Sí: los honorarios dentales están expresamente en la fracción I del artículo 151 de la Ley del ISR, incluidos ortodoncia, endodoncia e implantes. Un tratamiento de $40,000 con ingresos de $500,000 baja el ISR anual en $9,408. El uso del CFDI es D01, no D02, y el pago no puede ser en efectivo.
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Sí, el dentista deduce
La fracción I del artículo 151 de la Ley del ISR menciona los honorarios dentales por su nombre, junto con los médicos y los gastos hospitalarios. No hay una lista cerrada de tratamientos: si es atención odontológica prestada por un cirujano dentista con título profesional legalmente expedido y registrado, entra. Eso cubre limpiezas, resinas, endodoncias, extracciones, ortodoncia, implantes y coronas.
Lo que decide no es el tratamiento, sino quién lo presta, cómo lo pagaste y cómo salió la factura. Y sobre esto último hay un error que se repite: el uso del CFDI correcto es D01, «Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios». La clave D02 es otra cosa: gastos médicos por incapacidad o discapacidad.
Ejemplo: ortodoncia de $40,000
Una persona con $500,000 de ingresos acumulables paga $40,000 de ortodoncia durante el año, todo con tarjeta de crédito y con CFDI a su RFC. Su tope global es el menor entre el 15 % de sus ingresos ($75,000) y cinco UMA anuales ($213,973.20 en 2026), así que el tratamiento entra completo. Con la tarifa anual 2026, su base baja de $500,000 a $460,000 y ambas cifras quedan en el renglón del 23.52 %.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Ingresos acumulables del ejercicio | $500,000.00 |
| Tratamiento dental pagado con tarjeta | $40,000.00 |
| Tope global aplicable (15 %) | $75,000.00 |
| ISR anual sin la deducción (tarifa 2026) | $85,773.86 |
| ISR anual con la deducción | $76,365.86 |
| Impuesto que deja de pagar | $9,408.00 |
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Ortodoncia a plazos: se deduce lo pagado en el año
Los tratamientos largos se cobran por mensualidades y ahí aparece la duda: ¿deduzco el costo total del tratamiento o solo lo que pagué? Lo segundo. La deducción sigue el flujo de efectivo del ejercicio: lo que pagaste entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, respaldado con CFDI expedido en ese mismo año.
Si tu ortodoncia de $60,000 se paga en veinticuatro mensualidades, deduces lo correspondiente a los meses efectivamente cubiertos en cada ejercicio. Por eso conviene pedir factura mes a mes y no una sola al final: una factura de enero por pagos hechos el año anterior no sirve para ninguno de los dos ejercicios.
Por qué el recibo del dentista llega sin IVA
Porque el artículo 15 fracción XIV de la Ley del IVA exenta los servicios profesionales de medicina y el artículo 41 de su Reglamento precisa que son los de médico, médico veterinario o cirujano dentista. Un cirujano dentista persona física con título factura sin IVA, y eso no es una omisión que debas reclamar.
Dos matices prácticos. Si quien te atiende es una sociedad civil de profesionales de la salud, el servicio sigue exento: el artículo 15 fracción XIV cubre los servicios de medicina prestados por personas físicas, ya sea individualmente o por conducto de sociedades civiles o instituciones de asistencia o beneficencia privada autorizadas; la exención se pierde cuando la clínica está constituida como sociedad mercantil (S.A. de C.V., S. de R.L.), y ahí el servicio se factura con IVA. Y si el consultorio te vende además aparatos, productos de higiene o material, esa parte sí es enajenación de bienes y causa IVA: por eso conviene que la factura separe honorarios de productos.
| Situación | ¿Deducible? | ¿Lleva IVA? |
|---|---|---|
| Cirujano dentista persona física con título | Sí, uso D01 | No (art. 15 fr. XIV LIVA y art. 41 RLIVA) |
| Clínica dental como sociedad civil | Sí, si es atención odontológica | No (art. 15 fr. XIV LIVA) |
| Clínica dental como sociedad mercantil | Sí, si es atención odontológica | Sí, 16 % |
| Blanqueamiento o diseño de sonrisa sin fin médico | Criterio de autoridad: riesgo de rechazo | Según quién lo preste |
| Venta de aparatos, guardas o productos | Solo si son prótesis o aparatos de rehabilitación | Sí, es enajenación de bienes |
| Pago en efectivo | No | No cambia el resultado |
Checklist para que no se caiga en abril
Todo lo que sigue se resuelve en el consultorio, en el momento de pagar. Si el tratamiento ya terminó y la factura salió mal, la reexpedición tiene plazo y conviene no dejarla para marzo.
- Paga con tarjeta o transferencia desde una cuenta a tu nombre; el efectivo no deduce.
- Pide el CFDI con tu RFC, tu código postal y el uso D01.
- Verifica que el emisor sea el cirujano dentista o la clínica que te atendió.
- Si el tratamiento es a plazos, pide factura por cada pago del año.
- Si pagaste el tratamiento de un familiar, confirma que no ganó una UMA anual o más.
Preguntas frecuentes
¿El dentista es deducible en la declaración anual?
Sí. Los honorarios dentales están expresamente incluidos en la fracción I del artículo 151 de la Ley del ISR, siempre que los preste un cirujano dentista con título profesional legalmente expedido y registrado, el pago se haga con medio bancario o tarjeta y el CFDI esté a tu RFC con uso D01.
¿La ortodoncia y los implantes son deducibles?
Sí, son atención odontológica y entran en la misma fracción. Además, el artículo 264 del Reglamento incluye expresamente las prótesis dentro de los gastos médicos deducibles. Si el tratamiento se paga en mensualidades, se deduce lo efectivamente pagado en cada ejercicio, con factura de ese mismo año.
¿Qué uso de CFDI lleva la factura del dentista?
D01, «Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios». Es un error frecuente pedir D02, que corresponde a gastos médicos por incapacidad o discapacidad y exige certificado de instituciones públicas de salud. Con el uso equivocado la deducción no se precarga en la declaración anual.
¿Por qué el dentista no me cobra IVA?
Porque el artículo 15 fracción XIV de la Ley del IVA exenta los servicios profesionales de medicina y el artículo 41 de su Reglamento incluye expresamente al cirujano dentista. Si además te vende productos o aparatos, esa parte sí causa IVA y debe aparecer desglosada en el comprobante.
¿Cuánto me devuelven por un tratamiento dental de $40,000?
Depende de tu tasa marginal. Con ingresos de $500,000 en 2026, la deducción baja el ISR anual de $85,773.86 a $76,365.86, es decir $9,408. Ese importe se convierte en saldo a favor solo si durante el año ya pagaste impuesto por arriba de lo que finalmente resulta.
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