El alta cuesta cero pesos: es un trámite gratuito en el Escritorio Virtual del IMSS. Lo que cuesta es la cuota, que corre desde el primer día asegurado: unos $2,782 mensuales con salario mínimo y $3,861 con un sueldo de $15,000. La primera se paga a más tardar el 17 del mes siguiente.
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El alta es gratis; lo que cuesta es la cuota
Dar de alta a un trabajador ante el IMSS no tiene costo: el aviso de inscripción se presenta sin pago alguno desde el Escritorio Virtual o el IDSE, y el registro patronal, si es tu primer empleado, tampoco se cobra. La pregunta «cuánto cuesta dar de alta» casi siempre esconde otra: cuánto voy a pagar cada mes a partir de que lo inscriba.
La respuesta depende del salario base de cotización. Con el salario mínimo general de 2026 son alrededor de $2,782 mensuales de IMSS e INFONAVIT; con un sueldo de $15,000 al mes son unos $3,861. Y ese reloj arranca el día que empieza la relación laboral, no el día que presentas el aviso: el artículo 15 fracción I de la Ley del Seguro Social te da hasta cinco días hábiles para inscribirlo, pero las cuotas se causan desde el primer día asegurado.
Cuánto pagarás al mes: dos sueldos comparados
Ambos cálculos usan el factor de integración mínimo de 1.0493 (15 días de aguinaldo, 12 de vacaciones y 25 % de prima vacacional), la prima media de riesgo de trabajo de la clase I —0.54355 %, artículo 73 de la Ley del Seguro Social— y un mes promedio de 30.4 días: los mismos supuestos que usa nuestra calculadora. El sueldo de $15,000 se lleva a salario diario dividiéndolo entre esos 30.4 días, así que son $493.42 al día y, integrados, los $517.75 de la tabla; el salario mínimo ya viene expresado por día, de modo que solo se integra. La UMA 2026 es de $117.31 diarios, así que tres UMA son $351.93: por debajo de esa cifra no se causa la cuota adicional de enfermedades y maternidad. El renglón de cesantía y vejez del artículo 168 fracción II de la Ley del Seguro Social se mide sobre el salario base de cotización expresado en UMA, no sobre el sueldo nominal: por eso un trabajador de salario mínimo, cuyo SBC integrado son 2.82 UMA, no paga el 3.150 % del primer renglón.
| Concepto | Salario mínimo ($315.04 diarios) | Sueldo de $15,000 al mes |
|---|---|---|
| Salario base de cotización | $330.58 diarios | $517.75 diarios |
| Equivalente en UMA (define la banda de cesantía y vejez) | 2.82 UMA, banda de 6.026 % | 4.41 UMA, banda de 7.513 % |
| Cuotas del patrón al IMSS e INFONAVIT | $2,543.42 | $3,861.11 |
| Cuota del trabajador | La absorbe el patrón: $238.68 (art. 36 LSS) | Se le descuenta: $393.98 |
| Desembolso mensual del patrón | $2,782.10 | $3,861.11 |
| Peso sobre el sueldo bruto | 29 % | 25.7 % |
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Qué pasa el primer mes: SUA, SIPARE y la línea de captura
Las cuotas obrero patronales se causan por mensualidades vencidas y se pagan a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente (art. 39 de la LSS). Si das de alta a alguien el 10 de octubre, tu primera liquidación cubre del 10 al 31 de octubre y vence el 17 de noviembre. Lo que se paga en ese recibo mensual son enfermedades y maternidad, riesgos de trabajo, invalidez y vida y guarderías; el retiro, la cesantía y vejez y el 5 % del INFONAVIT van en el recibo bimestral.
El flujo práctico es: capturas el movimiento en el IDSE o el Escritorio Virtual, el IMSS emite la Emisión Mensual Anticipada, la confirmas o la determinas con el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) y generas la línea de captura en SIPARE para pagarla en el banco o por transferencia. Si el pago se va después del 17, corren actualización y recargos sobre el importe.
- Obtén o confirma tu registro patronal y tu clase de riesgo antes de la fecha de ingreso.
- Presenta el aviso de inscripción dentro de los cinco días hábiles siguientes al inicio de la relación laboral.
- Integra el salario base de cotización con el salario diario más las prestaciones de ley.
- Revisa la Emisión Mensual Anticipada del IMSS contra tu nómina antes de pagarla.
- Genera la línea de captura en SIPARE y paga a más tardar el 17 del mes siguiente.
¿Qué pasa si lo das de alta tarde?
No inscribir a un trabajador o hacerlo de forma extemporánea es una infracción del artículo 304-A fracción II de la Ley del Seguro Social, sancionada por el artículo 304-B fracción IV con multa de veinte a trescientas cincuenta veces la UMA. Con la UMA 2026 de $117.31 eso es un rango de $2,346.20 a $41,058.50 por trabajador, además de las cuotas omitidas con actualización y recargos.
El costo mayor, sin embargo, no es la multa: si el trabajador sufre un accidente sin estar asegurado, el IMSS lo atiende y después le cobra al patrón el capital constitutivo, que puede incluir el costo de la atención médica y el valor presente de una pensión. Por eso el alta tardía es de los pocos ahorros que salen más caros que el gasto que evitan.
Lo que el alta trae de la mano (y sí cuesta)
Inscribir al primer trabajador convierte a tu negocio en patrón para todo lo demás. Además del IMSS aparecen el Impuesto Sobre Nóminas del estado, el 5 % del INFONAVIT que se paga cada bimestre y las obligaciones de nómina: timbrar el CFDI de nómina, calcular el ISR y el subsidio al empleo, llevar registro de asistencia y provisionar aguinaldo, vacaciones y prima vacacional. Si quieres ver el número completo antes de contratar, revisa cuánto le cuesta al patrón un empleado con salario mínimo.
| Trámite u obligación | Costo directo | Periodicidad |
|---|---|---|
| Registro patronal ante el IMSS | Gratuito | Una vez |
| Aviso de inscripción del trabajador | Gratuito | Por cada alta |
| Cuotas del IMSS (mensuales) | Según el SBC | Día 17 del mes siguiente |
| Retiro, cesantía y vejez e INFONAVIT | Según el SBC | Día 17 de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre |
| Impuesto Sobre Nóminas | 4 % en la Ciudad de México | Mensual |
| Determinación de la prima de riesgo | Gratuito | Cada febrero |
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta dar de alta a un empleado en el IMSS?
El trámite de alta es gratuito, igual que el registro patronal. El costo real son las cuotas: en 2026, unos $2,782 mensuales para un trabajador con salario mínimo y unos $3,861 para un sueldo de $15,000. Se causan desde el primer día asegurado y se pagan a más tardar el 17 del mes siguiente.
¿Cuántos días tengo para dar de alta a un trabajador?
Cinco días hábiles, contados desde el inicio de la relación laboral, conforme al artículo 15 fracción I de la Ley del Seguro Social. El plazo aplica igual para las altas, las bajas y las modificaciones de salario. Aunque presentes el aviso el quinto día, las cuotas se calculan desde la fecha real de ingreso.
¿Cuál es la multa por no dar de alta a un empleado?
De veinte a trescientas cincuenta veces la UMA, según los artículos 304-A fracción II y 304-B fracción IV de la Ley del Seguro Social. Con la UMA 2026 de $117.31 son entre $2,346.20 y $41,058.50 por trabajador, más las cuotas omitidas con actualización y recargos, y el capital constitutivo si hubo un accidente.
¿El trabajador paga parte de las cuotas?
Sí, se le descuenta su parte vía nómina, salvo cuando percibe como cuota diaria el salario mínimo: en ese caso el artículo 36 de la Ley del Seguro Social obliga al patrón a pagarla íntegramente. Con un sueldo de $15,000 mensuales la cuota del trabajador ronda $394 al mes.
¿Cuándo se paga la primera liquidación del IMSS?
A más tardar el día 17 del mes siguiente al mes en que se causaron las cuotas (art. 39 LSS). Si el alta fue el 10 de octubre, la primera liquidación cubre del 10 al 31 de octubre y vence el 17 de noviembre. Retiro, cesantía y vejez e INFONAVIT se enteran en el recibo bimestral.
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La calculadora estima IMSS, INFONAVIT e Impuesto Sobre Nóminas con los porcentajes vigentes en 2026, incluida la banda de cesantía y vejez que te toca.
