Puedes deducir los gastos médicos de tu cónyuge o concubino y de tus ascendientes y descendientes en línea recta, con una condición: que esa persona no haya percibido en el año ingresos iguales o superiores a una UMA anual, $42,794.64 en 2026. Hermanos, sobrinos y suegros quedan fuera.
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¿De quién puedo deducir los gastos médicos?
La fracción I del artículo 151 de la Ley del ISR es precisa: los gastos efectuados por el contribuyente «para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o descendientes en línea recta». Esa es toda la lista. Padres, abuelos, hijos, nietos, cónyuge y concubino entran; hermanos, sobrinos, suegros, cuñados y amigos no, sin importar que dependan económicamente de ti.
La ley añade una condición de ingresos que se olvida con frecuencia: esas personas no deben haber percibido durante el año de calendario ingresos iguales o superiores a lo que resulte del salario mínimo elevado al año, referencia que hoy se mide en UMA. En 2026 el umbral es de $42,794.64 anuales.
La condición de ingresos, con números
El umbral se mide sobre los ingresos del familiar, no sobre los tuyos, y basta con alcanzarlo para perder la deducción: la ley dice «iguales o superiores». Conviene revisarlo antes de asumir que un padre pensionado califica.
| Familiar | Ingresos del año | ¿Puedes deducir sus gastos médicos? |
|---|---|---|
| Madre pensionada | $38,000 | Sí: está por debajo de $42,794.64 |
| Padre con pensión y renta de un local | $95,000 | No |
| Hijo estudiante sin ingresos | $0 | Sí |
| Cónyuge con sueldo | $180,000 | No |
| Abuela sin ingresos | $0 | Sí, es ascendiente en línea recta |
| Hermano sin ingresos | $0 | No: no es ascendiente ni descendiente |
| Suegra a tu cargo | $0 | No: no hay parentesco en línea recta contigo |
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El CFDI va a tu nombre, no al del paciente
Este es el punto que más deducciones familiares tira. Quien deduce es quien paga, y la factura debe estar expedida a tu RFC, con tu nombre y tu código postal, aunque el paciente sea tu madre. Muchas clínicas emiten automáticamente al nombre del paciente: hay que pedirlo distinto en el momento, porque después implica cancelar y reexpedir.
El pago también tiene que salir de una cuenta a tu nombre, con transferencia, cheque nominativo o tarjeta de crédito, débito o servicios. Si tu padre pagó con su tarjeta y tú le devolviste el dinero, la deducción es de él, no tuya, aunque el gasto lo hayas absorbido. Es una formalidad, pero es la que revisa el SAT.
- Confirma el parentesco: en línea recta ascendente o descendente, cónyuge o concubino.
- Verifica que el familiar no haya tenido ingresos iguales o superiores a $42,794.64 en 2026.
- Paga tú, desde una cuenta o tarjeta a tu nombre.
- Pide el CFDI a tu RFC, con uso D01 y los datos de tu constancia de situación fiscal.
- Guarda el estado de cuenta con el cargo: acredita que el pago salió de ti.
Qué pasa cuando los hermanos comparten el gasto
Es la situación más común con padres mayores: tres hijos se reparten el costo de una cirugía. Cada uno puede deducir la parte que efectivamente pagó, siempre que tenga un CFDI a su nombre por ese importe y el pago haya salido de su cuenta. El hospital puede emitir varias facturas por el mismo evento, una por cada pagador; hay que pedirlo antes de liquidar.
Lo que no funciona es que uno pague todo y los demás deduzcan su parte, ni que se emita una sola factura a nombre del hijo que la pidió primero mientras el pago vino de otro. La deducción sigue al dinero y al comprobante, en ese orden.
Qué gastos del familiar entran
Los mismos que si fueran tuyos: honorarios médicos, dentales, de psicología y de nutrición con título profesional, gastos hospitalarios, análisis y estudios clínicos, prótesis, aparatos de rehabilitación, honorarios de enfermeras, medicinas incluidas en la factura del hospital y lentes ópticos graduados hasta $2,500 al año por cada una de esas personas.
También aplica la excepción del tope global: los gastos derivados de incapacidad en términos del artículo 477 de la Ley Federal del Trabajo o de discapacidad acreditada con certificado de instituciones públicas de salud, igual o mayor al 50 % de la capacidad normal, quedan fuera del límite del 15 % y pueden deducirse sin tope.
Preguntas frecuentes
¿Puedo deducir los gastos médicos de mis papás?
Sí, si son tus ascendientes en línea recta y no percibieron en el año ingresos iguales o superiores a una UMA anual, $42,794.64 en 2026. Además debes pagar tú, desde una cuenta o tarjeta a tu nombre, y el CFDI debe estar expedido a tu RFC con uso D01, no al del paciente.
¿Puedo deducir los gastos médicos de mi hermano?
No. La fracción I del artículo 151 de la Ley del ISR solo admite al propio contribuyente, su cónyuge o la persona con quien viva en concubinato y sus ascendientes o descendientes en línea recta. Los hermanos, sobrinos, suegros y cuñados quedan fuera aunque dependan económicamente de ti.
¿Cuánto puede ganar mi familiar para que su gasto sea deducible?
Menos de una UMA elevada al año. En 2026 la UMA anual es de $42,794.64, así que un familiar con ingresos de $38,000 califica y uno con $45,000 no. La ley excluye cuando los ingresos son iguales o superiores al umbral, de modo que alcanzarlo exactamente ya impide la deducción.
¿La factura debe ir a nombre del paciente o del que paga?
A nombre de quien paga y deduce. El CFDI debe llevar tu RFC, tu nombre y tu código postal aunque el paciente sea otra persona. Conviene pedirlo así en el momento del pago, porque corregirlo después implica cancelar y reexpedir dentro del plazo que permite el Código Fiscal.
¿Varios hijos pueden deducir la misma cirugía del padre?
Cada uno puede deducir la parte que efectivamente pagó, siempre que tenga un CFDI a su nombre por ese importe y el pago haya salido de su propia cuenta. Hay que pedir al hospital varias facturas, una por pagador, antes de liquidar; una sola factura no se puede repartir después.
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