Estrategia Empresarial

Contabilidad para empresas en Toluca: el día 10 y la nómina partida

6 minPor Miguel Ángel González Medina
Operaria con casco trabajando una pieza metálica en una planta industrial — contabilidad mensual de una empresa manufacturera en Toluca, Estado de México

El impuesto estatal del Edomex vence el día 10, una semana antes que las federales. Y si tienes oficina en Ciudad de México y planta en Toluca, tu nómina se declara dos veces: 3 % en el Estado de México y 4 % en la capital, en dos portales y en dos fechas.

¿Qué declara cada mes una empresa en Toluca?

Lo estatal el día 10 y lo federal el 17. En el Estado de México el impuesto local se llama Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal: la tasa es del 3 % sobre el total de las erogaciones por trabajo personal prestado dentro del territorio del estado (art. 57 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, que remite al objeto y a los sujetos del art. 56); el entero se hace mediante declaración a más tardar el día 10 del mes siguiente (art. 58), en el Portal de Servicios al Contribuyente de la Secretaría de Finanzas. Y si proporcionas trabajadores a terceros o contratas ese servicio en el estado, súmale la declaración anual informativa de los dos primeros meses del año (art. 58 Bis). Lo federal no cambia: ISR provisional (art. 14 LISR), IVA (art. 5-D LIVA), DIOT (art. 32 fr. VIII LIVA), retenciones de sueldos (art. 96 LISR) y cuotas del IMSS (art. 39 LSS).

El municipio entra una vez al año, con el refrendo de la licencia de funcionamiento y el predial ante el ayuntamiento donde operes: Toluca, Lerma o Metepec son tres autoridades distintas. Praxium atiende a empresas del corredor Toluca-Lerma 100 % en remoto desde Ciudad de México, sin dirección ni teléfono local.

Calendario del mes y del año en el Estado de México

Con el vencimiento el día 10, el cierre de nómina se adelanta a los primeros días del mes.

ObligaciónCuándo venceAnte quiénFundamento
Impuesto sobre erogaciones 3 %Día 10 del mes siguienteSecretaría de Finanzas del Estado de MéxicoArts. 57 y 58 Código Financiero del Estado de México y Municipios
Declaración anual informativa (solo si proporcionas o contratas personal de terceros)Dentro de los dos primeros meses del añoSecretaría de Finanzas del Estado de MéxicoArt. 58 Bis Código Financiero del Estado de México y Municipios
Subsidios por empleos nuevosSe aplican en la declaración mensual, con reglas de carácter generalSecretaría de Finanzas del Estado de MéxicoArt. 11 Ley de Ingresos del Estado de México 2026
Pago provisional de ISRDía 17 del mes siguienteSATArt. 14 LISR
IVA del mes y DIOTDía 17 del mes siguienteSATArt. 5-D LIVA y art. 32 fr. VIII LIVA
Retenciones de ISR de sueldos y cuotas IMSSDía 17 del mes siguienteSAT / IMSSArt. 96 LISR y art. 39 LSS
Nómina de la oficina en CDMXDía 17 del mes siguiente, al 4 %Secretaría de Administración y Finanzas de la CDMXArt. 158 Código Fiscal de la Ciudad de México
INFONAVIT y RCV bimestralesDía 17 de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembreINFONAVIT / IMSSArt. 35 Ley del INFONAVIT
Declaración anual de la empresa31 de marzoSATArt. 76 fr. V LISR
Licencia de funcionamiento y predialRefrendo anual, en los plazos de la Ley de Ingresos municipalToluca, Lerma o MetepecLegislación municipal vigente

Un cierre real: planta en Toluca y oficina comercial en la CDMX

Nómina del mes: $560,000 en la planta de Toluca y $240,000 en la oficina de la capital. No es una sola declaración: el impuesto grava el trabajo prestado en cada territorio, así que la planta paga 3 % en el Estado de México —$16,800, el día 10— y la oficina paga 4 % en Ciudad de México —$9,600, el día 17, conforme al art. 158 del Código Fiscal de la CDMX, que subió la tasa al 4 % desde el 1 de enero de 2025—. Total $26,400 en dos portales y dos fechas. Meter todo en una sola entidad, por comodidad, es pagar de más en un lado y quedar omiso en el otro.

El resto del mes: $3,000,000 facturados más $480,000 de IVA, gastos con IVA acreditable por $2,000,000 con $320,000 de IVA y coeficiente de utilidad 0.09. El IVA a cargo es $160,000 y el pago provisional de ISR del primer mes del ejercicio, $81,000 ($3,000,000 × 0.09 = $270,000 de utilidad fiscal estimada, por la tasa del 30 % del art. 9 LISR). El calendario real del mes, entonces, tiene tres paradas: 10, 17 y 17.

Los subsidios del Edomex no llegan solos

El art. 11 de la Ley de Ingresos del Estado de México 2026 concede subsidios al impuesto sobre erogaciones por generación de empleos nuevos, con distintas duraciones según el supuesto —reubicación o inicio de operaciones, incremento de plantilla, contratación de personas de 60 años o más, recién egresados, primer empleo, personas trabajadoras del hogar, entre otros— y con la plantilla declarada en el ejercicio anterior como base de comparación. Las condiciones, los plazos de solicitud y la forma de acreditarlos los fijan las reglas de carácter general de la Secretaría de Finanzas: confírmalas antes de aplicar cualquier porcentaje, porque cambian de ejercicio a ejercicio.

Lo que no cambia es el orden de los pasos: primero el alta en el Registro Estatal de Contribuyentes, después la declaración mensual del día 10, y el subsidio se aplica en esa declaración con el soporte de tu plantilla. Si la base de comparación está mal armada —por ejemplo, porque nunca se declaró bien la plantilla del año anterior— el beneficio se pierde por un tema documental, no por el fondo.

¿Qué entrega tu contador cada mes y qué no cambia por la ciudad?

Lo federal es idéntico en Toluca y en Ciudad de México: mismos artículos, mismo buzón tributario (art. 17-K CFF), mismas fechas. Lo presencial se limita a tu e.firma en la ADSC de la zona metropolitana de Toluca (art. 17-D CFF) y a las firmas ante notario.

  1. Nómina separada por territorio: Estado de México y Ciudad de México, por trabajador.
  2. Declaración estatal del Edomex al día 10, con subsidios aplicados y acuse guardado.
  3. Declaración de la nómina capitalina al 4 % el día 17, si tienes personal en la CDMX.
  4. ISR provisional, IVA y DIOT al 17, con papel de trabajo por cada cifra.
  5. Expediente de plantilla del ejercicio anterior, que es la base de los subsidios.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se paga el impuesto sobre nóminas en Toluca?

A más tardar el día 10 del mes siguiente, mediante declaración ante la Secretaría de Finanzas del Estado de México, conforme al art. 58 del Código Financiero del Estado de México y Municipios. La tasa es del 3 % sobre las erogaciones por trabajo personal prestado en el estado (art. 57). Las federales vencen después, el día 17.

Tengo planta en Toluca y oficina en la CDMX, ¿dónde declaro la nómina?

En las dos entidades, por el personal de cada una: el impuesto grava el trabajo prestado en cada territorio. La nómina de Toluca paga 3 % al Estado de México el día 10 y la de la capital paga 4 % a la Ciudad de México el día 17 (art. 158 del Código Fiscal de la CDMX, vigente desde el 1 de enero de 2025). Son dos declaraciones y dos portales.

¿Cómo se aplican los subsidios del Estado de México por empleos nuevos?

En la declaración mensual del impuesto sobre erogaciones, con los supuestos y duraciones del art. 11 de la Ley de Ingresos del Estado de México 2026 y tomando como referencia la plantilla del ejercicio anterior. Las condiciones y la forma de acreditarlos están en las reglas de carácter general de la Secretaría de Finanzas: confírmalas para el ejercicio antes de aplicar un porcentaje.

¿Praxium lleva la contabilidad de empresas de Toluca en remoto?

Sí: atención 100 % remota desde Ciudad de México, sin dirección ni teléfono local. Las federales se presentan en el portal del SAT y el impuesto estatal en el Portal de Servicios al Contribuyente del Estado de México. Lo presencial se reduce a tu e.firma en la ADSC que te corresponda y a las firmas ante notario.

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