Estrategia Empresarial

Contador para restaurantes en Querétaro: el ISN con deducción

6 minPor Miguel Ángel González Medina
Contadora calculando la nómina en una hoja de cálculo junto a una taza de barro — el ISN con deducción, la cancelación de CFDI y el IEPS de un restaurante en Querétaro

Querétaro es el único de nuestras plazas donde el impuesto sobre nóminas trae una deducción a la base: ocho salarios mínimos mensuales. En una nómina de restaurante chico eso baja la tasa efectiva a menos del 1 %, y en una grande casi no se nota.

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La deducción que hace pequeño al impuesto sobre nóminas

El art. 72 de la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro fija la tasa del impuesto sobre nóminas en 3 % de la base, integrada por la totalidad de las erogaciones del mes de calendario por los conceptos del art. 70. Y agrega, en la misma frase, algo que no existe en los demás estados de nuestras plazas: «Los contribuyentes de este impuesto gozarán de una deducción a la base equivalente a ocho veces el salario mínimo general vigente en el estado elevado al mes».

Con el salario mínimo general de $315.04 diarios vigente desde el 1 de enero de 2026, esa deducción ronda los $75,600 mensuales. En un restaurante de una unidad, eso cambia la aritmética por completo. Praxium atiende a restaurantes y bares de Querétaro con atención 100 % remota desde Ciudad de México: sin oficina ni teléfono local.

ConceptoDato en QuerétaroFundamento
Impuesto Sobre Nóminas3 % sobre la base del mes de calendarioArt. 72 Ley de Hacienda del Estado de Querétaro
Deducción a la baseOcho veces el salario mínimo general vigente en el estado elevado al mesArt. 72 Ley de Hacienda del Estado de Querétaro
Conceptos gravadosSueldos, tiempo extraordinario, bonos, premios, primas, comisiones, ayudas de despensa o transporte y cualquier otra remuneraciónArt. 70 Ley de Hacienda del Estado de Querétaro
No se causa porInstrumentos y herramientas de trabajo, cuotas de seguridad social, vales de despensa hasta 40 % del salario mínimo estatal, aportaciones al retiro y viáticos comprobadosArt. 72 Ley de Hacienda del Estado de Querétaro
Personal de tercerosQuien contrata la puesta a disposición de trabajadores retiene el impuesto y entrega constanciaArt. 71 Ley de Hacienda del Estado de Querétaro
Licencia municipalPara obtener o renovar la licencia de funcionamiento se acredita el predial al corrienteLey de Ingresos del Municipio de Querétaro 2026
Marco de alcoholesLey sobre Bebidas Alcohólicas del Estado de Querétaro y el reglamento municipal de almacenaje, venta, porteo y consumoLey estatal de la materia
Hospedaje3.5 % en hotelería y 5 % en inmuebles rentados por plataformaArt. 46 Ley de Hacienda del Estado de Querétaro
Sector dominanteAeroespacial, automotriz, tecnología y agroindustria: comida de oficina y de parque industrial de lunes a viernesPerfil económico del municipio

Ejemplo con números: dos restaurantes, dos tasas efectivas

Un restaurante con nómina mensual de $95,000 resta la deducción de alrededor de $75,600 y queda con una base cercana a $19,400. El 3 % son unos $582 al mes: una tasa efectiva de 0.61 % sobre la nómina. El mismo restaurante en Tijuana, sin deducción y con tasa del 4.25 %, pagaría $4,037.

Un grupo con tres unidades y nómina consolidada de $250,000 resta la misma deducción y queda con base de unos $174,400: el impuesto ronda los $5,232 y la tasa efectiva sube a 2.09 %. La deducción es un monto fijo, no un porcentaje, así que su efecto se diluye conforme creces. El importe exacto depende del salario mínimo general que se tome y de cómo se eleve al mes, y eso conviene confirmarlo con la autoridad antes de presentar la primera declaración del año.

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La cancelación de CFDI ya no es cuando se te acuerde

En un restaurante se cancela mucho: mesas mal capturadas, propinas cargadas por error, facturas emitidas a un RFC equivocado. El art. 29-A del Código Fiscal de la Federación, reformado el 7 de noviembre de 2025, establece que los CFDI solo pueden cancelarse a más tardar en el mes en el que se deba presentar la declaración anual del ejercicio al que corresponda el comprobante.

Eso cierra la ventana: un comprobante de marzo no se puede cancelar en octubre del año siguiente. Qué hacer hoy: una revisión mensual de CFDI emitidos contra cortes de caja, y una política de captura en el punto de venta que evite el RFC a mano. Corregir dentro del mes es gratis; fuera de plazo obliga a nota de crédito y a explicar la diferencia.

¿Tu barra causa IEPS?

Si vendes al público en general por copeo o en botella abierta para consumo en tu local, no. El art. 7º, último párrafo, de la Ley del IEPS excluye esas ventas del concepto de enajenación, así que no eres contribuyente del impuesto por ellas y el IEPS del proveedor se queda en tu costo, porque el art. 4 fr. I reserva el acreditamiento a quien causa el impuesto.

La obligación que sí es del giro es el art. 19 fr. XVIII: destruir los envases inmediatamente después de agotado su contenido. Si vendes botella cerrada o facturas eventos con barra a empresas, el análisis cambia y la calculadora lo resuelve con tus números.

Lo que no cambia por estar en Querétaro

Lo federal. IVA al 16 % en alimentos preparados para consumo en el lugar, para llevar o a domicilio (art. 2-A fr. I, último párrafo, LIVA), CFDI global de las operaciones con el público en general, contabilidad electrónica y las declaraciones mensuales del día 17.

El diagnóstico inicial con Praxium es sin costo y en videollamada: corremos tu ISN con la deducción del art. 72, revisamos el calendario de cancelaciones y resolvemos si tu barra causa IEPS.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es el impuesto sobre nóminas en Querétaro?

El 3 % sobre la base, pero con una deducción. El art. 72 de la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro concede a los contribuyentes una deducción a la base equivalente a ocho veces el salario mínimo general vigente en el estado elevado al mes, de modo que la tasa efectiva sobre la nómina es menor y crece conforme crece la plantilla.

¿Qué no entra en la base del ISN queretano?

El art. 72 excluye los instrumentos y herramientas de trabajo, las cuotas de seguridad social a instituciones públicas, los vales de despensa canjeables por artículos de primera necesidad hasta el 40 % del salario mínimo estatal, las aportaciones al sistema de ahorro para el retiro, las indemnizaciones por riesgos y enfermedades profesionales, las jubilaciones y los viáticos comprobados.

¿Hasta cuándo puedo cancelar un CFDI de mi restaurante?

A más tardar en el mes en el que se deba presentar la declaración anual del ejercicio al que corresponda el comprobante, conforme al art. 29-A del Código Fiscal de la Federación reformado el 7 de noviembre de 2025. Después de ese plazo la corrección se maneja por otras vías y hay que justificar la diferencia.

¿Necesito el predial al corriente para renovar mi licencia?

Sí. La Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro para 2026 condiciona la obtención y la renovación de la licencia municipal de funcionamiento a acreditar el cumplimiento del impuesto predial vigente. Conviene revisar el estado de cuenta del inmueble donde operas antes de iniciar el trámite, sobre todo si el local es arrendado.

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