En los plazos fijados en días no cuentan sábados, domingos ni las nueve fechas que enumera el art. 12 del CFF, y tampoco los días que el SAT declara inhábiles en la regla 2.1.6 de la RMF y sus modificaciones. La excepción es grande: para presentar declaraciones y pagar contribuciones esos días sí son hábiles.
¿Cuándo vence tu plazo, ya descontados los inhábiles?
¿Qué días no cuentan cuando el SAT te da un plazo?
Cuando un plazo fiscal está fijado en días, el artículo 12 del Código Fiscal de la Federación (CFF) manda no contar los sábados, los domingos ni nueve fechas concretas: el 1 de enero, el primer lunes de febrero, el tercer lunes de marzo, el 1 y el 5 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre, el 1 de diciembre cada seis años cuando hay transmisión del Poder Ejecutivo y el 25 de diciembre. Tampoco se cuentan los días en que las autoridades fiscales federales tengan vacaciones generales ni los que el SAT declara inhábiles, que se publican cada año en la regla 2.1.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal y en sus resoluciones de modificaciones.
Dos detalles se pasan por alto siempre. El primero: el 5 de mayo es día inhábil fiscal aunque no sea día de descanso obligatorio laboral. El segundo: las conmemoraciones de febrero, marzo y noviembre se corren a lunes, así que en 2026 caen el 2 de febrero, el 16 de marzo y el 16 de noviembre, no el 5, el 21 y el 20.
Calendario de días inhábiles del SAT en 2026
Esta es la lista para 2026 con el día de la semana que le corresponde a cada fecha. El 1 de diciembre no aparece porque 2026 no es año de transmisión del Poder Ejecutivo. Ojo con lo que la regla 2.1.6 de la RMF 2026 sí dice y lo que no: declara inhábiles el 2 y el 3 de abril de 2026 y cierra el segundo periodo vacacional de 2025 el 2 de enero de 2026, pero no fijó ningún periodo de vacaciones de verano.
| Fecha 2026 | Día de la semana | Motivo | Fundamento |
|---|---|---|---|
| 1 de enero | jueves | Año nuevo | art. 12 CFF |
| 2 de enero | viernes | Cierre del segundo periodo general de vacaciones del SAT de 2025 (del 18 de diciembre de 2025 al 2 de enero de 2026) | regla 2.1.6, fr. I, RMF 2026 |
| 2 de febrero | lunes | Conmemoración del 5 de febrero | art. 12 CFF |
| 16 de marzo | lunes | Conmemoración del 21 de marzo | art. 12 CFF |
| 2 y 3 de abril | jueves y viernes | Jueves y Viernes Santos, declarados inhábiles por el SAT | regla 2.1.6 RMF 2026 |
| 1 de mayo | viernes | Día del Trabajo | art. 12 CFF |
| 5 de mayo | martes | Inhábil fiscal, aunque no sea descanso obligatorio laboral | art. 12 CFF |
| Primer periodo general de vacaciones del SAT de 2026 | por confirmar | La RMF 2026 publicada el 28 de diciembre de 2025 no lo fijó; el SAT lo da a conocer en una Resolución de Modificaciones publicada en el DOF | regla 2.1.6 RMF 2026 y sus modificaciones |
| 16 de septiembre | miércoles | Independencia | art. 12 CFF |
| 16 de noviembre | lunes | Conmemoración del 20 de noviembre | art. 12 CFF |
| 25 de diciembre | viernes | Navidad | art. 12 CFF |
| Segundo periodo general de vacaciones de 2026 | por confirmar | Se publica en la regla de días inhábiles de la RMF que corresponda y suele abarcar la última quincena de diciembre | regla 2.1.6 RMF y sus modificaciones (por validar) |
¿Cuándo vence tu plazo, ya descontados los inhábiles?
La excepción que cambia todo: declaraciones y pagos
El segundo párrafo del artículo 12 del CFF excluye de la suspensión, «exclusivamente», los plazos para presentar declaraciones y pagar contribuciones: en esos casos los días de vacaciones generales se consideran hábiles.
Traducido: que el SAT esté de vacaciones generales no mueve la fecha de tu declaración mensual ni la del pago. Lo que sí se congela es el reloj de los procedimientos: requerimientos, aclaraciones, recursos y revisiones. Confundir las dos cosas es el error que convierte unas vacaciones en un recargo.
¿Cómo se cuenta un plazo partido por días inhábiles? Ejemplo con fechas
El SAT te notifica un requerimiento de información el miércoles 25 de marzo de 2026 y te da los quince días del inciso c) del artículo 53 del CFF. La notificación surte efectos el día hábil siguiente, el jueves 26, y el plazo empieza a correr al día siguiente: el viernes 27.
Del 27 de marzo al 1 de abril corren cuatro días hábiles. El 2 y el 3 de abril no cuentan, porque el SAT los declaró inhábiles en la regla 2.1.6 de la RMF 2026. El conteo se reanuda el lunes 6 de abril y el día quince cae el lunes 20 de abril de 2026: sin esos dos inhábiles habría vencido el jueves 16.
Horas hábiles y los dos errores que más caros salen
Las diligencias de las autoridades fiscales se practican en días y horas hábiles, que el artículo 13 del CFF fija entre las 7:30 y las 18:00 horas. Y si el último día del plazo es inhábil o las oficinas están cerradas en su horario normal, el propio artículo 12 prorroga el vencimiento al siguiente día hábil, sin que tengas que pedirlo.
Primer error: suponer que las vacaciones del SAT suspenden los plazos de otras autoridades. El IMSS, el INFONAVIT, las secretarías de finanzas estatales y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa publican sus propios calendarios y no coinciden. Segundo error: no anotar la fecha en que la notificación surtió efectos, que es distinta de la fecha en que te notificaron y es desde donde arranca el conteo.
Preguntas frecuentes
¿Las vacaciones del SAT mueven la fecha de mi declaración mensual?
No. El artículo 12 del CFF excluye expresamente de la suspensión los plazos para presentar declaraciones y pagar contribuciones: durante las vacaciones generales de las autoridades fiscales esos días se consideran hábiles. Lo que sí se detiene son los plazos de procedimientos, como responder un requerimiento o interponer un recurso.
¿El 5 de mayo es día inhábil para el SAT?
Sí. El artículo 12 del CFF lo incluye entre los días que no se cuentan en los plazos fijados en días, junto con el 1 de mayo. Es un caso curioso: el 5 de mayo no es día de descanso obligatorio en la Ley Federal del Trabajo, así que puede ser laborable en tu empresa y a la vez inhábil para contar un plazo fiscal.
¿Por qué el asueto de febrero cae el día 2 en 2026?
Porque el artículo 12 del CFF no señala el 5 de febrero, sino «el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero». En 2026 ese lunes es el día 2. La misma mecánica aplica al tercer lunes de marzo, que cae el 16, y al tercer lunes de noviembre, que cae el 16 de noviembre.
¿Qué pasa si mi plazo vence en un día inhábil?
El último párrafo del artículo 12 del CFF prorroga el vencimiento al siguiente día hábil, y lo mismo ocurre si ese día las oficinas donde debes hacer el trámite permanecen cerradas durante su horario normal de labores. La prórroga es automática: no tienes que pedirla ni avisar.
¿Dónde confirmo los días inhábiles de este año?
En dos lugares. Las nueve fechas fijas están en el artículo 12 del CFF y no cambian de un año a otro, solo de día de la semana. Los periodos vacacionales y los días que el SAT declara inhábiles —en 2026, el 2 y el 3 de abril— se publican en la regla 2.1.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal y en sus resoluciones de modificaciones, en el DOF.
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