Profesionistas

Fecha límite de las deducciones personales: 30 de abril

5 minPor Miguel Ángel González Medina
Calendario fiscal marcado en abril junto a una taza, recordando la fecha límite de la declaración anual de personas físicas y sus deducciones personales

Hay dos relojes distintos: el gasto tiene que estar pagado dentro del año calendario que declaras, y la declaración anual se presenta en abril del año siguiente (art. 150 de la LISR). Pasado abril todavía se puede corregir con complementaria, pero el saldo a favor pierde la ruta rápida.

Revisa hoy cuánto llevas acumulado para tu anual

¿Cuál es la fecha límite de las deducciones personales?

Hay dos fechas y conviene no mezclarlas. La primera es la del gasto: para que una deducción personal cuente en un ejercicio, tiene que estar efectivamente pagada dentro de ese año de calendario. Un honorario médico pagado el 2 de enero pertenece al año nuevo, aunque la consulta haya sido en diciembre.

La segunda es la de la declaración: el artículo 150 de la LISR obliga a las personas físicas a presentar la declaración anual en el mes de abril del año siguiente. El 30 de abril es el último día; si cae en sábado, domingo o día inhábil, el plazo se recorre al siguiente día hábil conforme al artículo 12 del CFF.

Calendario para juntar los comprobantes sin prisas

El trabajo de la anual se hace durante el año, no en abril. Este es el ritmo que evita el rescate de última hora.

MomentoQué hacerPor qué ahí
Cada vez que pagasPide el CFDI con la clave de uso correcta y paga por medio electrónicoEl comprobante no se consigue igual de fácil seis meses después
Cada trimestreDescarga tus CFDI recibidos y clasifícalos por conceptoDetectas a tiempo las facturas mal emitidas
DiciembreCierra pagos pendientes que quieras aplicar a ese ejercicioLo pagado en enero ya es del año siguiente
Enero a marzoRevisa el visor de deducciones y compáralo con tus comprobantesEl visor solo muestra lo que el emisor timbró bien
Antes de presentarValora si te conviene un depósito del estímulo del art. 185Ese artículo permite aplicarlo al ejercicio anterior si se hace antes de la declaración
AbrilPresenta la anualEs el mes que marca el art. 150 de la LISR

Revisa hoy cuánto llevas acumulado para tu anual

¿Y si ya presenté y se me olvidó una deducción?

Se corrige con una declaración complementaria. El artículo 32 del CFF permite modificar las declaraciones presentadas hasta en tres ocasiones, siempre que no se hayan iniciado facultades de comprobación, y con las excepciones que el propio artículo señala. Es un mecanismo normal, no una confesión de error.

Lo que cambia es la velocidad de la devolución. La declaración presentada en tiempo entra al flujo ordinario de devoluciones automáticas; una complementaria se revisa con más detalle y suele terminar en una solicitud de devolución manual, con la autoridad usando los 40 días hábiles que le da el artículo 22 del CFF para resolver, plazo que se suspende cada vez que te requiere información.

¿Hasta cuándo puedo reclamar un saldo a favor?

Cinco años. La obligación de devolver prescribe en los mismos términos y condiciones que el crédito fiscal (art. 22 del CFF), es decir, en cinco años conforme al artículo 146 del propio Código; la solicitud de devolución interrumpe esa prescripción, salvo que el particular se desista. Es más tiempo del que la gente cree, pero no es infinito, y mientras más viejo el ejercicio, más documentación te van a pedir.

También conviene revisar el reloj del lado del emisor: el artículo 29-A del CFF, reformado en el DOF del 7 de noviembre de 2025, permite cancelar un CFDI a más tardar en el mes en el que deba presentarse la declaración anual del ejercicio al que corresponde. Si una factura tuya salió mal, la ventana para que el emisor la sustituya también cierra en abril.

Lo que no se arregla en abril

Cuatro cosas no tienen remedio una vez cerrado el año, y son justo las que más saldo a favor cuestan.

  • El pago en efectivo: si el gasto se pagó así, no se vuelve deducible por conseguir la factura después.
  • El gasto pagado en enero que querías aplicar al año anterior: la fecha de pago manda, no la del servicio.
  • El CFDI que el proveedor emitió a otro RFC: hay que sustituirlo, y solo se puede dentro del plazo del art. 29-A del CFF.
  • El tope global: lo que excede el menor entre cinco UMA anuales y el 15 % de tus ingresos no se guarda para el año siguiente, se pierde.

Qué hacer hoy

Si estás leyendo esto lejos de abril, estás en el mejor momento: casi todo lo que decide tu devolución se resuelve durante el año.

  1. Abre tu visor de deducciones personales y revisa qué tienes acumulado hasta hoy.
  2. Identifica los gastos que pagaste en efectivo y cámbialos a medio electrónico de aquí en adelante.
  3. Pide los CFDI faltantes ahora, mientras el proveedor todavía puede reexpedir.
  4. Estima tu tope del año para saber cuánto espacio te queda antes de que el gasto deje de rendir.
  5. Si vas a usar el estímulo del artículo 185, agenda la decisión para antes de presentar la anual.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo vence la declaración anual de personas físicas?

En abril del año siguiente al ejercicio que se declara, conforme al artículo 150 de la LISR; el último día es el 30 de abril, y si cae en día inhábil se recorre al siguiente hábil por el artículo 12 del CFF. Los gastos deducibles, en cambio, deben estar pagados dentro del año calendario que declaras.

¿Puedo deducir un gasto de diciembre que pagué en enero?

No en el ejercicio de diciembre. Las deducciones personales se aplican en el año de calendario en que fueron efectivamente pagadas, así que ese gasto pertenece al ejercicio siguiente. La fecha que manda es la del pago, no la del servicio ni la de la factura.

¿Qué pasa si presento la anual después del 30 de abril?

Se puede presentar, pero fuera de plazo: si resulta impuesto a cargo, se paga con actualización y recargos, y hay infracción por presentación extemporánea. Si resulta saldo a favor, sigue siendo reclamable —la obligación de devolver prescribe en cinco años—, aunque pierdes la ruta rápida de la devolución automática.

¿Puedo agregar una deducción que olvidé?

Sí, con declaración complementaria. El artículo 32 del CFF permite modificar las declaraciones hasta en tres ocasiones, siempre que no se hayan iniciado facultades de comprobación. Lo esperable es que la devolución tarde más, porque el trámite pasa de automático a revisión manual.

¿Hasta cuándo puedo pedir la devolución de un saldo a favor viejo?

La obligación de devolver prescribe en los mismos términos y condiciones que el crédito fiscal (art. 22 del CFF), es decir, en cinco años conforme al artículo 146 del propio Código. Dentro de ese plazo puedes solicitarla, aunque mientras más antiguo sea el ejercicio, más documentación te pedirán para acreditar los gastos y las retenciones.

Revisa hoy cuánto llevas acumulado para tu anual

Captura tus gastos del año y mira cuánto cabe en tu tope y cuánto podría devolverte el SAT en abril.