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Deducciones personales para asalariados: cómo recuperarlas

5 minPor Miguel Ángel González Medina
Escritorio con el portal del SAT abierto en la declaración anual y una hoja de cálculo con deducciones capturadas — deducciones personales para asalariados y saldo a favor en México 2026

Un asalariado puede presentar declaración anual aunque no esté obligado, solo para aplicar sus deducciones personales. Con $300,000 de sueldo y $40,000 en gastos médicos, el tope del 15 % es $45,000 y la devolución llega a $8,544. Pero hay casos en los que declarar te sale a cargo.

Sí, un asalariado puede deducir

La confusión más extendida entre trabajadores con recibo de nómina es creer que las deducciones personales son «para los que facturan». No es así: el artículo 151 de la Ley del ISR habla de personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en el Título IV, y los sueldos están ahí, en el Capítulo I. Un asalariado puro puede aplicar gastos médicos, funerarios, donativos, intereses de hipoteca, aportaciones de retiro, prima de seguro de gastos médicos, transporte escolar obligatorio y colegiaturas.

El requisito es presentar declaración anual, y aquí está el punto: aunque no estés obligado, puedes presentarla de forma voluntaria solo para meter esos gastos y recuperar lo que tu patrón te retuvo de más.

¿Cuándo estás obligado y cuándo es opcional?

El artículo 98 fracción III de la Ley del ISR enumera los casos en que un asalariado debe declarar: cuando además tiene otros ingresos acumulables; cuando avisó por escrito al patrón que declararía; cuando dejó de prestar servicios antes del 31 de diciembre o tuvo dos o más patrones simultáneos; cuando sus ingresos vienen del extranjero o de quien no está obligado a retener; y cuando sus ingresos por sueldos exceden de $400,000 al año.

Fuera de esos supuestos, la declaración es voluntaria. Lo que conviene saber es que hay una condición práctica: el aviso por escrito al patrón debe darse a más tardar el 31 de diciembre del ejercicio; si no lo diste, el patrón hace el cálculo anual y tú puedes presentar la tuya de todas formas, con el resultado que arroje.

Ejemplo: $300,000 de sueldo y $40,000 de gastos médicos

Una asalariada con $300,000 de ingresos gravados por sueldos pagó con tarjeta $28,000 de honorarios médicos y dentales y $12,000 de prima de seguro de gastos médicos mayores. Su tope global es el menor entre el 15 % de sus ingresos ($45,000) y cinco UMA anuales ($213,973.20 en 2026): manda el 15 %, así que sus $40,000 entran completos.

ConceptoImporte
Ingresos gravados por sueldos$300,000.00
Tope global aplicable (15 %)$45,000.00
Deducciones personales aplicadas$40,000.00
Base gravable después de deducciones$260,000.00
ISR anual sin deducciones (tarifa 2026)$41,419.91
ISR anual con deducciones$32,875.91
Saldo a favor por recuperar$8,544.00

Cuándo NO conviene presentar la anual

Declarar voluntariamente no siempre termina en depósito. Hay tres escenarios en los que el resultado puede salir a cargo. El primero: tuviste dos patrones a la vez durante el año, cada uno retuvo como si fuera tu único ingreso y al sumar ambos sueldos subes de renglón en la tarifa anual; ahí la declaración no es opcional, es obligatoria, y suele salir a pagar. El segundo: recibiste ingresos exentos por encima de los límites (una indemnización, por ejemplo) que cambian el cálculo.

El tercero es más sutil: si tus deducciones son pequeñas frente al impuesto que tu patrón calculó bien, el resultado será cercano a cero y habrás abierto un ejercicio a revisión por unos cuantos pesos. La regla práctica: si tus deducciones documentadas no llegan al 5 % de tu sueldo anual, corre primero el simulador de declaración anual y decide con el número a la vista.

  • Dos o más patrones simultáneos: declarar es obligatorio y con frecuencia sale a cargo.
  • Ingresos por sueldos mayores a $400,000 al año: obligatorio declarar.
  • Si avisaste por escrito al patrón antes del 31 de diciembre, también es obligatorio.
  • Deducciones menores al 5 % del sueldo anual: revisa primero si el saldo a favor compensa el trámite.
  • Sin CLABE a tu nombre y sin e.firma, la devolución automática no procede.

Lo que un asalariado suele traer y no aprovecha

Tres conceptos aparecen casi siempre en las declaraciones que salen a favor y casi nunca en las que se dejan en blanco. El primero, la prima del seguro de gastos médicos mayores que muchos pagan por fuera del que da la empresa. El segundo, las colegiaturas de preescolar a bachillerato, que además no consumen el tope global porque son un estímulo por decreto. El tercero, los intereses reales de un crédito hipotecario: el banco emite la constancia y casi nadie la busca.

Un cuarto, menos obvio: el impuesto local sobre salarios de la fracción VIII del artículo 151, cuando el estado lo cobra al trabajador y la tasa no excede del 5 %.

ConceptoFracción del art. 151¿Entra en el tope global?
Honorarios médicos, dentales, psicología y nutriciónISí
Prima de seguro de gastos médicos mayoresVISí
Intereses reales de crédito hipotecarioIVSí
Aportaciones complementarias de retiroVNo: tiene su propio tope
Transporte escolar obligatorioVIISí
Colegiaturas (decreto de estímulos)No es del art. 151No: tope por nivel educativo

Preguntas frecuentes

¿Un asalariado puede deducir gastos médicos?

Sí. El artículo 151 de la Ley del ISR aplica a todas las personas físicas del Título IV, incluidos los que solo tienen sueldos. Para aprovecharlo hay que presentar declaración anual, aunque no se esté obligado, y los pagos deben hacerse con transferencia, cheque nominativo o tarjeta, con CFDI a tu nombre.

¿Cuándo está obligado un asalariado a presentar declaración anual?

Según el artículo 98 fracción III de la LISR: si tiene otros ingresos acumulables, si avisó por escrito al patrón, si dejó de prestar servicios antes del 31 de diciembre o tuvo dos o más patrones simultáneos, si sus ingresos vienen del extranjero, o si sus sueldos del año exceden de $400,000.

¿Cuánto puede recuperar un asalariado con $300,000 de sueldo?

Con $40,000 de deducciones personales dentro de su tope del 15 % ($45,000), el ISR anual baja de $41,419.91 a $32,875.91 con la tarifa 2026, es decir $8,544 de saldo a favor, siempre que su patrón haya retenido el impuesto del año completo. La cifra cambia con el nivel de ingresos.

¿Puede salirme a pagar si declaro voluntariamente?

Sí, sobre todo si tuviste dos patrones al mismo tiempo: cada uno retuvo como si fuera tu único ingreso y al sumarlos subes de renglón en la tarifa anual. En ese caso la declaración además es obligatoria. Conviene simular el resultado antes de enviarla para no llevarte una sorpresa.

¿Las colegiaturas consumen el tope de mis deducciones?

No. Las colegiaturas no son una deducción del artículo 151, sino un estímulo fiscal del decreto que compila beneficios fiscales, con topes propios por nivel educativo. Por eso no compiten con tus gastos médicos dentro del límite global del 15 % o cinco UMA anuales.

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