Las mejoras que no puedes comprobar con CFDI no son deducibles al vender, y la diferencia se siente: $400,000 de remodelación sin factura pueden costarte $20,000 solo en el 5 % que se entera a Guanajuato, más el ISR federal del mismo cálculo.
Revisa tus deducciones antes de vender en León
¿Qué impuestos se pagan al vender un inmueble en León?
El notario calcula y entera tu ISR por la enajenación dentro de los 15 días siguientes a la firma de la escritura (art. 126 LISR), y del mismo cálculo sale el 5 % sobre la ganancia que el art. 127 LISR destina a Guanajuato, acreditable contra el pago provisional federal. El impuesto por la adquisición lo paga el comprador: lo regula la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato y su tasa se publica cada año en la Ley de Ingresos del Municipio de León, sobre el valor más alto entre el de operación, el catastral y el del avalúo. Para escriturar, el municipio pide además el predial al corriente.
Praxium es una consultoría fiscal con sede en Ciudad de México y atiende a propietarios e inmobiliarias de León con atención 100 % remota, sin dirección ni teléfono local: el cálculo se revisa antes de la firma y a la notaría vas tú.
Qué sí se deduce al vender, y con qué papel
La lista del art. 121 LISR es corta y cada renglón exige su comprobante. Sin papel, la deducción no existe, por más real que haya sido el gasto.
| Deducción | Qué exige | Dónde falla | Fundamento |
|---|---|---|---|
| Costo comprobado de adquisición | Escritura de compra, actualizado con INPC | Compras sin escritura o con valor simulado | Arts. 121 fr. I y 124 LISR |
| Inversiones en construcciones y mejoras | Comprobante fiscal de cada inversión | Remodelación pagada en efectivo sin CFDI | Art. 121 fr. II LISR |
| Gastos notariales, impuestos y derechos | Escrituras de adquisición y de enajenación pagadas por el vendedor | No pedir copia de los recibos del notario | Art. 121 fr. III LISR |
| Comisiones y mediaciones | CFDI del asesor inmobiliario | Comisión pactada de palabra | Art. 121 fr. IV LISR |
| Disminución de la construcción | Separar terreno y construcción; 3 % anual con piso del 20 % | Tomar el precio de compra como costo | Art. 124 LISR |
| 5 % a Guanajuato | Se entera con el cálculo del notario | Olvidar que es acreditable contra el federal | Art. 127 LISR |
Revisa tus deducciones antes de vender en León
Un caso real: la misma casa con y sin facturas de obra
Vendes en $3,600,000 una casa que compraste hace años y remodelaste por $700,000. Tu costo comprobado de adquisición actualizado es $2,100,000 y tienes $150,000 de gastos notariales y comisiones comprobados. Si de la remodelación solo conservas facturas por $300,000, tu ganancia es $1,050,000 y el 5 % que se entera a Guanajuato son $52,500. Si tuvieras las facturas completas de los $700,000, la ganancia bajaría a $650,000 y ese pago estatal a $32,500: $20,000 de diferencia solo en esa parte, sin contar el ISR federal que se calcula sobre la misma ganancia.
La ley prevé una salida cuando no puedes comprobar el costo de las construcciones: considerar el 80 % del valor de las construcciones que reporte un avalúo referido al año en que se hicieron (art. 121 LISR). No es automática ni la aplica el notario por iniciativa propia: se pide, se sustenta con el avalúo y se documenta. Es exactamente el tipo de decisión que conviene revisar semanas antes de la firma, no en la mesa.
Si rentas en León: casa, local y el hospedaje
Renta de casa habitación: pagos provisionales mensuales de ISR, con deducciones comprobadas o con la deducción opcional del 35 % de los ingresos más el predial pagado (art. 115 LISR), y sin IVA (art. 20 fr. II LIVA). Renta de local, bodega o nave: IVA al 16 % y, si tu inquilino es persona moral, retención del 10 % de ISR (art. 116, último párrafo, LISR) y de dos terceras partes del IVA (art. 1-A fr. II inciso a) LIVA y art. 3 de su Reglamento). En una ciudad con tanta nave industrial y local de calzado, esa retención es la norma y no la excepción.
Renta por noche: es hospedaje, causa IVA al 16 %, la plataforma retiene 4 % de ISR (art. 113-A fr. II LISR) y la mitad del IVA trasladado (art. 18-J fr. II inciso a) LIVA), y se causa el impuesto sobre hospedaje que regula la Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato. Su tasa ha sido objeto de ajustes recientes y de discusión pública con las plataformas: confírmala con la Secretaría de Finanzas del estado antes de fijar tarifa.
Cómo trabajamos con tu notaría, en remoto
El expediente se arma antes. Lo hacemos por videollamada con documentos escaneados y tú acudes a la notaría de León solo el día de la firma.
- Inventario de facturas de obra y mejoras, con fechas y montos.
- Decisión documentada sobre el avalúo del art. 121 LISR si falta comprobación.
- Costo actualizado con la separación de terreno y construcción.
- Cálculo de la ganancia, del ISR estimado y del 5 % que va a Guanajuato.
- Revisión del cálculo del notario antes de firmar, con los acuses guardados.
Preguntas frecuentes
Remodelé mi casa sin facturas, ¿puedo deducir esa inversión al vender?
No directamente: el art. 121 fr. II LISR exige comprobante fiscal de las inversiones en construcciones, mejoras y ampliaciones. La ley prevé una alternativa cuando no puedes comprobarlas: considerar el 80 % del valor de las construcciones que reporte un avalúo referido al año en que se hicieron. Hay que pedirla y sustentarla con el avalúo, no se aplica sola.
¿Cuánto cambia mi impuesto por tener las facturas de obra?
En el ejemplo de este artículo, $400,000 de remodelación sin comprobar suben la ganancia de $650,000 a $1,050,000, y el 5 % que se entera a Guanajuato de $32,500 a $52,500. A eso se suma el efecto en el pago provisional federal que calcula el notario sobre la misma ganancia.
¿Quién paga el impuesto por adquisición en León?
El comprador. Lo regula la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato y su tasa se publica cada año en la Ley de Ingresos del Municipio de León, sobre el valor más alto entre el de operación, el catastral y el del avalúo. El notario lo calcula y lo entera con la escritura, junto con los derechos de registro.
¿Praxium atiende propietarios de León sin oficina en la ciudad?
Sí, con atención 100 % remota desde Ciudad de México y sin teléfono local. Armamos el expediente de deducciones y el cálculo estimado por videollamada, y revisamos el del notario antes de la firma. A la notaría de León vas tú el día de la escritura.
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Revisa tus deducciones antes de vender en León
Estima el ISR con la calculadora y, si te faltan facturas de obra, vemos qué alternativa te da la ley. La primera sesión no tiene costo.
