Si tu opinión 32-D salió negativa y operas en Aguascalientes, tienes dos expedientes que limpiar: el federal ante el SAT y la Constancia de Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales Estatales (EDO-SEFI-47) de la Secretaría de Finanzas, que es gratuita, sale en minutos y vence a los 30 días naturales.
Revisamos tus dos opiniones en una sola sesión
¿Qué haces si tu opinión de cumplimiento salió negativa y operas en Aguascalientes?
Descarga la opinión desde el portal del SAT, lee la inconsistencia exacta que reporta y regulariza esa obligación: el sentido cambia cuando la causa desaparece, no por antigüedad ni por llamar a un teléfono. La opinión del cumplimiento es el documento del art. 32-D del Código Fiscal de la Federación, el que obliga a cualquier autoridad o ente público que ejerza recursos públicos a verificar que estás al corriente antes de contratarte, darte un subsidio o pagarte una estimación.
Lo que cambia por estar en Aguascalientes es que ese documento federal rara vez viaja solo. Para empadronarte como proveedor del Gobierno del Estado o de un municipio, o para licitar, la Secretaría de Finanzas (SEFI) expide además la Constancia de Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales Estatales, el trámite EDO-SEFI-47: es gratuita, el portal la resuelve en cuestión de minutos cuando no está saturado y tiene vigencia de 30 días naturales. Dos documentos, dos autoridades y dos causas distintas de negativa.
Los dos documentos que te van a pedir: federal y estatal
Esta tabla separa qué revisa cada autoridad, porque limpiar uno no limpia el otro. Es el error que más tiempo cuesta: empresas que pagan una omisión federal y descubren en ventanilla que la constancia estatal sigue saliendo con adeudo de impuesto sobre nóminas.
| Concepto | Opinión del SAT (federal) | Constancia de la SEFI (Aguascalientes) |
|---|---|---|
| Qué documento es | Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales (art. 32-D CFF) | Constancia de Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales Estatales (trámite EDO-SEFI-47) |
| Quién lo emite | SAT, en línea con e.firma o contraseña | Secretaría de Finanzas del Estado de Aguascalientes (SEFI) |
| Qué revisa | Declaraciones omitidas, créditos firmes sin pagar ni garantizar, domicilio no localizado, art. 69-B CFF | Adeudos estatales: impuesto sobre nóminas, derechos e inscripción en el padrón |
| Costo y tiempo | Sin costo, se genera al momento en el portal | Gratuito; el portal lo resuelve en minutos si no está saturado |
| Vigencia | La que exija quien te la pide | 30 días naturales desde su emisión |
| Para qué te lo piden | Contratar con cualquier ente público; bancos y clientes grandes | Empadronarte o licitar con el Gobierno del Estado y sus municipios |
Revisamos tus dos opiniones en una sola sesión
La causa local que casi nadie revisa: el impuesto sobre nóminas
En Aguascalientes el ISN es del 2.5 % sobre las remuneraciones al trabajo personal subordinado (art. 67 de la Ley de Hacienda del Estado de Aguascalientes), se paga a más tardar el día 17 del mes siguiente más de uno a cinco días hábiles según el sexto dígito del registro estatal (art. 68) y exige inscripción al padrón estatal dentro de los 30 días siguientes al inicio de actividades (art. 69 fr. I).
Con números: una empresa con nómina mensual de $250,000 paga $6,250 de ISN. Si dejó de declarar tres meses —incluso meses sin personal, que también se declaran— arrastra $18,750 más actualización y recargos, y la constancia estatal sale con adeudo aunque su opinión federal esté impecable. El caso inverso es igual de común: negocios que nunca se inscribieron al padrón, a los que la SEFI no puede emitirles constancia positiva porque no existen en su registro.
¿Quién te pide la opinión positiva en Aguascalientes?
Tres tipos de comprador, y ninguno acepta explicaciones verbales. El primero es el sector público: el art. 32-D del CFF alcanza a las dependencias federales, al Gobierno del Estado y a los municipios, y la SEFI suma su propia constancia para el padrón de proveedores estatal.
El segundo es la cadena automotriz, que en Aguascalientes concentra buena parte de la proveeduría industrial alrededor del complejo de Nissan. Las armadoras y sus proveedores Tier 1 piden opinión positiva vigente antes de liberar órdenes de compra y, si prestas servicios especializados con tu propio personal dentro de las instalaciones del cliente, revisan además tu registro REPSE (art. 15 de la Ley Federal del Trabajo), porque sin él tu cliente no puede deducir tu factura ni acreditar el IVA (art. 27, fracción V, tercer párrafo de la LISR y art. 5o., fracción II, segundo párrafo de la LIVA). Y no basta con que tengas el registro: esos mismos artículos obligan al contratante, en cada pago, a recabar copia de los CFDI de nómina de los trabajadores asignados, del acuse de entero de las retenciones, del pago de cuotas al IMSS y de las aportaciones al INFONAVIT, y de tu declaración y acuse de pago del IVA del periodo; si no lo hace a más tardar el último día del mes siguiente, debe presentar complementaria disminuyendo lo acreditado.
El tercero es la capa municipal: licencia de funcionamiento y predial del Municipio de Aguascalientes. No afecta la opinión del SAT, pero sí detiene un contrato local.
Qué hacer hoy, en orden
La secuencia importa: atacar la causa equivocada consume días y no mueve el estatus. Este es el orden que usamos cuando un cliente llega con una licitación en curso.
- Descarga la opinión del SAT y anota la inconsistencia literal que reporta; es la que hay que resolver, no la que supones.
- Si son declaraciones omitidas, preséntalas aunque vayan en ceros; si es un crédito fiscal, págalo o garantízalo con alguna de las formas del art. 141 del CFF, reformado el 7 de noviembre de 2025.
- Genera la Constancia de Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales Estatales (EDO-SEFI-47) en el portal de la SEFI y revisa si sale con adeudo de ISN o si ni siquiera apareces en el padrón estatal.
- Regulariza el ISN faltante en el portal de contribuciones del Estado y, si nunca te inscribiste, tramita el alta al registro estatal antes de volver a pedir la constancia.
- Vuelve a generar ambos documentos el mismo día y entrégalos juntos: la constancia estatal vence a los 30 días naturales y una licitación se cae por una fecha vencida.
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Preguntas frecuentes
¿La opinión positiva del SAT sirve para licitar en Aguascalientes?
Sirve, pero no basta. El art. 32-D del CFF obliga a verificar el cumplimiento federal, y además el Gobierno del Estado y sus municipios piden la Constancia de Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales Estatales que emite la Secretaría de Finanzas (trámite EDO-SEFI-47). Son dos documentos de dos autoridades: uno puede salir positivo y el otro con adeudo.
¿Cuánto cuesta y cuánto tarda la constancia estatal de Aguascalientes?
El trámite EDO-SEFI-47 es gratuito y el portal de la Secretaría de Finanzas lo resuelve en cuestión de minutos cuando no está saturado. Su vigencia es de 30 días naturales, así que conviene generarla cerca de la fecha en que la vas a entregar y no semanas antes de la licitación.
¿Puede una omisión de impuesto sobre nóminas tumbar mi expediente de proveedor?
Sí. El ISN de Aguascalientes es del 2.5 % (art. 67 de la Ley de Hacienda del Estado) y se declara mensualmente aunque no haya pagos que reportar. Una omisión acumulada aparece como adeudo en la constancia estatal y frena el empadronamiento, aun cuando tu opinión federal del SAT esté en positivo.
¿Qué pasa si nunca me inscribí al padrón estatal de Aguascalientes?
La Secretaría de Finanzas no puede emitirte una constancia positiva porque no existes en su registro. El art. 69 fr. I de la Ley de Hacienda del Estado pide inscribirse dentro de los 30 días siguientes al inicio de actividades; el alta se hace en línea con e.firma y es el paso previo a cualquier trámite de proveedor.
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