Son cuatro y desde el CFDI 4.0 es obligatorio elegir una: 01 con sustitución, 02 sin sustitución, 03 operación no realizada y 04 operación nominativa dentro de una factura global. La 01 exige el folio fiscal del comprobante que reemplaza al cancelado, y ese sustituto tiene que existir antes.
¿Quién revisa que tus CFDI cuadren cada mes?
¿Cuáles son los motivos de cancelación de un CFDI?
Cuatro, y desde la versión 4.0 del comprobante el campo es obligatorio: 01, comprobante emitido con errores con relación; 02, comprobante emitido con errores sin relación; 03, no se llevó a cabo la operación; y 04, operación nominativa relacionada en una factura global. La clave que elijas queda registrada en el acuse de cancelación y es lo que el SAT ve cuando cruza tus ingresos declarados contra tus comprobantes.
La diferencia práctica entre las cuatro es una sola pregunta: ¿va a haber otra factura en lugar de esta? Si la respuesta es sí, es la 01 y necesitas el folio fiscal (UUID) del comprobante que la sustituye, timbrado antes de cancelar. Si es no, es la 02, la 03 o la 04, según por qué desaparece. El paso a paso de la emisión está en la guía de cómo facturar en México.
Las cuatro claves, con su caso típico
Esta tabla es el criterio completo. Guárdala cerca del sistema de facturación: la elección se hace en segundos y no se puede deshacer.
| Clave | Cuándo se usa | ¿Pide folio del sustituto? | Ejemplo típico |
|---|---|---|---|
| 01 · Comprobante emitido con errores con relación | Hay un error de datos y vas a emitir otra factura correcta en su lugar | Sí: el UUID del comprobante sustituto, que debe estar timbrado antes | RFC, régimen fiscal o uso de CFDI equivocados; importe mal capturado |
| 02 · Comprobante emitido con errores sin relación | Hay un error pero no habrá factura sustituta | No | Se facturó dos veces la misma operación y una sobra |
| 03 · No se llevó a cabo la operación | La operación simplemente no ocurrió | No | Se anticipó la factura de un pedido que el cliente canceló |
| 04 · Operación nominativa relacionada en una factura global | La venta ya iba dentro de la factura global y el cliente pide su comprobante a nombre | No, pero se vuelve a emitir la global sin esa operación | Mostrador: el cliente regresa al día siguiente por su factura |
¿Quién revisa que tus CFDI cuadren cada mes?
Cómo elegir en treinta segundos
Cuatro preguntas en orden. La primera que respondas «sí» te da la clave.
- ¿La operación existió y sigue existiendo, pero la factura está mal? Timbra primero la correcta y cancela la vieja con la clave 01, relacionando el UUID nuevo.
- ¿La operación existió, la factura está mal y no habrá sustituta (por ejemplo, se duplicó)? Clave 02.
- ¿La operación no se realizó? Clave 03. No es «se canceló el pago»: es que no hubo venta ni servicio.
- ¿La venta ya estaba dentro de una factura global y el cliente pide la suya? Clave 04, y vuelve a emitir la global sin esa operación.
¿Hasta cuándo puedo cancelar?
El artículo 29-A del CFF, reformado en el decreto publicado en el DOF el 7 de noviembre de 2025, fija el límite: la cancelación procede a más tardar en el mes en que se deba presentar la declaración anual del ejercicio en que se expidió el comprobante. Pasado ese punto, la factura ya no se cancela y la corrección se hace por otra vía, normalmente con un CFDI de egreso.
El segundo filtro es la aceptación del receptor. Por regla, cancelar un CFDI de ingreso requiere que quien lo recibió acepte la solicitud a través del buzón tributario; si no responde en el plazo de la regla vigente de la Resolución Miscelánea Fiscal, se tiene por aceptada. La misma Resolución lista los comprobantes que se cancelan sin aceptación (entre otros, los de nómina, egreso y traslado, los emitidos a residentes en el extranjero y los de importe bajo). Confirma el plazo y el monto en el texto vigente antes de asumirlos.
Qué pasa si eliges mal la clave
El SAT no rechaza la cancelación por el motivo, pero el motivo queda grabado y cuenta. La 01 sin relacionar el sustituto deja un ingreso cancelado sin factura de reemplazo: en el cruce de CFDI contra declaraciones aparece como una caída de ingresos sin explicación, que es exactamente lo que dispara una carta invitación. La 03 usada para una operación que sí ocurrió es peor, porque contradice al depósito bancario que sí existe.
El error mecánico más frecuente es cancelar primero y timbrar el sustituto después: la clave 01 pide el UUID del nuevo comprobante, y si todavía no existe, el sistema te obliga a usar la 02 y la relación se pierde. El orden correcto es emitir, relacionar y cancelar, en ese orden.
El error común y qué hacer hoy
Cancelar no corrige tu declaración. Si el comprobante ya estaba en un mes declarado, la cancelación abre una diferencia en ISR y en IVA que se arregla aparte, y hay que revisarla en el mismo momento en que se cancela, no en la anual.
- Antes de cancelar, revisa si el CFDI ya entró en una declaración presentada: eso decide si además necesitas complementaria.
- Si va a haber factura nueva, timbra primero la correcta y guarda su UUID.
- Avisa al receptor antes de mandar la solicitud: la aceptación llega por su buzón tributario y ahí se atora.
- Documenta por qué elegiste la clave; el acuse de cancelación no lo explica.
- Si el ejercicio ya cerró, no insistas con la cancelación: valora un CFDI de egreso con tu contador.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos motivos de cancelación de CFDI existen?
Cuatro: 01 comprobante emitido con errores con relación, 02 comprobante emitido con errores sin relación, 03 no se llevó a cabo la operación y 04 operación nominativa relacionada en una factura global. Desde la versión 4.0 del CFDI el campo es obligatorio y la clave elegida queda registrada en el acuse de cancelación.
¿Cuál es la diferencia entre el motivo 01 y el 02?
La sustitución. La clave 01 se usa cuando vas a emitir otra factura en lugar de la cancelada y exige capturar el folio fiscal (UUID) de ese comprobante sustituto, que debe estar timbrado antes. La clave 02 se usa cuando la factura estaba mal pero no habrá reemplazo, por ejemplo si se duplicó la misma operación.
¿Qué motivo uso si el cliente me pide factura de una venta de mostrador?
La clave 04, operación nominativa relacionada en una factura global. Se cancela la factura global que ya incluía esa venta, se vuelve a emitir sin ella y se expide el comprobante a nombre del cliente. Es el caso típico de comercios y restaurantes cuando el consumidor regresa al día siguiente a pedir su factura.
¿Hasta cuándo puedo cancelar una factura?
A más tardar en el mes en que se deba presentar la declaración anual del ejercicio en que se expidió el comprobante, conforme al artículo 29-A del CFF reformado en el decreto del 7 de noviembre de 2025. Después de esa fecha la cancelación ya no procede y la corrección se hace normalmente con un CFDI de egreso.
¿El receptor tiene que aceptar la cancelación?
En los CFDI de ingreso, sí: la solicitud llega a su buzón tributario y, si no responde dentro del plazo de la regla vigente de la Resolución Miscelánea, se tiene por aceptada. Hay comprobantes que se cancelan sin aceptación, como los de nómina, egreso y traslado o los emitidos a residentes en el extranjero. Confirma la lista en el texto vigente.
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