Cumplimiento Fiscal

Artículo 27 LSS: qué integra el salario base de cotización

5 minPor Miguel Ángel González Medina
Contadora calculando la nómina en una hoja de cálculo con laptop y calculadora — integración del salario base de cotización conforme al artículo 27 de la Ley del Seguro Social

El artículo 27 de la Ley del Seguro Social dice que el salario base de cotización se integra con todo lo que recibe el trabajador por su trabajo, y después lista nueve conceptos que quedan fuera. Tres de esas exclusiones tienen tope, y solo el excedente integra.

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¿Qué dice el artículo 27 de la LSS?

El artículo 27 de la Ley del Seguro Social define el salario base de cotización (SBC) como los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, más gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. La regla es de inclusión: todo integra, salvo lo que la propia ley excluye.

Enseguida el artículo lista nueve exclusiones. Tres de ellas —despensa, premios de asistencia y puntualidad, y tiempo extraordinario— tienen tope, y el propio artículo aclara que cuando el importe lo rebasa solamente se integra el excedente. Además, el último párrafo condiciona todas las exclusiones a un requisito que se olvida seguido: los conceptos deben estar debidamente registrados en la contabilidad del patrón.

Las nueve exclusiones del artículo 27, con su límite

Esta tabla resume qué queda fuera del SBC y bajo qué condición. Sin la condición, el concepto integra completo.

FracciónConcepto excluidoCondición o tope
IInstrumentos de trabajo: herramientas, ropa y similaresQue sean instrumentos de trabajo reales, no sustitutos de salario
IIFondo de ahorroDepósito igual del trabajador y del patrón y máximo dos retiros al año
IIIAportaciones adicionales del patrón para el retiro y la vejezQue sean adicionales a las obligatorias
IVCuotas del patrón al IMSS y aportaciones al INFONAVITSin tope: nunca integran
VAlimentación y habitaciónSolo si son onerosas: el trabajador paga al menos el 20 % de la UMA diaria por cada una
VIDespensa en especie o en dineroHasta el 40 % de la UMA diaria; el excedente sí integra
VIIPremios por asistencia y por puntualidadCada uno hasta el 10 % del SBC; el excedente sí integra
VIIICantidades aportadas para fines sociales (planes de pensiones)Que cumplan los requisitos de la ley y del contrato colectivo
IXTiempo extraordinarioDentro de los márgenes de la LFT; el exceso sí integra

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Ejemplo numérico: cómo sube el SBC una despensa mal calibrada

Un trabajador con cuota diaria de $400 tiene las prestaciones mínimas de ley: 15 días de aguinaldo y 12 días de vacaciones con 25 % de prima. El factor de integración es 1 + 15/365 + (12 × 0.25)/365 = 1.0493, así que su SBC de partida es $419.72 diarios.

El patrón le da además una despensa de $1,500 al mes, equivalente a $49.32 diarios. Con la UMA vigente en 2026 de $117.31 diarios, el tope exento de la fracción VI es 40 %, es decir $46.92. Solo integran los $2.40 de excedente, y el SBC sube a $422.12. Un premio de puntualidad de $30 diarios no integra, porque el tope de la fracción VII es 10 % del SBC, unos $42.21. El límite superior son 25 UMA diarias, alrededor de $2,932.75 (art. 28 LSS); confirma la UMA vigente antes de presentar el movimiento.

El error común: la prestación que no está en la contabilidad

El error más caro no es pasarse del tope, sino no poder demostrar la exclusión. El último párrafo del artículo 27 condiciona todos los conceptos a que estén debidamente registrados en la contabilidad del patrón. Un fondo de ahorro sin reglamento, sin aportación pareja o con retiros libres, o una despensa entregada en efectivo sin control, se reclasifican completos al SBC en una revisión del IMSS, con diferencias, actualización y recargos por los periodos abiertos.

El segundo error es tratar de bajar el SBC repartiendo el sueldo en conceptos «no integrables». La regla del artículo 27 es de inclusión: si la cantidad se entrega por el trabajo y no cae exactamente en una de las nueve fracciones, integra. Y un SBC artificialmente bajo también reduce las pensiones y los créditos INFONAVIT del propio trabajador.

Qué revisar en tu nómina este mes

Una revisión ordenada del SBC se hace concepto por concepto, no trabajador por trabajador.

  1. Lista todos los conceptos de percepción de tu nómina y marca cuáles pretendes excluir del SBC.
  2. Para cada uno, identifica la fracción del artículo 27 que lo respalda; si no hay fracción, integra.
  3. Recalcula los topes de despensa y premios con la UMA vigente y separa el excedente.
  4. Verifica que el fondo de ahorro tenga reglamento, aportación pareja y máximo dos retiros al año.
  5. Confirma que todos los conceptos estén en contabilidad y presenta el aviso de modificación de salario.

Artículos relacionados con el artículo 27 de la LSS

El artículo 28 de la LSS fija el límite superior de cotización en 25 UMA; el 15 lista las obligaciones del patrón; el 34 marca los plazos para avisar cambios en el SBC, y el 39 regula la determinación y el pago de las cuotas. Del lado fiscal, el artículo 28 fracción XXX de la LISR limita la deducción de los pagos que sean ingresos exentos para el trabajador.

Preguntas frecuentes

¿La despensa integra al salario base de cotización?

Solo el excedente. El artículo 27 fracción VI de la LSS excluye la despensa en especie o en dinero hasta el 40 % de la UMA diaria; lo que rebase ese tope sí integra. Con la UMA de 2026 el límite ronda los $46.92 diarios, así que una despensa mensual mayor a unos $1,426 empieza a integrar por la diferencia.

¿Cuál es el tope del salario base de cotización?

Veinticinco veces la UMA diaria, conforme al artículo 28 de la Ley del Seguro Social. Con la UMA vigente en 2026 equivale a unos $2,932.75 diarios. Aunque el trabajador gane más, las cuotas se calculan sobre ese límite superior; confirma el valor de la UMA del año antes de aplicar el tope.

¿El fondo de ahorro paga IMSS?

No integra si cumple la fracción II del artículo 27: que el depósito del trabajador y el de la empresa sean iguales, que sea semanal, quincenal o mensual, y que no se retire más de dos veces al año. Si falla cualquiera de esas condiciones o no está registrado en la contabilidad del patrón, integra completo al SBC.

¿Qué pasa si el IMSS reclasifica una prestación?

El instituto determina diferencias de cuotas obrero patronales por los periodos revisados, con actualización y recargos. El detonante más común no es el tope, sino la falta de soporte: el último párrafo del artículo 27 exige que los conceptos excluidos estén debidamente registrados en la contabilidad del patrón para poder sostener la exclusión.

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