación distinta, con su propio efecto fiscal que hay que registrar.
¿Cuándo conviene constituir una SAPI siendo consultor?
Cuando tus ingresos se acercan al tope de $3,500,000 de RESICO, cuando empiezas a contratar personal o cuando un cliente o inversionista exige facturar desde una sociedad con gobierno corporativo. Antes de eso, la estructura suele costar más en obligaciones formales de lo que ahorra en impuestos. Ten en cuenta la secuencia: al volverte accionista dejas de poder tributar en RESICO (art. 113-E, fr. I, LISR).
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