El tope global es el menor entre el 15 % de tus ingresos totales y cinco veces la UMA anual, es decir $213,973.20 en 2026. Debajo de $1,426,488 de ingresos siempre manda el 15 %; arriba, manda la UMA. Tres conceptos quedan fuera del límite.
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¿Cuál es el límite de deducciones personales en 2026?
El último párrafo del artículo 151 de la Ley del ISR fija un tope global: la menor de dos cantidades, cinco veces el valor anual de la UMA o el 15 % del total de tus ingresos. Con la UMA de 2026, cinco veces su valor anual son $213,973.20.
La palabra clave es «total»: el 15 % se calcula sobre todos tus ingresos, incluyendo aquellos por los que no se paga el impuesto. Ahí entran, por ejemplo, la parte exenta del aguinaldo o una herencia recibida en el año, que suben el tope aunque no paguen ISR.
El punto donde los dos topes se cruzan
El 15 % iguala a las cinco UMA anuales cuando tus ingresos totales llegan a $1,426,488. Por debajo de esa cifra, el límite que manda siempre es el 15 %; por encima, se congela en $213,973.20 por más que crezcan tus ingresos.
| Ingresos totales del año | 15 % de los ingresos | 5 UMA anuales | Tope que aplica |
|---|---|---|---|
| $300,000 | $45,000.00 | $213,973.20 | $45,000.00 |
| $600,000 | $90,000.00 | $213,973.20 | $90,000.00 |
| $1,000,000 | $150,000.00 | $213,973.20 | $150,000.00 |
| $1,426,488 | $213,973.20 | $213,973.20 | Empatan |
| $2,000,000 | $300,000.00 | $213,973.20 | $213,973.20 |
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Tope por concepto, uno por uno
Además del tope global, varias fracciones tienen su propio límite. Y tres conceptos de la tabla no consumen el tope global: las aportaciones de retiro de la fracción V, que el último párrafo del artículo excluye expresamente; los gastos derivados de incapacidad o discapacidad, que la propia fracción I deja fuera del límite; y las colegiaturas, que ni siquiera son deducción personal, sino un estímulo del decreto del 26 de diciembre de 2013 con topes propios por nivel.
| Concepto | Tope propio | En pesos 2026 | ¿Entra al tope global? |
|---|---|---|---|
| Honorarios médicos, dentales, de psicología y nutrición, y gastos hospitalarios (art. 151, fr. I) | Sin tope propio | — | Sí |
| Gastos por incapacidad o discapacidad igual o mayor al 50 % (art. 151, fr. I, párrafos 2 a 4) | Sin tope propio | — | No |
| Gastos funerarios (fr. II) | 1 UMA anual | $42,794.64 | Sí |
| Donativos a donatarias autorizadas (fr. III) | 7 % de los ingresos acumulables del ejercicio anterior; 4 % si son a la Federación, estados o municipios | Según tus ingresos | Sí |
| Intereses reales de crédito hipotecario (fr. IV) | Créditos de hasta 750,000 UDIS por el inmueble | Depende del valor de la UDI que publica el Banco de México | Sí |
| Aportaciones complementarias y planes personales de retiro (fr. V) | 10 % de los ingresos acumulables, sin exceder 5 UMA anuales | $213,973.20 | No |
| Primas de seguros de gastos médicos (fr. VI) | Sin tope propio | — | Sí |
| Transporte escolar obligatorio (fr. VII) | Sin tope propio | — | Sí |
| Impuesto local sobre salarios (fr. VIII) | Que la tasa del impuesto no exceda del 5 % | — | Sí |
| Colegiaturas (estímulo del decreto DOF 26-12-2013) | Anual por alumno y por nivel | Preescolar $14,200 · primaria $12,900 · secundaria $19,900 · profesional técnico $17,100 · bachillerato $24,500 | No |
Ejemplo: quién realmente alcanza el tope
Una profesionista con $600,000 de ingresos totales en el año tiene un tope de $90,000. Si acumuló $48,000 de gastos médicos y primas de seguro y $12,000 de colegiatura de primaria, no está cerca del límite global: los $60,000 de médicos y seguros caben completos y los $12,000 de colegiatura ni siquiera entran en ese cálculo, porque el estímulo de colegiaturas corre por cuenta aparte.
El tope global solo empieza a morder cuando los gastos médicos son grandes o cuando hay hipoteca. Y hay un matiz que casi nadie usa: si parte de esos gastos médicos deriva de una incapacidad o discapacidad de al menos 50 % acreditada, no cuentan para el límite, siempre que el CFDI especifique que están relacionados con esa condición.
El error común y qué hacer
El error más caro es meter las aportaciones de retiro dentro del tope global y dejar de aportar creyendo que ya se llenó. El último párrafo del artículo 151 dice expresamente que ese límite no aplica a la fracción V: las aportaciones tienen su propio techo, el menor entre el 10 % de tus ingresos acumulables y cinco UMA anuales. Se suman al tope general, no se restan de él.
El segundo error es asumir que todo gasto médico deduce. Debe pagarse con cheque nominativo, transferencia desde una cuenta a tu nombre o tarjeta: en efectivo no procede, sin importar que tengas la factura. Y ojo si tributas en RESICO: ese régimen calcula el ISR sobre ingresos cobrados sin deducción alguna, así que las deducciones personales no tienen dónde aplicarse.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto puedo deducir de gastos personales en 2026?
El menor entre el 15 % del total de tus ingresos y cinco veces el valor anual de la UMA, que en 2026 equivale a $213,973.20 (art. 151, último párrafo, LISR). Si tus ingresos anuales son menores a $1,426,488, el límite que aplica es el 15 %; por encima de esa cifra, el tope se queda fijo en $213,973.20.
¿Las aportaciones de retiro entran en el tope de deducciones personales?
No entran en el tope global. El artículo 151, último párrafo, de la LISR excluye expresamente a la fracción V. Esas aportaciones tienen su propio límite: el 10 % de tus ingresos acumulables, sin exceder cinco veces el valor anual de la UMA. Se suman al tope general en lugar de consumirlo.
¿Las colegiaturas cuentan dentro del límite?
No. Las colegiaturas no son una deducción personal del artículo 151, sino un estímulo fiscal del decreto publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013, con topes anuales propios por alumno y por nivel educativo. Por eso se aplican además del límite global y no lo consumen. Solo proceden en instituciones con RVOE.
¿Qué gastos personales no tienen tope propio?
Los honorarios médicos y dentales, los servicios de psicología y nutrición con título profesional, los gastos hospitalarios, las primas de seguros de gastos médicos y el transporte escolar obligatorio. No tienen límite individual, pero sí quedan sujetos al tope global del último párrafo del artículo 151 de la LISR.
¿El tope se calcula sobre mis ingresos gravados o sobre todos?
Sobre todos. El artículo 151 habla del 15 % del «total de los ingresos del contribuyente, incluyendo aquéllos por los que no se pague el impuesto». Los ingresos exentos, como la parte exenta del aguinaldo o una herencia recibida en el año, elevan la base del cálculo y con ella tu tope de deducción.
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