Son nueve ramos con bases distintas: unos sobre el salario base de cotización, otro sobre la UMA y otro solo sobre lo que rebasa tres UMA. Con un sueldo de 15,000 pesos el patrón paga unos 3,045 pesos y al trabajador se le descuentan 396, repartidos entre el mes y el bimestre.
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¿Cuáles son las cuotas del IMSS en 2026 y quién paga cada una?
El IMSS no cobra un porcentaje único: cobra nueve cuotas con bases distintas. Siete se calculan sobre el salario base de cotización (SBC), una sobre la UMA sin importar cuánto gane el trabajador y otra solo sobre la parte del SBC que rebasa tres UMA. De ese conjunto, cuatro ramos los paga solo el patrón —riesgos de trabajo, guarderías, retiro y la cuota fija de enfermedades y maternidad— y cinco se reparten entre patrón y trabajador.
Dos límites acotan todo el cálculo. Arriba, el SBC no puede exceder de 25 veces la UMA (art. 28 LSS): lo que se pague por encima de ese tope no cotiza. Abajo, si el SBC del trabajador equivale al salario mínimo, el patrón cubre íntegramente también la parte obrera (art. 36 LSS): a ese trabajador no se le descuenta nada.
Tabla de cuotas por ramo: porcentaje, base y quién lo cubre
Ésta es la tabla de referencia. Fíjate en la columna «base»: ahí está la razón de que dos empresas con la misma nómina paguen distinto.
| Ramo del seguro | Patrón | Trabajador | Base de cálculo | Fundamento |
|---|---|---|---|---|
| Enfermedades y maternidad · cuota fija | 20.40 % de la UMA diaria por día cotizado (6.12 UMA al mes) | — | La UMA, no el salario: es igual para todos | art. 106 fr. I LSS |
| Enfermedades y maternidad · excedente | 1.10 % | 0.40 % | Solo la parte del SBC que rebasa 3 UMA | art. 106 fr. II LSS |
| Enfermedades y maternidad · prestaciones en dinero | 0.70 % | 0.25 % | SBC completo | art. 107 LSS |
| Gastos médicos de pensionados | 1.05 % | 0.375 % | SBC completo | art. 25 LSS |
| Invalidez y vida | 1.75 % | 0.625 % | SBC completo | art. 147 LSS |
| Riesgos de trabajo | La prima de tu empresa, de 0.50 % a 15.00 % | — | SBC completo | arts. 71 a 74 LSS |
| Guarderías y prestaciones sociales | 1.00 % | — | SBC completo | art. 211 LSS |
| Retiro | 2.00 % | — | SBC completo, se entera por bimestres | art. 168 fr. I LSS |
| Cesantía en edad avanzada y vejez | De 3.150 % a 7.513 % en 2026, según el SBC en UMA | 1.125 % | SBC completo, se entera por bimestres | art. 168 fr. II LSS y transitorios del decreto del 16-dic-2020 |
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Ejemplo con un sueldo de 15,000 pesos al mes
Salario diario de 500 pesos. Con el factor mínimo de integración del primer año —365 días más 15 de aguinaldo y 3 de prima vacacional sobre 12 días, entre 365— el SBC queda en 524.66 pesos diarios, es decir 15,739.80 pesos al mes. Ese trabajador cotiza a 4.64 UMA, así que su cesantía y vejez cae en el último tramo de la tabla de transición.
El cálculo de abajo está hecho con la UMA diaria de 2025 (113.14 pesos) porque la de 2026 depende de la publicación del INEGI en el DOF. Sustituye ese valor y la mecánica no cambia: solo se mueven los renglones que dependen de la UMA.
| Concepto | Patrón | Trabajador |
|---|---|---|
| Enfermedades y maternidad · cuota fija (6.12 UMA) | $692.42 | — |
| Enfermedades y maternidad · excedente de 3 UMA | $61.13 | $22.23 |
| Enfermedades y maternidad · prestaciones en dinero | $110.18 | $39.35 |
| Gastos médicos de pensionados | $165.27 | $59.02 |
| Invalidez y vida | $275.45 | $98.37 |
| Riesgos de trabajo (prima media de clase I, 0.54355 %) | $85.55 | — |
| Guarderías | $157.40 | — |
| Retiro (2.00 %, bimestral) | $314.80 | — |
| Cesantía y vejez (7.513 % / 1.125 %, bimestral) | $1,182.53 | $177.07 |
| Total mensual equivalente | $3,044.73 | $396.04 |
¿Qué se paga cada mes y qué cada bimestre?
Esta es la parte que descuadra el flujo de una PYME. Las cuotas de enfermedades y maternidad, gastos médicos de pensionados, invalidez y vida, riesgos de trabajo y guarderías se enteran por mensualidades vencidas a más tardar el día 17 (art. 39 LSS). Retiro, cesantía y vejez se enteran por bimestres vencidos, junto con el 5 % del INFONAVIT.
Con el ejemplo anterior: en un mes normal el patrón paga 1,547.40 pesos y descuenta 218.97 al trabajador. En marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero se suma el bimestre de retiro, cesantía y vejez: 2,994.66 pesos más del patrón y 354.14 del trabajador. Un mes de bimestre cuesta casi tres veces lo que un mes normal por el mismo empleado, y ese salto no viene de las ventas.
Lo que esta tabla no incluye
Tres conceptos que aparecen en el mismo recibo pero no son cuotas del IMSS. El 5 % del INFONAVIT, que lo paga íntegro el patrón sobre el SBC (art. 29 fr. II de la Ley del INFONAVIT) y viaja en el mismo entero bimestral. El Impuesto Sobre Nóminas de tu estado, que se calcula sobre la nómina pagada, no sobre el SBC, y en la Ciudad de México es del 4 % desde 2025 (art. 158 del Código Fiscal de la Ciudad de México, reformado el 27 de diciembre de 2024); las microempresas pueden bajarlo a 3 % y las pequeñas a 3.5 % con la reducción que otorga la Secretaría de Administración y Finanzas. Y las amortizaciones de crédito de vivienda de los trabajadores que lo tengan, que se descuentan al trabajador.
Sumados, el costo del patrón por encima del sueldo bruto ronda el 25 % al 30 %: con el 4 % de ISN de la Ciudad de México, el ejemplo de arriba queda en cerca del 28 % (19.3 % de IMSS, 5 % de INFONAVIT y 4 % de ISN). Si lo que buscas es ese número total —cuánto te cuesta realmente un empleado— ese cálculo completo, con INFONAVIT e ISN, está en la guía de cuánto paga el patrón; aquí la tabla se queda en los porcentajes del IMSS y su base legal.
El error común y qué hacer
El error que más caro sale es cotizar sobre el sueldo y no sobre el salario base de cotización. El SBC integra aguinaldo, prima vacacional, comisiones, bonos fijos y prestaciones en especie (art. 27 LSS): registrar 500 pesos diarios en lugar de 524.66 parece un ahorro de cinco por ciento y, cuando el IMSS revisa, se convierte en diferencias con actualización y recargos por hasta cinco ejercicios.
El segundo error es no revisar la prima de riesgo. Es el único porcentaje que tú mueves: va de 0.50 % a 15 %, se determina cada febrero con la siniestralidad del año anterior (art. 74 LSS) y rige desde el 1 de marzo. Una empresa de oficina que arrastra una prima alta por accidentes viejos está pagando de más todos los meses sin darse cuenta.
- Verifica que el SBC de cada trabajador incluya aguinaldo y prima vacacional con el factor de integración correcto.
- Revisa en qué tramo de UMA cae cada SBC: de eso depende el porcentaje patronal de cesantía y vejez.
- Confirma tu prima de riesgo vigente y compárala con la prima media de tu clase.
- Separa en el flujo los seis meses de bimestre —enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre—; ahí es donde se genera la mora con el IMSS, y enero pega doble porque llega justo después de los aguinaldos.
- Concilia cada mes los CFDI de nómina contra el SUA: la diferencia entre lo timbrado y lo cotizado es la primera señal que cruza la autoridad.
Preguntas frecuentes
¿Qué porcentaje paga el patrón de IMSS en 2026?
No hay un porcentaje único. Sumando los nueve ramos, un patrón con prima de riesgo baja aporta alrededor del 19 % al 21 % del salario base de cotización, más el 5 % del INFONAVIT. El porcentaje sube con el salario, porque la cuota de cesantía y vejez va de 3.150 % a 7.513 % según el tramo de UMA en que cotice el trabajador.
¿Cuánto se le descuenta al trabajador de IMSS?
Alrededor del 2.5 % de su salario base de cotización, repartido en cinco ramos: excedente de enfermedades y maternidad (0.40 %), prestaciones en dinero (0.25 %), gastos médicos de pensionados (0.375 %), invalidez y vida (0.625 %) y cesantía y vejez (1.125 %). Si su SBC equivale al salario mínimo, el patrón cubre también esa parte y no se le descuenta nada (art. 36 LSS).
¿Cuál es el tope de cotización del IMSS?
Veinticinco veces la UMA (art. 28 LSS). El salario base de cotización se registra hasta ese límite; lo que el trabajador gane por encima no genera cuotas ni suma semanas de cotización con mayor salario. El monto exacto en pesos depende del valor de la UMA vigente en 2026, que publica el INEGI en el Diario Oficial de la Federación.
¿Por qué unos ramos se pagan mensual y otros bimestral?
Porque la Ley del Seguro Social los separa. Las cuotas de enfermedades y maternidad, gastos médicos de pensionados, invalidez y vida, riesgos de trabajo y guarderías se enteran por mensualidades vencidas el día 17 (art. 39 LSS). Retiro, cesantía y vejez se enteran por bimestres vencidos, en el mismo entero que las aportaciones del 5 % al INFONAVIT.
¿Sobre qué salario se calculan las cuotas?
Sobre el salario base de cotización, no sobre el sueldo bruto. El artículo 27 de la LSS integra al SBC la cuota diaria más aguinaldo, prima vacacional, comisiones, bonos y prestaciones en especie. Con un sueldo de 15,000 pesos y el factor mínimo del primer año, el SBC diario queda en 524.66 pesos: cotizar sobre 500 genera diferencias que el IMSS cobra con recargos.
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La calculadora de costo patronal integra el SBC, cada ramo del IMSS, el 5 % de INFONAVIT y el Impuesto Sobre Nóminas de tu estado en un solo número mensual y anual.
