Cumplimiento Fiscal

Impuesto sobre nómina por estado 2026: tabla y ley local

7 minPor Miguel Ángel González Medina
Empresario consultando en una tablet un mapa de México con las diferencias fiscales por entidad, comparando las tasas del Impuesto Sobre Nóminas vigentes en 2026

El Impuesto Sobre Nóminas va del 2.4 % al 4.25 % según la entidad y lo fija cada congreso local, no el SAT. La Ciudad de México cobra 4 % desde 2025. Aquí están las 32 tasas de referencia y el ordenamiento estatal donde se confirma cada una antes de pagar.

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¿Cuánto se paga de Impuesto Sobre Nóminas en 2026?

Entre 2.4 % y 4.25 % de la nómina pagada, según el estado, con tasas especiales por debajo de ese rango en algunos sectores, como el 1 % de Sonora para el sector primario. Es un impuesto local: lo establece cada entidad en su ley de hacienda o código financiero y lo recauda su secretaría de finanzas, no el SAT. Por eso no existe una tasa nacional y por eso dos sucursales de la misma empresa pueden pagar porcentajes distintos por el mismo sueldo.

La Ciudad de México cobra 4 %, tasa que subió desde el 1 de enero de 2025 con la reforma al artículo 158 del Código Fiscal de la Ciudad de México publicada en la Gaceta Oficial el 27 de diciembre de 2024. Es la referencia que más se consulta y también la que más se cita desactualizada: durante años fue 3 %.

Cómo leer esta tabla antes de usarla

Las tasas de abajo son de referencia y están marcadas para verificar. Cambian con cada ley de ingresos local y las compilaciones públicas disponibles se contradicen entre sí en varias entidades. Lo que no cambia es la tercera columna: el ordenamiento donde vive la tasa. Ahí, en el texto vigente publicado por el congreso o la secretaría de finanzas de tu estado, es donde se confirma el número antes de pagar.

La única cifra de esta página verificada contra el texto oficial es la de la Ciudad de México. Para las demás, trata la tabla como un mapa, no como la fuente.

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Tasas de referencia del ISN por entidad, 2026

No uses esta tabla para determinar el impuesto del mes. Es un mapa de referencia: la tasa que pagas es la del texto vigente del ordenamiento de tu estado. Solo cuatro filas señalan además el artículo concreto —Ciudad de México (art. 158), Estado de México (art. 56), Nuevo León (art. 157) y Aguascalientes (art. 67)—; en las otras veintiocho la columna nombra el ordenamiento y el artículo hay que ubicarlo en su texto vigente.

Las entidades marcadas con ↑ subieron su tasa para 2026 según las compilaciones consultadas.

EntidadTasa de referencia 2026Dónde se confirma
Aguascalientes2.5 %Ley de Hacienda del Estado, art. 67
Baja California4.25 % (incluye sobretasas)Ley de Hacienda del Estado
Baja California Sur ↑3 %Ley de Hacienda del Estado
Campeche3 %Ley de Hacienda del Estado
Chiapas ↑3 %Código de la Hacienda Pública del Estado
Chihuahua ↑4 %Ley de Hacienda del Estado
Ciudad de México4 % (verificada)Código Fiscal de la Ciudad de México, art. 158
Coahuila3 %Ley de Hacienda del Estado
Colima ↑3 %Ley de Hacienda del Estado
Durango3 %Ley de Hacienda del Estado
Estado de México3 %Código Financiero del Estado y Municipios, art. 56
Guanajuato3 %Ley de Hacienda para el Estado
Guerrero3 %Ley de Hacienda del Estado
Hidalgo3 %Ley de Hacienda del Estado
Jalisco3 % (5 % en asimilados a salarios)Ley de Ingresos del Estado
Michoacán3 %Ley de Hacienda del Estado
Morelos3 %Ley General de Hacienda del Estado
Nayarit3 %Ley de Hacienda del Estado
Nuevo León3 %Ley de Hacienda del Estado, art. 157
Oaxaca3 %Ley Estatal de Hacienda
Puebla3 %Ley de Hacienda del Estado
Querétaro3 %Ley de Hacienda del Estado
Quintana Roo4 %Ley del Impuesto Sobre Nóminas del Estado
San Luis Potosí3 %Ley de Hacienda del Estado
Sinaloa2.4 % a 3 % (progresiva)Ley de Hacienda del Estado
Sonora3 %, con tasa del 1 % para el sector primarioLey de Hacienda del Estado
Tabasco3.5 % (por confirmar)Ley de Hacienda del Estado
Tamaulipas3 %Ley de Hacienda del Estado
Tlaxcala3 %Código Financiero del Estado y Municipios
Veracruz3 %Código Financiero del Estado
Yucatán ↑3.75 %Ley General de Hacienda del Estado
Zacatecas3.5 %Ley de Hacienda del Estado

Lo que la tasa sola no te dice

Tres cosas cambian el resultado tanto como el porcentaje. La primera es la base: el ISN se calcula sobre las erogaciones por remuneraciones al trabajo personal subordinado efectivamente pagadas, no sobre el salario base de cotización del IMSS. Son cifras distintas y confundirlas desajusta el cálculo en ambos sentidos.

La segunda son las reducciones. En la Ciudad de México, las micro y pequeñas empresas pueden acceder a una tasa reducida mediante el beneficio que otorga la Secretaría de Administración y Finanzas conforme al Código Fiscal local. La tercera son los tratamientos especiales: Sinaloa aplica una tarifa progresiva, Sonora tiene una tasa del 1 % para el sector primario y Jalisco grava a una tasa mayor los pagos a asimilados a salarios.

Un dato que suele olvidarse: el ISN es deducible para el ISR federal como gasto del ejercicio, porque no está entre las contribuciones que el artículo 28, fracción I, de la LISR prohíbe deducir.

Ejemplo: la misma nómina en dos estados

Una empresa con $500,000 mensuales de nómina paga $20,000 al mes en la Ciudad de México (4 %) y $12,500 en Aguascalientes (2.5 %). Al año, $240,000 contra $150,000: una diferencia de $90,000 por exactamente la misma plantilla y los mismos sueldos.

Ese diferencial no es razón por sí sola para mover una operación —el domicilio donde se paga la nómina tiene que corresponder a dónde se presta el trabajo—, pero sí explica por qué una PYME con personal en varias entidades debe llevar el ISN separado por estado y no como un solo concepto de nómina.

Cómo trabajamos con empresas de cualquier estado

Praxium Consultores atiende 100 % en línea desde la Ciudad de México. Para el ISN eso significa que el cálculo, la determinación mensual y la presentación se hacen en el portal de la secretaría de finanzas de tu entidad, con tus accesos, sin necesidad de que nadie se presente en ventanilla. El único trámite que suele requerir tu participación directa es el alta en el padrón estatal de contribuyentes del impuesto, y te guiamos paso a paso.

Antes de calcular tu primer mes, verificamos la tasa en el texto vigente del ordenamiento de tu estado. Con la dispersión que hay entre fuentes, ese es el paso que evita pagar de más durante todo un ejercicio.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la tasa de Impuesto Sobre Nóminas en la Ciudad de México?

4 %. La tasa subió del 3 % al 4 % a partir del 1 de enero de 2025, con la reforma al artículo 158 del Código Fiscal de la Ciudad de México publicada en la Gaceta Oficial el 27 de diciembre de 2024, y sigue vigente en 2026. Micro y pequeñas empresas pueden acceder a tasas reducidas mediante el beneficio que otorga la Secretaría de Administración y Finanzas.

¿Sobre qué se calcula el Impuesto Sobre Nóminas?

Sobre las erogaciones por remuneraciones al trabajo personal subordinado efectivamente pagadas en el periodo: sueldos, gratificaciones y demás prestaciones que cada ley local incluya. No se calcula sobre el salario base de cotización del IMSS ni sobre el salario diario integrado; son bases distintas y cada entidad define su alcance.

¿Quién cobra el Impuesto Sobre Nóminas?

La secretaría de finanzas o de hacienda de cada entidad federativa, no el SAT. Es un impuesto local establecido por el congreso del estado en su ley de hacienda o código financiero. Por eso la tasa, la fecha de pago, el padrón y el portal de declaración cambian de una entidad a otra.

¿El Impuesto Sobre Nóminas es deducible?

Sí, para efectos del ISR federal se deduce como gasto del ejercicio en que se paga. No está dentro de las contribuciones que el artículo 28, fracción I, de la Ley del ISR excluye de deducción, que son el propio ISR, las contribuciones a cargo de terceros y los accesorios como las multas.

¿Qué estados subieron su tasa en 2026?

Según las compilaciones consultadas, Chihuahua, Yucatán, Baja California Sur, Chiapas y Colima incrementaron su tasa para 2026. Como estas cifras cambian con cada ley de ingresos local, conviene confirmar la tasa vigente en el texto publicado por el congreso o la secretaría de finanzas de tu estado antes de determinar el impuesto del mes.

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La calculadora integra las cuotas del IMSS, el 5 % de INFONAVIT y el ISN de tu estado en un solo número mensual y anual.