El cierre mensual es el trabajo que deja el mes listo para declarar: conciliar CFDI y bancos, registrar nómina y provisiones y calcular impuestos. La ley no le pone fecha, pero sí se la pone el día 17, cuando vencen el ISR provisional y el IVA del mes.
¿Cuánto debería costar un cierre mensual puntual?
¿Qué es el cierre mensual y cuándo debería estar terminado?
El cierre mensual es el proceso que convierte los movimientos del mes en una contabilidad cuadrada y en un cálculo de impuestos defendible: descargar y conciliar CFDI emitidos y recibidos, conciliar bancos, registrar nómina, provisiones y depreciación, y valuar el resultado. Ningún artículo le fija fecha propia, pero el calendario se la impone: el pago provisional de ISR (art. 14 LISR) y el IVA del mes (art. 5o.-D LIVA) vencen el día 17 del mes siguiente.
Por eso, en una PYME sana el cierre no termina el 17: termina el 15. El día 17 es la fecha de pago, no la fecha de trabajo. Si el cálculo nace el mismo día en que vence, no hay margen para revisar nada.
El cronograma que sí funciona
Estas fechas no están en la ley: salen de trabajar hacia atrás desde el día 17, dejando margen para que cada paso alimente al siguiente.
| Días del mes | Qué debe estar hecho | Por qué esa fecha |
|---|---|---|
| 1 a 5 | Descarga y conciliación de los XML emitidos y recibidos del mes anterior | Es cuando todavía se puede reclamar al proveedor la factura que falta |
| 6 a 10 | Conciliación bancaria de todas las cuentas | Un depósito sin registro contable se presume ingreso (art. 59 fr. III CFF) |
| 11 a 14 | Nómina, provisiones, depreciación y cálculo de ISR, IVA y retenciones | Aún hay tiempo para investigar diferencias sin presión |
| 15 a 16 | Revisión del cálculo y autorización interna del pago | Evita descubrir un error con la línea de captura ya generada |
| 17 | Presentación y pago de ISR provisional, IVA, retenciones, IEPS y DIOT | arts. 14 LISR, 5o.-D LIVA, 96 LISR y 32 fr. VIII LIVA |
| Día 3 del segundo mes siguiente | Envío de la balanza de comprobación de personas morales | art. 28 fr. III y IV CFF |
¿Cuánto debería costar un cierre mensual puntual?
Los cinco entregables que definen un cierre terminado
Un cierre no está listo porque alguien lo diga: está listo cuando existen estos cinco documentos y cuadran entre sí.
- Balanza de comprobación del mes, con saldos que arrastran correctamente del mes anterior.
- Conciliación bancaria de cada cuenta, con las partidas en tránsito identificadas por nombre y fecha.
- Papel de trabajo del cálculo de ISR e IVA, con el detalle de ingresos cobrados, IVA acreditable y retenciones.
- Acuses de las declaraciones presentadas y comprobante bancario del pago.
- Reporte de diferencias entre los CFDI del periodo y lo registrado en contabilidad, con su explicación.
Cómo saber si tu contador cierra a tiempo
No necesitas saber contabilidad para detectarlo. Estas cinco señales bastan.
- Te avisan del monto a pagar el mismo día 17, o el 16 por la tarde, todos los meses.
- Recibes el importe a pagar pero nunca el papel de trabajo que lo explica.
- La balanza del mes llega semanas después de haber pagado impuestos de ese mes.
- Hay facturas de proveedores que aparecen dos o tres meses tarde y nadie las reclamó a tiempo.
- Cuando preguntas por una diferencia, la respuesta es «se ajusta en la anual».
Lo que cuesta cerrar tarde
Cerrar tarde no genera una multa por sí mismo: genera errores que sí se pagan. El más común es dejar fuera IVA acreditable por una factura que llegó después del pago; recuperarlo obliga a una declaración complementaria y, si además se pagó de menos, a cubrir actualización y recargos desde la fecha original.
El segundo es acumular diferencias entre lo facturado y lo declarado. El SAT ya tiene tus CFDI en tiempo real, así que la comparación es automática y el resultado llega como carta invitación. Un mes desfasado se corrige; seis meses desfasados se convierten en un proyecto de regularización.
Qué hacer hoy
Si sospechas que tu cierre va a remolque, estas cuatro acciones lo confirman o lo descartan esta semana.
- Pide la balanza de comprobación del último mes cerrado y mira la fecha en que se generó.
- Pide el papel de trabajo del último pago de ISR e IVA y revisa que los ingresos coincidan con lo que facturaste.
- Descarga tus CFDI emitidos del mes en el portal del SAT y compara el total contra el ingreso declarado.
- Fija por escrito, con quien te lleve la contabilidad, la fecha del mes en que se entrega el paquete de cierre.
Preguntas frecuentes
¿La ley obliga a cerrar la contabilidad cada mes?
No con esa palabra, pero sí en los hechos: el artículo 28 del CFF exige llevar contabilidad y enviarla, y los pagos provisionales mensuales de ISR e IVA se determinan con información del mes. Sin cierre mensual no hay forma de calcular correctamente lo que vence el día 17.
¿Qué diferencia hay entre cierre mensual y declaración mensual?
El cierre es el trabajo contable interno: conciliar, registrar y cuadrar. La declaración es el trámite ante el SAT que se alimenta de ese trabajo. Se puede declarar sin haber cerrado, y ahí es donde nacen las complementarias y las diferencias con los CFDI.
¿Cuándo debo recibir mi balanza de comprobación?
Lo sano es tenerla antes del pago del día 17, porque de ahí salen las cifras del cálculo. El envío formal de la balanza a la autoridad ocurre después: el día 3 del segundo mes posterior para personas morales, conforme a la Resolución Miscelánea vigente y al artículo 28 del CFF.
¿Qué pasa si una factura de proveedor llega después del cierre?
Se registra en el mes en que se recibe y, si el IVA acreditable quedó fuera, se evalúa una declaración complementaria. Para efectos de la deducción, el comprobante debe obtenerse a más tardar el día en que se presenta la declaración del ejercicio (art. 27 fr. XVIII LISR).
¿Un cierre mensual sirve para algo más que declarar?
Sí: es la única foto confiable de tu negocio en el mes. Con el cierre al día puedes ver margen real, cobranza vencida y flujo, y responder en días —no en semanas— cuando un banco, un inversionista o un cliente corporativo te pide estados financieros.
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¿Cuánto debería costar un cierre mensual puntual?
Estima el honorario mensual que corresponde al tamaño y la complejidad real de tu operación, con rangos de mercado y sin rodeos.
