El ISN de Querétaro es del 3 %, pero el art. 72 de la Ley de Hacienda estatal resta de la base ocho veces el salario mínimo mensual —referencia que desde 2016 se lee en UMA, $28,529.76 en 2026—, lo que baja la tasa efectiva en nóminas pequeñas. El padrón se pide en 10 días hábiles y la informativa de febrero se presenta siempre.
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¿Qué necesita la contabilidad de una startup en Querétaro?
Conocer la deducción del artículo 72 de la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro. El Impuesto Sobre Nóminas es del 3 %, pero antes de aplicarlo se resta de la base una deducción equivalente a ocho veces el salario mínimo general vigente en el estado elevado al mes, referencia que desde el decreto de desindexación de 2016 se lee en UMA: $28,529.76 al mes en 2026. En una nómina pequeña esa deducción baja la tasa efectiva de forma notable, y es el único estado del Bajío que la tiene redactada así.
Lo segundo son dos plazos que se olvidan: empadronarse dentro de los diez días hábiles siguientes al inicio de operaciones (art. 73, fr. I) y presentar en febrero una declaración informativa anual que, dice el artículo 73, fracción V, se presenta en todos los casos, incluso cuando no hubo impuesto a pagar.
¿Qué NO cambia por tener tu startup en Querétaro?
Todo lo federal. El RFC, la e.firma, el buzón tributario, los CFDI, las declaraciones mensuales y la anual se presentan igual desde Querétaro que desde cualquier otro punto del país, con las mismas fechas y en el mismo portal; la contabilidad electrónica del artículo 28 del CFF y la opinión de cumplimiento del artículo 32-D tampoco tienen versión local. Por eso un despacho contable puede atenderte en remoto sin que pierdas nada: lo verdaderamente local es el impuesto sobre nóminas, la notaría donde firmas y los programas de fomento del estado.
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¿Cómo se calcula el ISN en Querétaro con la deducción del artículo 72?
El artículo 70 define el objeto —remuneraciones al trabajo personal subordinado, pagos a administradores y consejeros y honorarios asimilados a salarios— y el 72 fija la mecánica: 3 % sobre la base, menos ocho salarios mínimos generales del estado elevados al mes. El mismo artículo excluye de la base las cuotas de seguridad social, los vales de despensa hasta el 40 % del salario mínimo, la PTU, las indemnizaciones y las primas de gastos médicos.
El pago vence el día 22 del mes siguiente ante la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado. Y hay una regla que alcanza a las startups que subcontratan equipos: el artículo 71 obliga a quien contrata los servicios de un tercero que pone trabajadores a su disposición a retener el 3 % sobre la contraprestación pagada y enterarlo, cuando el trabajo se presta en el estado. Esa retención se calcula sobre el monto contratado y no admite la deducción del artículo 72, que es solo para la nómina propia: por eso va aparte de la tabla de abajo.
Esa deducción se mide hoy en UMA: el artículo Tercero transitorio del decreto de desindexación de 2016 ordena que toda referencia al salario mínimo usada como base o medida en normas federales y locales se entienda hecha a la Unidad de Medida y Actualización, aunque el texto del artículo 72 conserve la redacción anterior. Con la UMA mensual de 2026, $3,566.22, la deducción es de $28,529.76 al mes, y se recalcula cada febrero, cuando cambia la UMA. Es una cantidad fija, no un porcentaje: mientras más chica es la nómina, más pesa. Confirma el criterio con la Secretaría de Finanzas del Estado antes de presupuestar, porque de la lectura que apliques depende el monto. Así queda el cálculo:
| Nómina mensual | Deducción del art. 72 (8 UMA al mes) | Base gravable | ISN al 3 % | Tasa efectiva |
|---|---|---|---|---|
| $100,000.00 | −$28,529.76 | $71,470.24 | $2,144.11 | 2.14 % |
| $300,000.00 | −$28,529.76 | $271,470.24 | $8,144.11 | 2.71 % |
| $1,000,000.00 | −$28,529.76 | $971,470.24 | $29,144.11 | 2.91 % |
SAPI, notaría y el RFC que nace en la firma
La SAPI sigue siendo la figura esperada por los fondos; la S. de R.L. es más barata de operar pero complica transmitir participación. Como rango de mercado 2026, una S.A. o S. de R.L. con todo incluido va de $20,000 a $40,000 y una SAPI de $25,000 a $50,000; el arancel notarial lo regula la ley del notariado de Querétaro.
Si constituyes ante fedatario público, la inscripción en el RFC se hace en el momento de la firma (art. 23 del Reglamento del CFF). Justo después toca el padrón estatal, y ahí el reloj de los diez días hábiles del artículo 73 ya está corriendo.
El aviso que casi todas las startups olvidan después de una ronda
El artículo 27, apartado B, fracción VI del Código Fiscal de la Federación obliga a presentar un aviso en el RFC informando el nombre y el RFC de socios, accionistas, asociados y demás personas que por su naturaleza formen parte de la estructura orgánica, cada vez que haya una modificación o una incorporación. El aviso incluye el porcentaje de participación de cada uno, el objeto social y quién ejerce el control efectivo.
Cada SAFE que se convierte, cada nota que entra al cap table y cada salida de un cofundador dispara ese aviso; la fracción V del mismo apartado pide además anotar el RFC de cada socio en el libro de socios y accionistas. Es barato hacerlo a tiempo: en la revisión previa a una ronda, un cap table que no coincide con lo declarado al SAT abre una nota en el reporte del inversionista, y esa nota se negocia con descuento.
El data room fiscal: lo que te van a pedir antes de firmar
Cuando llega el term sheet, el fondo no pide «la contabilidad»: pide documentos concretos y con fecha. Tener esa carpeta armada desde el día uno es la diferencia entre cerrar en seis semanas y cerrar en cuatro meses.
- Acta constitutiva, reformas de estatutos y libros corporativos al día (socios, actas y variaciones de capital).
- Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo (art. 32-D CFF), vigente a la fecha del cierre.
- Declaraciones mensuales y anuales presentadas, con acuses, del ejercicio en curso y los dos anteriores; CFDI de nómina y enteros de retenciones e IMSS.
- Avisos de socios y accionistas presentados tras cada cambio en el cap table (art. 27, apdo. B, fr. VI CFF).
- Acuse del empadronamiento estatal y de la informativa anual de febrero del ISN, que se presenta incluso sin impuesto a cargo (art. 73 fr. V).
¿Cómo trabaja Praxium con una startup de Querétaro?
Praxium es una consultoría fiscal con atención 100 % remota desde Ciudad de México. Con una startup de Querétaro eso funciona porque el trabajo real ocurre donde ya estás: contabilidad en la nube, CFDI, portal del SAT y videollamada quincenal. No cobramos traslados ni te pedimos que muevas cajas de papel.
Con una startup queretana lo primero que hacemos es recalcular la deducción del artículo 72 con el valor vigente de la UMA y verificar el empadronamiento: son diez días hábiles desde el inicio de operaciones y casi nadie los cuenta.
Preguntas frecuentes
¿Necesito un contador en Querétaro o puede ser remoto?
Puede ser remoto sin perder nada. Las obligaciones federales se cumplen en el portal del SAT y el impuesto estatal de Querétaro también se declara y paga en línea. Lo único presencial es la firma ante notario y, en su caso, una e.firma vencida hace más de un año.
¿Tengo que avisar al SAT cuando cambia mi cap table?
Sí. El artículo 27, apartado B, fracción VI del CFF obliga a presentar un aviso en el RFC cada vez que se modifique o incorpore un socio o accionista, informando su RFC, su porcentaje de participación, el objeto social y quién ejerce el control efectivo. Se dispara con cada conversión de SAFE, cada ronda y cada salida de un cofundador.
¿Cuándo empieza a pagar el ISN de Querétaro?
Desde la primera persona contratada bajo relación laboral. Mientras los fundadores no se asignen sueldo ni haya empleados, no hay erogaciones por trabajo personal subordinado y no se causa el impuesto. La obligación de inscribirse en el padrón estatal, en cambio, nace con el inicio de operaciones.
¿Tengo que presentar algo del ISN aunque no tenga empleados en Querétaro?
Sí, si ya estás empadronado. El artículo 73, fracción V de la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro ordena presentar en febrero una declaración informativa anual sobre las erogaciones del año anterior, y dice expresamente que se presenta en todos los casos, incluyendo aquellos en que no se estuvo obligado a pagar el impuesto. Es el aviso que más se olvida.
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Calculamos tu ISN con la deducción del artículo 72, revisamos tu empadronamiento estatal y tu figura societaria antes de la siguiente ronda.
